1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ARENAS/COMERCIALIZADORA ECOIMPORT LIMITADA

Rol

O-1569-2023

Fecha

26 de enero de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y dispuesto en las disposiciones legales siguientes artículos 1, 2, 3, 7, 10, 41, 42, 58, 63, 67, 71, 73 inciso segundo, 159 número 6, 168 letra b, 163, 172, 173, 420 letra a, 446, 452, 453, 454, 457 a 459, 1698 del código civil, artículo 3, 12, 19 de la ley 17.322; se resuelve: I.-Que, se acoge la demanda deducida por don Alejandro Omar Arenas Bocaz en contra de Comercializadora Ecoimport Limitada solo en cuánto se declara: A) Existencia de la relación laboral habida entre las partes con fecha de inicio 19 de octubre del año 2020 y fecha de término el 31 de diciembre del año 2022; B) Que el despido del demandante de autos del cual fue objeto el día 31 de diciembre del año 2022 fue injustificado; C) Que se ha producido la sanción de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales, de salud y AFC chile correspondiente a los meses de octubre y noviembre del año 2022; II.- Que se condena a la demanda al pago de las siguientes indemnizaciones, compensaciones y sanciones: A) $989.333 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; B) $1.978.066 por concepto de indemnización por año de servicio; C) $989.333 por concepto de recargo de un 50% por sobre la indemnización por año de servicio; D) $894.833. por concepto de remuneraciones del mes de diciembre del año 2022, previo los descuentos previsto en el artículo 58 del código del trabajo; E) $208.794, por concepto de compensación de 7 días de saldo de feriado anual 2020-2021; F) $626.383, por concepto de compensación feriado anual 2021-2022; G) $125.157, por concepto de compensación de feriado proporcional; H) Remuneraciones y demás prestaciones que se devengan desde el término de la relación laboral, esto es, desde el despido acaecido el día 31 de diciembre del año 2022, hasta la convalidación del despido mediante el pago las cotizaciones previsionales de AFC chile y salud correspondiente a los meses de noviembre y diciembre del año 2022, debiendo calcularse las cotizaciones previsionales y

Fundamentos

fundamentos quedaran en ese sustrato, solamente lo resolutivo de la sentencia quedará escrito.  DICTACIÓN DE SENTENCIA Santiago, a veintiséis de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Alejandro Omar Arenas Bocaz, cédula de identidad número 16.720.136-9, con domicilio en Alpatacal 1701 Comuna De San Ramón., interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general en contra de Comercializadora Ecoimport Limitada., Rut número 76.571.995-K, representada legalmente por Ángelo Carlo Castiglione Villaseñor, cedula de identidad Nº 10.665.444-1, ambos con domicilio en Fresia 9340 Bodega 5, Comuna De Quilicura. Visto y dispuesto en las disposiciones legales siguientes artículos 1, 2, 3, 7, 10, 41, 42, 58, 63, 67, 71, 73 inciso segundo, 159 número 6, 168 letra b, 163, 172, 173, 420 letra a, 446, 452, 453, 454, 457 a 459, 1698 del código civil, artículo 3, 12, 19 de la ley 17.322;

Fallo

se resuelve: I.-Que, se acoge la demanda deducida por don Alejandro Omar Arenas Bocaz en contra de Comercializadora Ecoimport Limitada solo en cuánto se declara: A) Existencia de la relación laboral habida entre las partes con fecha de inicio 19 de octubre del año 2020 y fecha de término el 31 de diciembre del año 2022; B) Que el despido del demandante de autos del cual fue objeto el día 31 de diciembre del año 2022 fue injustificado; C) Que se ha producido la sanción de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales, de salud y AFC chile correspondiente a los meses de octubre y noviembre del año 2022; II.- Que se condena a la demanda al pago de las siguientes indemnizaciones, compensaciones y sanciones: A) $989.333 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; B) $1.978.066 por concepto de indemnización por año de servicio; C) $989.333 por concepto de recargo de un 50% por sobre la indemnización por año de servicio; D) $894.833. por concepto de remuneraciones del mes de diciembre del año 2022, previo los descuentos previsto en el artículo 58 del código del trabajo; E) $208.794, por concepto de compensación de 7 días de saldo de feriado anual 2020-2021; F) $626.383, por concepto de compensación feriado anual 2021-2022; G) $125.157, por concepto de compensación de feriado proporcional; H) Remuneraciones y demás prestaciones que se devengan desde el término de la relación laboral, esto es, desde el despido acaecido el día 31 de diciembre del año 202

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO Ordinario (Audiencia presencial) FECHA 26/01/2024, Santiago RUC 23- 4-0465416-0 RIT O-1569-2023 CARATULADO ARENAS/COMERCIALIZADORA ECOIMPORT LIMITADA MAGISTRADO CLAUDIA ELISA TAPIA TAPIA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Eduardo Albano Gallardo HORA DE INICIO 11:30 HORA DE TERMINO 12:15 SALA Sala 1.2 Nº

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