SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES DÍAZ Y SALAS LIMITADA/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA .
Rol
C-1458-2023
Fecha
15 de septiembre de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 01 de agosto de 2023, comparece don JUAN MANUEL D AZÍ VILLANUEVA, contador auditor, c dula de identidad y rol nico tributario n 9.196.400-7, ené ú º representaci n de SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES D AZ Y SALASó Í LIMITADA, rol nico tributario n 76.017.435-1, ambos con domicilio en calle Bernardo Oú º Higgins n 365 local , Quillota ´ º Ñ y deduce demanda en procedimiento ordinario de prescripci n extintiva obligaciones contra la ó I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA, corporaci n aut noma de Derecho P blico, representada por su Alcalde don Oscar Rodolfoó ó ú Calder n S nchez, Asistente Social, domiciliados en calle Maip N 330, de esta ciudad, solicitaó á ú ° se declaren prescritas cuotas insolutas de contribuci n de patente comercial, por la suma total deó $ 2.383.361, con fechas de vencimiento desde el 30 de abril de 2008 al 8 de mayo de 2023, valores actualizados al 14 de julio de 2023, habiendo trascurrido en exceso el plazo de 3 a osñ que la ley fija para la prescripci n extintiva de las acciones judiciales de cobro a favor o enó contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. Funda su demanda, se alando que ñ el art culo 2521 del C digo Civil se ala Prescribení ó ñ “ en tres a os las acciones a favor o en contra del fisco y de las Municipalidades provenientes deñ toda clase de impuestos . El impuesto municipal por concepto de patentes municipales se” encuentra considerado por los art culos 23 a 34 del decreto ley 3.063, sobre rentas municipales.í En consecuencia, haciendo aplicaci n de los citados art culos, la acci n de la Municipalidad deó í ó Quillota, en contra de mi representada SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES D AZ Y SALAS LIMITADA, para impetrar el pago de la referida patente municipal desde el 30Í de abril de 2008 al 31 de julio de 2020, por un valor total de $ 2.187.341, se encuentra prescrita extintivamente, siendo necesario que se declare por sentencia definitiva. Con fecha 01 de septiembre de 20
Fallo
Por tanto, se allana en lo efectivamente alcanzado por la prescripci n, esó decir los derechos devengados entre el 30 de abril de 2008 al 31 de julio de 2020, ambos inclusive, sin costas. TERCERO. La parte demandante acompa :ñó 1.-Deuda de impuestos y derechos municipales, emitido por el Departamento de Patentes Comerciales de la Ilustre Municipalidad de Quillota. 2.-Escrituras p blicas de constituci n y modificaci n de la sociedad de Serviciosú ó ó Profesionales D az y Salas Limitada.í CUARTO. De conformidad con lo dispuesto en el art culo 2492 del C digo Civil, Laí ó “ prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechosó ajenos, por haberse pose dos las cosas o haberse ejercido dichas acciones y derechos duranteí cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales. Una acci n o derecho se diceá ó prescribir cuando se extingue por prescripci n .ó ” A su vez, los derechos municipales por concepto de patentes comerciales constituyen un impuesto de manera que cabe sujetarlos a la prescripci n extintiva de corto tiempo prevista en eló art culo 2521 del C digo Civil.í ó QUINTO. En la especie se trata de derechos municipales por concepto de cobro de patente comercial, cuyo cobro corresponde al municipio; transcurrido el lapso de prescripci nó exigido en el art culo 2521 del C digo Civil, sin que conste que haya operado interrupci n,í ó ó procede declarar la prescripci n de las acciones para su cobro.ó As las cosas, encontr
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C-1458-2023 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-1458-2023 CARATULADO : SOCIEDAD DE SERVICIOS PROFESIONALES D AZ Y SALAS LIMITADA/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA .Í Quillota, quince de Septiembre de dos mil veintitr s.é Vistos: Con fecha 01 de agosto de 2023, comparece don JUAN MANUEL D AZÍ VILLANUEVA, contador auditor, c dula
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