CHACÓN/MINIMARKET
Rol
C-7635-2021
Fecha
16 de septiembre de 2023
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En folio 1 de la carpeta electrónica compareció doña JACQUELINE CECILIA CHACON ALARCON, ingeniera, domiciliada en Enrique Soro 998-A, comuna de Independencia, quien dedujo acción de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de MINIMARKET DENISSE LORETO PEREZ NUÑEZ E.I.R.L., representada por doña Denisse Pérez Núñez, ignora profesión u oficio, ambas domiciliadas en Enrique Soro 998, comuna de Independencia, en virtud de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que a continuación se exponen. Señaló que con fecha 1 de septiembre de 2020 entregó en arriendo por contrato escrito a la demandada, el inmueble ubicado en Enrique Soro 998, comuna de Independencia, por la suma de $250.000.- mensuales, pagadera anticipadamente los 5 primeros días de cada mes, y que actualmente asciende a la suma de $300.000.-. El destino sería exclusivamente comercial. Alegó que la arrendataria se ha negado a pagar la renta, encontrándose en mora desde septiembre de 2021. Previas citas legales, solicitó tener por interpuesta la demanda en contra del demandado, se acoja y que en definitiva el Tribunal declare: a) Terminado el contrato de arrendamiento; b) Que se condena al demandado al pago de las rentas de arrendamiento adeudadas, más aquellas que se devenguen durante el juicio hasta la entrega del inmueble, debidamente reajustadas; Código: YLZWXHDYEDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7635-2021 Foja: 1 c) Que se condena al demandado al pago de las sumas adeudadas por concepto de servicios básicos propios del inmueble, más aquellos que se devenguen hasta la fecha de restitución del inmueble; d) Que se ordena la restitución del inmueble dentro de tercero día desde que el
Fallo
fallo cause ejecutoria, libre de todo ocupante, bajo apercibimiento de lanzamiento con fuerza pública; e) Que se condena en costas al demandado. En el primer otrosí de su presentación, en subsidio de la petición principal, interpuso demanda de término de contrato de arrendamiento por incumplimiento grave de las obligaciones del mismo, en base a las siguientes consideraciones. Indicó que el local comercial arrendado corresponde a un quiosco ubicado en el antejardín de su departamento y que por diversas razones, en mayo de 2020 se asoció con la demandada para trabajar en el local. Posteriormente, se vio en la obligación de transferirle la mitad de la sociedad. Así, como dueña del local, se lo arrendaría a la nueva empresa que surgió de la modificación de la anterior. Alegó que la arrendataria ha adulterado de manera ilegal y clandestina, sin su consentimiento, el cableado eléctrico, traspasándole a ella el pago de la cuenta de energía eléctrica. Además, realizó mejoras sin su consentimiento previo, algunas de las cuales incluso la perjudicarían por tener que pagar derechos municipales por propaganda. Finalmente, expresó que la contraria ha alterado el cableado eléctrico que conducía la electricidad al local de manera clandestina, para no pagar el consumo eléctrico del local al arrendador. Previas citas legales, solicitó al Tribunal tener por interpuesta demanda de término de contrato de arrendamiento con indemnización de perjuicios en contra del demandado, que se acoja y qu
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C-7635-2021 Foja: 1 FOJA: 96 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7635-2021 CARATULADO : CHAC N/MinimarketÓ Santiago, diecis is é de Septiembre de dos mil veintitr sé VISTOS: En folio 1 de la carpeta electrónica compareció doña JACQUELINE CECILIA CHACON ALARCON, ingeniera, domiciliada en Enrique Soro 998-A, comuna de Independencia, quien deduj
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