Juzgado de Letras de Yungay

RAVANAL/

Rol

V-19-2023

Fecha

27 de septiembre de 2023

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN GRAVAR ART.891 CPC

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece doña MARIA PAULA RAVANAL ESPINOSA, chilena, enfermera, casada con separación total de bienes, cédula nacional de identidad N°16.744.502-0, domiciliada en calle Paicavi N°2859, casa E, comuna de La Florida, Región Metropolitana, indicando que en virtud de lo resuelto en sentencia definitiva de fecha 25 de octubre de 2021 del 18° Juzgado Civil de Santiago, en la causa rol V-161- 2021, es Curadora General, Legítima y Definitiva de mi padre, don Efrén Jesús Ravanal González. Indoica que por el deterioro en la salud de su padre debe desembolsar mensualmente una suma superior a $550.000 pesos siendo inminente necesidad de internar en un establecimiento especializado a mi padre, los precios ascienden a un promedio de 35 UF, mensuales lo que equivale aproximadamente a $1.250.000 pesos. Los ingresos de don Efrén Ravanal y doña María Cristina Espinosa Trujillo provienen de sus exiguas pensiones, sin embargo, la sociedad conyugal, además de ser dueña del inmueble donde actualmente residen, es dueña de terrenos en la localidad de Yungay, los que se encontraban arrendados a la Forestal Celco (hoy Forestal Arauco) por 25 años, hasta el 1 de febrero de 2023, a saber: ● Inmueble inscrito a fojas 344 número 274 del Registro de Propiedad del año 1990 del Conservador de Bienes Raíces de Yungay. ● Inmueble inscrito a fojas 581 número 489 del Registro de Propiedad del año 1993 del Conservador de Bienes Raíces de Yungay. En su calidad de Curadora General de su padre – junto con su madre, hermanos y su abogado – negociaron las condiciones para dar continuidad al negocio, bajo la modalidad de un usufructo remunerado hasta febrero del año 2048 por la suma única, total y definitiva de $656.700.000 millones pesos chilenos, incluyendo la obligación del arrendatario de pagar los impuestos territoriales correspondientes. Este negocio resulta del todo necesario para garantizar que mis padres puedan contar con los recursos necesarios para sustentar un estilo de vida

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: PXBHXXDXEED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que, se solicita autorización para gravar dos inmuebles con usufructo pertenecientes a la sociedad conyugal de la cual don Efrén Ravanal, actual interdicto, forma parte por su curadora definitiva. SEGUNDO: Que, se acompañaron a la solicitud los siguientes documentos: a) Certificado de nacimiento don Efrén Jesús Sebastián Ravanal. b) Certificado de nacimiento doña María Cristina Espinosa Trujillo. c) Certificado de nacimiento doña María Paula Ravanal Espinosa. d) Certificado de nacimiento doña María Cristina Ravanal Espinosa. e) Certificado de nacimiento doña María Graciela Ravanal Espinosa. f) Certificado de nacimiento don Efrén Víctor Ravanal Espinosa. g) Certificado de matrimonio Ravanal – Espinosa. h) Certificado de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) de fecha 14 de agosto de 2020. i) Sentencia de Interdicción (Sentencia de 25 de octubre de 2021, causa rol V-161-2021, 18° Juzgado Civil de Santiago). j) Listado de medicamentos que consume el matrimonio Ravanal – Espinosa, por prescripción médica. k) Certificado Inscripción de fojas 3895 número 5988 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. l) Certificado Inscripción de fojas 344 número 274 del Registro de Propiedad del año 1990 del Conservador de Bienes Raíces de Yungay. m) Certificado CBR inmueble inscrito a fojas 581 número 489 del Registro de Propiedad del año 1993 del Conservador de Bienes Raíces de Yungay. n) Certificado de Avalúo Fiscal: Rol de Avalúo 00253 – 00323 de Tucapel. o) Certificado de Avalúo Fiscal: Rol de Avalúo 00253 – 00073 de Tucapel. p) Certificado de Avalúo Fiscal: Rol de Avalúo 00253 – 00020 de Tucapel. q) Borrador referencial del contrato con las condiciones convenidas. r) Recibo del pago de la mensualidad del servicio de cuidados ambulatorios correspondiente al Sr. Efrén Ravanal González. Boleta Electrónica Nº250, emitida por “Casa Hogar Oscar y Nono S.P.A.” (RUT 76.567.875-7). s) Certificado de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) de fecha 14 de agosto de 2020. t) Listado de medicamentos que consume el matrimonio Ravanal – Espinosa, por prescripción médica. TERCERO: Que, dado el mérito de los documentos acompañados, lo expuesto por la solicitante, información sumaria de testigos que dan cuenta de la utilidad del presente negocio para don Efren, y especialmente de lo informado por la Sra. Defensora Pública y que pormenorizadamente explica las circunstancias de utilidad para el interdicto indicando la conveniencia de acceder a esta solicitud es que se dará lugar a lo pedido.

Fallo

Por tanto y conforme lo que disponen los artículos 3 y siguientes del Código Civil y lo previsto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y demás pertinentes, se declara: Que ha lugar a lo solicitado y en consecuencia se le autoriza para gravar con usufructo vitalicio en favor de Forestal Arauco S.A., recaídos en los inmuebles ya singularizados. De la presente autorización deberá hacerse uso dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la presente resolución. Regístrese y dése copia. Resolvió doña Antonieta Núñez Olave, Juez del Juzgado de Letras de Yungay- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Yungay, veintisiete de Septiembre de dos mil veintitrés Código: PXBHXXDXEED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-27T14:34:51-0300

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Yungay CAUSA ROL : V-19-2023 CARATULADO : RAVANAL/ Yungay, veintisiete de Septiembre de dos mil veintitrés VISTOS: A folio 1 comparece doña MARIA PAULA RAVANAL ESPINOSA, chilena, enfermera, casada con separación total de bienes, cédula nacional de identidad N°16.744.502-0, domiciliada en calle Paicavi N°28

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica