ASPEE/SOCIEDAD COMERCIAL MABUAL LTDA.
Rol
O-1215-2023
Fecha
26 de enero de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160 a 168, 420 y siguientes del Código del Trabajo y artículo 1.698 del Código Civil, SE RESUELVE: I. Que, se acoge la demanda por despido injustificado que afectó a don MARCO ANTONIO ASPEE MONDACA, cédula de identidad N° 7.968.458-9, a consecuencia de lo cual, se ordena a su empleador SOCIEDAD COMERCIAL MABUAL LIMITADA, Rut 76.320.352-2, a pagar las siguientes cifras: a. $720.000, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo b. $6.480.000, por concepto de indemnización por años de servicio. c. $3.240.000, por concepto de recargo legal del 50% sobre la indemnización por años de servicios. d. $1.008.000, por concepto de feriado legal. e. $168.435, por concepto de feriado proporcional. f. $3.888.000, por concepto de remuneraciones impagas de los meses de enero a junio de 2023. g. Al pago de las cotizaciones de seguridad social que se encuentren adeudadas, conforme una remuneración al día de hoy, de $720.000. II. Que, el despido del que fue objeto el demandante adolece de la nulidad dispuesta en el artículo 162 del Código del Trabajo, en consecuencia la demandada deberá pagar la totalidad de las remuneraciones y beneficios laborales que se devenguen desde el día de la terminación de los servicios, esto es, el 12 de junio de 2023 y hasta la fecha en que se realice por la demandada el pago íntegro de las imposiciones morosas en razón de una remuneración mensual de $720.000. III. Que las sumas ordenadas se pagarán reajustadas y generarán luego de actualizadas los intereses que procedan conforme a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que, se condena en costas a la demandada por haber sido enteramente vencida, las que se aprecian en el 10% de las sumas ordenadas pagar, previa liquidación del crédito. Se hace presente que la demandada de auto estaba apercibida en orden a que en caso de incomparecencia le afectarían todas las resoluciones dictadas en la presente audiencia, sin necesi
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160 a 168, 420 y siguientes del Código del Trabajo y artículo 1.698 del Código Civil, SE RESUELVE: I. Que, se acoge la demanda por despido injustificado que afectó a don MARCO ANTONIO ASPEE MONDACA, cédula de identidad N° 7.968.458-9, a consecuencia de lo cual, se ordena a su empleador SOCIEDAD COMERCIAL MABUAL LIMITADA, Rut 76.320.352-2, a pagar las siguientes cifras: a. $720.000, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo b. $6.480.000, por concepto de indemnización por años de servicio. c. $3.240.000, por concepto de recargo legal del 50% sobre la indemnización por años de servicios. d. $1.008.000, por concepto de feriado legal. e. $168.435, por concepto de feriado proporcional. f. $3.888.000, por concepto de remuneraciones impagas de los meses de enero a junio de 2023. g. Al pago de las cotizaciones de seguridad social que se encuentren adeudadas, conforme una remuneración al día de hoy, de $720.000. II. Que, el despido del que fue objeto el demandante adolece de la nulidad dispuesta en el artículo 162 del Código del Trabajo, en consecuencia la demandada deberá pagar la totalidad de las remuneraciones y beneficios laborales que se devenguen desde el día de la terminación de los servicios, esto es, el 12 de junio de 2023 y hasta la fecha en que se realice por la demandada el pago íntegro de las imposiciones morosas en razón de una remuneración mensual de $720.000. III. Que las sumas
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Valparaíso, 26 de enero de 2024. RUC 23-4-0509972-1 RIT O-1215-2023 MAGISTRADO JAVIER MORA MÉNDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Victoria Paredes Llano HORA DE INICIO 11:37 horas. HORA DE TÉRMINO 11:53 horas. SALA DE AUDIENCIA VIRTUAL 7 N° REGISTRO DE AUDIO 23-4-0509972-1-1338 (Sala 7) PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE MARCO AN
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