FRESNILLO CHILE SPA/
Rol
V-50-2023
Fecha
25 de septiembre de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Comparece a folio 1, con fecha 14 de febrero de 2023, doña Michelle Rencoret Lioi, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número 15.329.373-2, correo electrónico mrencoret@quinzio.cl, en representación de FRESNILLO CHILE SpA, sociedad chilena del giro minero, RUT número 76.497.341-0, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Alonso de Córdova N° 5151, oficina 903, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien señala que en terrenos ubicados en la séptima región, provincia de Talca, comuna de Pencahue, su representada desea realizar trabajos de investigación y exploración minera, por lo que solicita para ella la constitución de una concesión de exploración que se denominará “MOCTEZUMA 36-B”. Señala que el punto medio (P.M.), está ubicado en la provincia de Talca y tiene las siguientes coordenadas U.T.M., referidas al elipsoide internacional de referencia de 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa de 1956, huso 19: NORTE: 6.087.500,00 metros; ESTE: 234.500,00 metros. Indica que el terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Dos de los lados de la configuración, en su orientación norte-sur U.T.M. medirán 3.000 metros y los otros dos en su orientación este- oeste U.T.M. medirán 1.000 metros, encerrando una superficie de 300 hectáreas. Previa enunciación de normas legales, culmina solicitando se tenga por presentado este pedimento minero, acogerlo a tramitación y ordenar su inscripción y publicación, autorizando a obtener las copias autorizadas de esta presentación, y sus proveídos, en conformidad a la Ley N° 20.886, sobre tramitación electrónica y de conformidad a las instrucciones de la Excelentísima Corte Suprema contenidas en el acta N° 71-2016 y, en definitiva, declararla por solicitada y constituir la concesión minera de exploración en favor de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece doña Michelle Rencoret Lioi, en representación de FRESNILLO CHILE SpA, sociedad chilena del giro minero, solicitando la constitución de una concesión de exploración que se denominará “MOCTEZUMA 36-B”, conforme a los antecedentes ya indicados. SEGUNDO: Que el pedimento se inscribió a fojas 113 vuelta número 78 del Registro del Conservador de Minas de Talca, correspondiente al año 2023, publicándose con fecha 13 de marzo de 2023 en el Boletín Oficial de Minería, ejemplar número 43.500. TERCERO: Que a folio 8, el Servicio Nacional de Geología y Minería de esta región, ingresó respuesta de oficio ordinario N° 0343/2023 con fecha 07 de julio de 2023, informando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes y que en efecto, la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y esta queda comprendida dentro del terreno pedido. CUARTO: Que la concesión minera de exploración solicitada abarcará la totalidad del terreno pedido, con una superficie total de 300 hectáreas, según se indica a continuación y según se configura en el plano. Las coordenadas U.T.M. del punto medio (P.M.) y de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada están referidas al elipsoide internacional de referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, huso 19 y son las siguientes: Punto medio (PM) Norte: 6.087.500,00 metros; Este: 234.500,00 metros V1 Norte 6.089.000,00 metros Este 234.000,00 metros V2 Norte 6.089.000,00 metros Este 235.000,00 metros V3 Norte 6.086.000,00 metros Este 235.000,00 metros V4 Norte 6.086.000,00 metros Este 234.000,00 metros El punto medio (PM) señalado en el pedimento, se encuentra a una distancia U.T.M. de 1.581,139 metros, con azimut U.T.M. de 179,5167 grados centesimales medidos desde el vértice V1. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 43, 46, 55, 86 y 87 del Código de Minería,
Fallo
se resuelve: Que se declara constituida la concesión minera de exploración, denominada MOCTEZUMA 36-B, a favor de FRESNILLO CHILE SpA, ya individualizada, que tiene una superficie de 300 hectáreas, aprobándose el plano acompañado a folio 5. Inscríbase este fallo, dentro del plazo legal, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Talca. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordenado en el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Código: XXRRXXXRPBB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívense estos autos. ROL V-50-2023 Dictada por Eduardo Andrés Fritz Castro, Juez Subrogante del Segundo Juzgado de Letras de Talca, quien suscribe mediante firma electrónica avanzada. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. En Talca, a veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. Código: XXRRXXXRPBB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-25T15:14:48-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO: 2º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL: V-50-2023 CARATULADO: FRESNILLO CHILE SPA/ Talca, veinticinco de septiembre de dos mil veintitrés. Visto: Comparece a folio 1, con fecha 14 de febrero de 2023, doña Michelle Rencoret Lioi, chilena, soltera, abogada, cédula nacional de identidad número 15.329.373-2, correo electrónico mrencoret@quinzio.
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