RIVAS/AUTOMORIZ MAVELUGE LTDA.
Rol
O-7629-2023
Fecha
24 de enero de 2024
Materia
Daño moral, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sin necesidad de recibir la causa a prueba, en atención a que no existen hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos que discutir: Sentencia Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016. Artículo 62 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. y vistos los artículos 1, 7, 58, 63, 67, 160, 162, 420 a 462 del código del trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por don MAVERICK RIVAS SAAVEDRA, en contra de su ex empleadora AUTOMOTRIZ MAVELUGE LIMITADA, en cuanto se declara justificada su decisión de hacer uso de la facultad de auto despedirse con fecha 3 de noviembre de 2023, al haber incurrido su ex empleadora en incumplimientos contractuales de carácter grave a esa época y consecuencialmente se condena a la demandada a pagar a la parte demandante, las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $555.834.- b) Feriado proporcional por el periodo trabajado, por la suma de $129.789.- c) Remuneraciones pendientes por los días trabajados en octubre y tres días de noviembre del año 2023, por la suma total de $611.414.- d) Que la demandada deberá enterar las cotizaciones de seguridad social en AFP Planvital por todo el periodo trabajado, esto es, mayo 2023 a octubre de 2023, de salud en FONASA, los meses de agosto, septiembre y octubre de 2023 y de cesantía en AFC Chile, los meses de septiembre y octubre de 2023, debiendo contemplar para ello una remuneración mensual de $555.834.- e) Que asimismo la demandada deberá enterar las remuneraciones y demás prestaciones devengadas desde la fecha del auto despido, esto es, el día 3 de noviembre de 2023 y hasta que se produzca el pago efectivo de las cotizaciones de seguridad social adeudadas a la época de terminación de los servicios, debiendo cont
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por don MAVERICK RIVAS SAAVEDRA, en contra de su ex empleadora AUTOMOTRIZ MAVELUGE LIMITADA, en cuanto se declara justificada su decisión de hacer uso de la facultad de auto despedirse con fecha 3 de noviembre de 2023, al haber incurrido su ex empleadora en incumplimientos contractuales de carácter grave a esa época y consecuencialmente se condena a la demandada a pagar a la parte demandante, las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $555.834.- b) Feriado proporcional por el periodo trabajado, por la suma de $129.789.- c) Remuneraciones pendientes por los días trabajados en octubre y tres días de noviembre del año 2023, por la suma total de $611.414.- d) Que la demandada deberá enterar las cotizaciones de seguridad social en AFP Planvital por todo el periodo trabajado, esto es, mayo 2023 a octubre de 2023, de salud en FONASA, los meses de agosto, septiembre y octubre de 2023 y de cesantía en AFC Chile, los meses de septiembre y octubre de 2023, debiendo contemplar para ello una remuneración mensual de $555.834.- e) Que asimismo la demandada deberá enterar las remuneraciones y demás prestaciones devengadas desde la fecha del auto despido, esto es, el día 3 de noviembre de 2023 y hasta que se produzca el pago efectivo de las cotizaciones de seguridad social adeudadas a la época de terminación de los servicios, debiendo contemplar para ello una remuneración mensual
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 24 DE ENERO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 12 RUC 23-4-0526161-8 RIT O-7629-2023 JUEZA ANDREA PAOLA SOLER MERINO ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIGUEL QUINTANILLA CASTAÑEDA HORA DE INICIO 09.36 HORAS HORA DE TÉRMINO 09.53 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340526161-8-1349-240124-00 PA
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