TESORERÍA REGIONAL DEL BIOBIO/LUNA RIQUELME
Rol
C-3711-2023
Fecha
26 de septiembre de 2023
Materia
EXCEPCIONES ART. 179, RESOLUCIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 01 con fecha 30 de mayo de 2023 comparece la abogada doña Mariela Alejandra Mena Pincheira, en representación del Fisco- Tesorería General de la República, domiciliados para estos efectos en avenida Bernardo O’Higgins N° 749, comuna de Concepción, y solicita a este Tribunal que emita un pronunciamiento en relación a la oposición formulada por el contribuyente Sergio Antonio Luna Riquelme, domiciliado en calle Pasaje 3, casa N° 132, comuna de San Pedro de La Paz, en autos sobre cobro ejecutivo de obligaciones tributarias, expediente administrativo ROL N° 10.186-2023, comuna de San Pedro de la Paz, conforme lo dispone el artículo 179 en su inciso cuarto del Código Tributario. A folio 05 con fecha 07 de junio de 2023 se tuvo por opuesta la demanda y se confirió traslado de ella. Que con fecha 15 de junio de 2023 consta notificación de la demanda a la parte demandada, en consecuencia se encuentra válidamente emplazado en juicio. A folio 06 con fecha 16 de junio de 2023 comparece el abogado don Juan Sebastián Arroyo Escobar, en representación de la parte demandada, solicitando en definitiva que se acoja la excepción de prescripción extintiva deducida y en consecuencia se declare que se encuentra prescrita la acción de cobro de impuestos. Fundamenta su solicitud señalando que no sería efectivo lo resuelto por la Tesorería General de la República, puesto que del expediente Código: FXFPXXPCMMC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 administrativo ROL N° 10.186-2023, comuna de San Pedro de la Paz, se desprende que se le notificó la liquidación a su representado por medio de carta certificada. Expone que el propio expediente administrativo señala que se le notificó con fecha 27 de julio de 2020, luego de conformidad a lo prevenido en el artículo 11 del Código Tributario, en las notificaciones por carta certificada, los plazos empezarán a correr tres días después de su envío, por l
Fundamentos
considerando: 1°.- Que, comparece la abogada doña Mariela Alejandra Mena Pincheira, en representación del Fisco-Tesorería General de la República y solicita a este Tribunal que emita un pronunciamiento en relación a la oposición formulada por el contribuyente Sergio Antonio Luna Riquelme en autos sobre cobro ejecutivo de obligaciones tributarias, expediente administrativo ROL N° 10.186-2023, comuna de San Pedro de la Paz, conforme lo dispone el artículo 179 en su inciso cuarto del Código Tributario. 2°.- Que, comparece el abogado don Juan Sebastián Arroyo Escobar, en representación de la parte demandada, solicitando en definitiva que se acoja la excepción de prescripción extintiva deducida, en sede administrativa y en consecuencia, se declare que se encuentra prescrita la acción de cobro de impuestos, por los argumentos expuestos en la sección anterior de este fallo, los cuales se dan por reproducidos. 3°.- Que, la parte demandante acompañó digitalmente a estos autos el expediente administrativo ROL N° 10.186-2023, comuna de San Pedro Código: FXFPXXPCMMC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 de la Paz, elaborado por la Tesorería General de la República, en virtud de los cuales se tendrán por acreditados los siguientes hechos: a) Que, el impuesto cobrado en el expediente administrativo ROL N° 10.186-2023 corresponde al Formulario 21, folio 236043997 con fecha de vencimiento 30 de abril de 2017 por un monto de $4.944.676. b) Que, para la notificación y requerimiento de pago se le notificó al contribuyente por cédula, con fecha 02 de marzo de 2023. c) Que, con fecha 16 de marzo de 2023, se dedujo reclamación por parte del contribuyente, alegando la prescripción de la deuda. d) Que, con fecha 20 de marzo de 2023, se declaró admisible la excepción opuesta. e) Que, a fecha 23 de marzo de 2023, se tuvieron por recibidos los antecedentes y se decretó como medida para mejor resolver a fin de que el SII informe origen del folio objeto de cobro y fecha del vencimiento legal; la fecha y forma de notificación al contribuyente de la citación; si hubo reclamación respecto al folio que se cobra; si el folio girado fue producto de un impuesto sujeto a declaración la cual no se presente o si bien la presentada fue maliciosamente falsa; fecha y forma de notificación de cada liquidación, reliquidación y/o giro; si es procedente, si el folio que se cobra fue producto de una rectificación voluntaria y si es procedente si el folio que se cobra es producto de una multa. f) Que con fecha 15 de mayo de 2023,
Fallo
por tanto, la notificación por carta certificada no produjo el efecto de interrumpir el plazo de prescripción. A folio 12, con fecha 04 de agosto de 2023, se recibió la causa a prueba por el término legal. A folio 19, con fecha 13 de septiembre de 2023, se citó a las partes a oír sentencia. Con lo relacionado y considerando: 1°.- Que, comparece la abogada doña Mariela Alejandra Mena Pincheira, en representación del Fisco-Tesorería General de la República y solicita a este Tribunal que emita un pronunciamiento en relación a la oposición formulada por el contribuyente Sergio Antonio Luna Riquelme en autos sobre cobro ejecutivo de obligaciones tributarias, expediente administrativo ROL N° 10.186-2023, comuna de San Pedro de la Paz, conforme lo dispone el artículo 179 en su inciso cuarto del Código Tributario. 2°.- Que, comparece el abogado don Juan Sebastián Arroyo Escobar, en representación de la parte demandada, solicitando en definitiva que se acoja la excepción de prescripción extintiva deducida, en sede administrativa y en consecuencia, se declare que se encuentra prescrita la acción de cobro de impuestos, por los argumentos expuestos en la sección anterior de este fallo, los cuales se dan por reproducidos. 3°.- Que, la parte demandante acompañó digitalmente a estos autos el expediente administrativo ROL N° 10.186-2023, comuna de San Pedro Código: FXFPXXPCMMC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Fo
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-3711-2023 CARATULADO : TESORER A REGIONAL DEL BIOBIO/LUNAÍ RIQUELME Concepci nó , veintis is de Septiembre de dos mil veintitr sé é Visto: A folio 01 con fecha 30 de mayo de 2023 comparece la abogada doña Mariela Alejandra Mena Pincheira, en representación del Fisco- Tesorería Gen
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