SCOTIABANK CHILE S. A./MONTERO
Rol
C-4519-2023
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 15 de marzo de 2023 comparece don Luisó Eduardo Montes Montes, abogado, en representaci n de Scotiabank Chile,ó sociedad an nima bancaria representada por don Diego Masola,ó domiciliados en Avenida Suecia N 42, piso 5, comuna de Providencia,° demandando en juicio ejecutivo de cobro de pagar en contra de do aé ñ Luna Maria Rapanui Montero Garrido, domiciliada en calle Mateo de Toro Y Zambrano N 850 comuna de Quilpu , y en calle calle Lira N 360,° é ° departamento 609, comuna de Santiago, por la suma de 222,9969 Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al d a 3 de maroz de 2023, aí la suma de $7.925.312, m s intereses y costas.á Se ala que es due a de 2 pagar s a la orden, suscritos el 21 deñ ñ é febrero de 2023 por los montos de 22,2997 UF y 200,6972 UF, con vencimiento ambos el 3 de marzo de 2023. Es del caso se alar que los pagar s antes individualizados no fueronñ é pagados a la fecha de su vencimiento, por lo que el deudor se encuentra en mora desde dicha fecha respecto del capital. De acuerdo a lo pactado en los pagar s individualizados, el capital adeudado devengar a la tasa de inter sé í é m ximo convencional que la ley permite establecer para este tipo deá operaciones de cr dito de dinero. é Adem s, se estipul que en el caso de no pago de la deuda a laá ó presentaci n a cobro del respectivo pagar , se capitalizar an los interesesó é í vencidos y la obligaci n devengar a a favor del banco, a partir de esa mismaó í fecha, a t tulo de pena, intereses moratorios a la tasa de inter s m ximoí é á convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripci n del pagar , aó é menos que la que rija durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrar esta ltima. á ú Se deja constancia que dichos pagar s se encuentran garantizados coné la Garant a Estatal del Fisco de Chile, en conformidad a la Ley 20.027, queí establece normas para el financiamiento de estudios superiores. Las partes Código: XXFQXXNGXGB Este documento tiene fir
Fundamentos
considerando que es un pagar a la vista yá é por lo mismo, la fecha de su vencimiento la determina el beneficiario, lo que en el caso de autos, no ha ocurrido. En segundo orden, cita el art culo 6 inciso final ltima parte de la leyí ú 18.010 en relaci n con el art culo 17 inciso primero de la ley 19.496.ó í Indica que el pagar de autos no cumple con el requisito dispuestoé por ambas normativas, por cuanto el tama o de la letra utilizado en dichoñ instrumento no corresponde al tama o de la letra de 2,5 mil metrosñ í Código: XXFQXXNGXGB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl establecido por la ley, sino que es inferior. Por lo anterior, conforme a las normas citadas, a su representada no le es aplicable ninguna de las cl usulasá del pagar , pues al no cumplirse con el m nimo de tama o exigido de laé í ñ letra, no producen efecto alguno. Por resoluci n de 31 de agosto de 2023 se recibi la causa a prueba.ó ó Por resoluci n de 7 de septiembre de 2023 se cit a las partes a o ró ó í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen 2 Pagar sí é Financiamiento de Estudios de Educaci n Superior con Garant a deló í Estado, Fisco de Chile (Ley N 20.027), suscritos el 21 de febrero de 2023° por don Juan Cortes Pizarro en representaci n de la ejecutante, actuandoó como mandatario del suscriptor, por las sumas de 22,2997 UF y 200,6972 UF, pagaderos el 3 de marzo de 2023. SEGUNDO: Que en relaci n a la excepci n de falta de personer aó ó í del que comparece en nombre de la ejecutante, cabe considerar que se acompa en autos escritura p blica de 29 de noviembre de 2019 otorgadañó ú en la 34 Notar a de Santiago, en la cual Mariana Castro Lled , en nombre° í ó y representaci n de la ejecutante, otorg mandato judicial al abogadoó ó compareciente en autos. La personer a de aquella para actuar en representaci n del ejecutanteí ó consta de escritura p blica de 24 de julio de 2017, otorgada en la mismaú notar a, la que no se insert por ser conocida del notario que autoriz . í ó ó Dicho mandato judicial cumple con las exigencias del art culo 6 delí C digo de Procedimiento Civil y fue debidamente exhibido y acompa adoó ñ en autos, no habi ndose acreditado por la ejecutada no encontrarse vigente,é lo que resulta suficiente para tener por acreditada la representaci n deló banco, por lo que la excepci n ser rechazada.ó á TERCERO: Que en cuanto a la excepci n de ineptitud del libelo,ó ser rechazada, ya que la jurisprudencia ha se alado reiteradamente queá ñ para que esta defensa se configure es necesario que los defectos de la demanda sean de una entidad tal que la torne ininteligible, lo que no ocurre en la especie, pues las faltas observadas, son aspectos irrelevantes para la adecuada comprensi n del libelo.ó Código: XXFQXXNGXGB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Que en relaci n a la excepci n de falta de alg
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4519-2023 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./MONTERO Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil veintitr s.é VISTOS: En presentaci n de 15 de marzo de 2023 comparece don Luisó Eduardo Montes Montes, abogado, en representaci n de Scotiabank Chile,ó sociedad an nima bancaria representada por don Diego Masola,ó
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