MINERA SALAR BLANCO S.A./CDE / FISCO DE CHILE
Rol
C-2296-2020
Fecha
29 de septiembre de 2023
Materia
SERVIDUMBRE MINERA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Por demanda presentada con fecha 02 de noviembre de 2020, rectificada por presentación rolante a folio 10, comparece don Francisco Bartucevic Sánchez, abogado, en representación de la sociedad MINERA SALAR BLANCO S.A., sociedad anónima del giro de su denominación, RUT N° 76.602.739-3, representada por quien comparece, y por don Cristóbal García-Huidobro Ramírez, ingeniero civil industrial, todos domiciliados para estos efectos, en calle Rosario Norte N° 100, oficina 403, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien interpone demanda de ampliación de servidumbre minera de ocupación y tránsito en contra del FISCO DE CHILE, persona jurídica de derecho público, representada para estos efectos por el abogado Procurador Fiscal del Consejo de Defensa del Estado, don Adolfo Rivera Galleguillos, ambos domiciliados en Calle Colipí N° 570, oficina 505, comuna de Copiapó. En cuanto a la servidumbre original y el predio dominante, sostiene que su representada es dueña de las siguientes concesiones mineras de explotación: 1.- “Cocina 19 al 27”, cuyo título de dominio se encuentra inscrito a fojas 2.070 vuelta, número 575 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó, correspondiente al año 2016, cuya sentencia y acta de mensura se Código: NYFTXXGLCBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2296-2020 encuentran inscritas a fojas 392 número 150 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó, correspondiente al año 1937; 2.- “Despreciada 6 y 7”, cuyo título de dominio se encuentra inscrito a fojas 329, número 89 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó, correspondiente al año 2017, cuya sentencia y acta de mensura se encuentran inscritas a fojas 22 vuelta número 12 del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó, correspondiente al año 1950; 3.- “Salamina 1 al 3”, cuyo título de dominio se encuentra inscrito a fojas 330 vuelta, número 90 del
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: La actora Minera Salar Blanco S.A., ha solicitado se decrete una ampliación de la servidumbre minera de ocupación y tránsito sobre el predio inscrito a nombre del Fisco de Chile a fojas 527 vuelta número 500, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó, correspondiente al año 1964. Ampliación de servidumbre que con motivo del desarrollo del Proyecto Blanco y la explotación de las concesiones mineras de su propiedad que lo componen: 1.- “Cocina 19 al 27”, “Despreciada 6 y 7”, “Salamina 1 al 3”, y “San Francisco de la 1 a la 10”, cuyos títulos de dominio se encuentran inscritos a su nombre ante el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Copiapó. Hace referencia que tales pertenencias forman parte del Proyecto “Blanco”, y que para su ejecución se hacen necesarias y urgentes materializar, desarrollar y ejecutar el proyecto facilitando una conveniente y cómoda explotación de los minerales no metálicos de esas concesiones, cuya principal objetivo será: En cuanto a la servidumbre de ocupación de áreas superficiales de las pertenencias mineras ubicadas en el Salar de Maricunga, dice que son necesarias para la conveniente y cómoda explotación de las pertenencias objeto del presente juicio, incluyendo, pero sin estar limitado, a la instalación de sistemas de extracción de minerales, la instalación de bombas, cañerías y cableado eléctrico, como así también los terrenos necesarios para la instalación, operación, reparación y mantención de los sistemas necesarios para el suministro de energía, y otros servicios que requiera directa o indirectamente la explotación del Proyecto Blanco y sus faenas complementarias; y, respecto de la servidumbre de tránsito solicitada será para el transporte de mineral, materiales y del personal de Minera Salar Blanco S.A., sus contratistas o subcontratistas, así como para el paso por el predio sirviente de toda clase de vehículos, equipos y materiales hacia y desde las Pertenencias ubicadas en el Salar de Maricunga hasta las Piscinas de Decantación y Planta ubicadas a 6 kilómetros del Salar en su sector norte, Ruta Código: NYFTXXGLCBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2296-2020 C173. Refiere que la ampliación de servidumbre comprende una superficie de 1.466,20 hectáreas de terreno fiscal, las que solicita por un periodo inicial de 40 años o el tiempo mayor que se requiera para la explotación de los yacimientos o que la existencia de mayores reservas de mineral requiera. SEGUNDO: En su contestación, la demandada sostuvo que corresponde a la actora acreditar el dominio de las pertenencias señaladas como predio dominante, y el dominio del Fisco de Chile del pretendido predio sirviente; dice que también deberá acreditar la necesariedad de la servidumbre con la finalidad de facilitar la conveniente, cómoda exploración y explotación mineras, ello en atención que en causa C-212-2018 tramitada ante el Terce
Fallo
Por tanto, el costo alternativo en el uso de esa extensa área pedida será muy alto y, en los hechos significará la pérdida total de 65,9 hectáreas del predio fiscal. En cuanto al periodo de duración de la servidumbre, postula que se ha solicitado se establezca por toda la vida del proyecto minero o por un plazo no menor a 12 años. En este punto, solicita se otorgue por el tiempo menor determinado. Código: NYFTXXGLCBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2296-2020 Por último, sostiene que la indemnización a pagar al Fisco de Chile deberá fijarse conforme al mayor valor que se establezca, ello en razón a la prueba incorporada, ordenando que la demandante deberá pagar la misma en su totalidad en forma previa a la inscripción de la supuesta servidumbre minera. En definitiva pide, se tenga por contestada la demanda, no dar lugar a ella acogiendo una o todas de las defensas y alegaciones, atento al incumplimiento de la actora de la finalidad y necesidad de constitución de servidumbres mineras dispuesta por el legislador; subsidiariamente, para el caso en que se acoja la demanda, solicita se declare que las servidumbres deben respetar cualquier derecho ya constituido en el referido terreno fiscal y se condene a la demandante mencionada a pagar a su representada la mayor de las sumas que se acrediten en el proceso, expresadas en Unidades de Fomento, a título de indemnización por los perjuicios patrimoniales que suf
Texto Completo (Preview)
C-2296-2020 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : C-2296-2020 CARATULADO : MINERA SALAR BLANCO S.A./CDE / FISCO DE CHILE Copiapó, veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Por demanda presentada con fecha 02 de noviembre de 2020, rectificada por presentación rolante a folio 10, comparece don Francisco Bartucevic Sánchez, abogado, en r
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica