SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/SOCIEDAD DARDIGNAC LIMITADA
Rol
C-14729-2019
Fecha
20 de septiembre de 2023
Materia
INDEMNIZACIÓN LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 y con fecha 2 de mayo de 2019 comparece don Patricio Villegas Castro, abogado, domiciliado en Bernarda Morín N°435, Providencia, Santiago, en representación convencional de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, SCD, entidad de gestión colectiva de Derechos Intelectuales, representada por su Director General don Juan Antonio Duran González, ingeniero civil, ambos con domicilio en Condell N° 346, comuna de Providencia, Santiago, quien interpone demanda en juicio sumario de indemnización de perjuicios por infracción a la ley 17.336, expresando que lo hace en conformidad a los derechos y atribuciones que la ley concede a la SCD, en contra de Sociedad Dardignac Limitada, cuyo giro es entre otras cosas, la instalación y explotación comercial de restaurantes y fuentes de soda, representada por don Marco Antonio Lorca Cartes, comerciante, domiciliados en Pio Nono N° 105, Providencia, a objeto de que en definitiva acogerla, declarando que la demandada ha infringido la Ley de Propiedad Intelectual por haber utilizado el repertorio de obras musicales y fonogramas representado por SCD, sin su autorización previa, desde el 1° de abril de 2015 al 30 de abril de 2019, condenándola a lo siguiente: 1.- a pagar a su representada, a título de indemnización, la tarifa general mensual del 1,5% de los ingresos brutos mensuales del local denominado “El Delirio”, más un 50% por derechos conexos, en relación a los periodos comprendidos entre el 1° de abril de 2015 al 30 de abril de 2019. 2.- A pagar a la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales, por el mismo concepto y tarifa mensual indicada precedentemente, por los periodos comprendidos entre el 1° de mayo de 2019 en adelante y hasta el término del juicio o de la utilización ilícita. Código: KYYXXHXSCWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3.- A cancelar el reajuste del monto de la tarifa demandada, respecto de los periodos demandados a tít
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: KYYXXHXSCWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO.- Que, en la presente causa ha comparecido don Patricio Villegas Castro, abogado, en representación convencional de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, SCD, entidad de gestión colectiva de Derechos Intelectuales, representada por su Director General don Juan Antonio Duran González, e interpone demanda en juicio sumario de indemnización de perjuicios por infracción a la ley 17.336, expresando que lo hace en conformidad a los derechos y atribuciones que la ley concede a la SCD, en contra de Sociedad Dardignac Limitada, representada por don Marco Antonio Lorca Cartes, domiciliados en Pio Nono N° 105, Providencia, a objeto de que en definitiva acogerla, declarando que la demandada ha infringido la Ley de Propiedad Intelectual por haber utilizado el repertorio de obras musicales y fonogramas representado por SCD, sin su autorización previa, desde el 1° de abril de 2015 al 30 de abril de 2019, condenándola a lo siguiente: 1.- a pagar a su representada, a título de indemnización, la tarifa general mensual del 1,5% de los ingresos brutos mensuales del local denominado “El Delirio”, más un 50% por derechos conexos, en relación a los periodos comprendidos entre el 1° de abril de 2015 al 30 de abril de 2019. 2.- A pagar a la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales, por el mismo concepto y tarifa mensual indicada precedentemente, por los periodos comprendidos entre el 1° de mayo de 2019 en adelante y hasta el término del juicio o de la utilización ilícita. 3.- A cancelar el reajuste del monto de la tarifa demandada, respecto de los periodos demandados a título de indemnización de perjuicios, según la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre el día 1° de cada mes adeudado y el último día del mes anterior al de su pago efectivo. 4.- A pagar todo lo anterior, con los intereses que correspondan, contados desde el día 1° de cada periodo de tarifa mensual a que se le condene, conforme a los petitorios precedentes, hasta el día de su pago efectivo. 5.- A pagar una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales, prevista en el artículo 78 de la ley N° 17.336.- o la que el tribunal se sirva fijar. 6.- A poner término a la actividad infractora, esto es, la utilización no autorizada del repertorio de la SCD. 7.- Sin perjuicio de lo anterior, en subsidio, y de acuerdo al mérito del proceso, lo que el tribunal se sirva determinar, conforme a derecho. Todo lo anteriormente demandado según los montos que se liquiden en la etapa de Código: KYYXXHXSCWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cumplimiento del
Fallo
fallo o, a expresa solicitud de su parte, en la etapa procesal pertinente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 85 letra K de la Ley 17.336 sobre Propiedad Intelectual. 8.- Al pago de las costas de la causa. A folio 15, y notificada que fuera la parte demandada de conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, según consta en folio 10 de esta carpeta electrónica, se llevó a efecto el comparendo de rigor, ratificando el apoderado de la parte demandante la demanda en todas sus partes y con la inasistencia de la parte demandada, atendido lo cual se tuvo por contestada la demanda en rebeldía, constando asimismo que llamadas las partes a conciliación ésta no se produce atendida la referida rebeldía. A folio 24 se recibió la causa a prueba, fijándose los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, rindiéndose por el actor la prueba documental y confesional que obra en autos. En tanto por resolución de fecha 16 de agosto del año en curso, folio 80, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: Código: KYYXXHXSCWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO.- Que, en la presente causa ha comparecido don Patricio Villegas Castro, abogado, en representación convencional de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, SCD, entidad de gestión colectiva de Derechos Intelectuales, representada por su Director General don Juan Antonio Duran González, e interpone demanda en j
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FOJA: 65 .- sesenta y cinco .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-14729-2019 CARATULADO : SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/SOCIEDAD DARDIGNAC LIMITADA Santiago, veinte de Septiembre de dos mil veintitrés VISTOS: A folio 1 y con fecha 2 de mayo de 2019 comparece don Patricio Villegas Castro, abogado, domiciliado en Bernarda Morín
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