BELAÚNDE/LEGUÍA
Rol
C-2858-2023
Fecha
11 de septiembre de 2023
Materia
ARRENDAMIENTO,RESTITUCIÓN POR EXPIRACIÓN TIEMPO ESTIPULADO
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Con fecha 22 de junio de 2023, comparece don Hern n Vizcarra Vergaraá , abogado, domiciliado en Avda. Libertad N°63, oficina 403, Vi a del Mar, enñ representaci n de do a ó ñ Nora Isabel Belaunde Tapia, quien en la representaci nó que inviste, viene en interponer demanda de terminaci n de contrato deó arrendamiento por expiraci n del tiempo estipuladoó para la duraci n deló arriendo y restituci n de la propiedad, ó en contra de do a ñ Macarena Monserrat Leguia Meza, ignora profesi n u oficio, domiciliada en 9 Norte N°958, casa E,ó Vi a del Mar.ñ Solicita tener por interpuesta demanda de t rmino de contrato deé arrendamiento por expiraci n del tiempo estipulado para la duraci n del arriendo yó ó restituci n de la propiedad, en contra de do a Macarena Monserrat Leguia Meza,ó ñ ya individualizada, acogerla a tramitaci n y, en definitiva:ó a) Declarar judicialmente terminado el contrato de arrendamiento objeto de este juicio, por expiraci n deló tiempo estipulado para la duraci n del arriendo; b) Condenar a la demandada a laó restituci n del inmueble arrendado dentro del plazo de tercer d a de notificada laó í sentencia de autos o en el plazo que el tribunal determine, bajo apercibimiento de ser lanzado con auxilio de la Fuerza P blica, junto a todos los ocupantes delú inmueble; c) Condenar a la demandada al pago de las rentas que se devenguen durante la tramitaci n del presente juicio y hasta la fecha de la efectiva restituci nó ó del inmueble; d) Condenar a la demandada al pago del consumo de electricidad y agua potable que se devengue hasta la restituci n del inmueble; y e) Condenar a laó demandada al pago de las costas que genere el presente procedimiento. Que, en subsidio, interpone demanda de desahucio del contrato de arrendamiento de fecha 15 de junio del a o 2018, y en consecuencia, deñ conformidad a lo establecido por el art culo 3° de la Ley 18.101, se decrete laí notificaci n a la arrendataria y demandada do a Macarena Monserrat Leguia Meza,ó ñ ya ind
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, con fecha 22 de junio de 2023, comparece don Hern ná Vizcarra Vergara, abogado, domiciliado en Avda. Libertad N°63, oficina 403, Vi a del Mar, en representaci n de do a ñ ó ñ Nora Isabel Belaunde Tapia, quien en la representaci n que inviste, ó viene en interponer demanda de terminaci n deó contrato de arrendamiento por expiraci n del tiempo estipuladoó para la duraci n del arriendo y restituci n de la propiedad, ó ó en contra de do añ Macarena Monserrat Leguia Meza, ignora profesi n u oficio, domiciliada en 9ó Norte N°958, casa E, Vi a del Mar.ñ Indica que, con fecha 15 de junio del a o 2018, en la comuna de Vi a delñ ñ Mar, ante el Notario P blico don Luis Enrique Tavolari Oliveros, su representada,ú do a Nora Isabel Belaunde Tapia, en calidad de arrendadora, y la demandada, do añ ñ Macarena Monserrat Leguia Meza, en calidad de arrendataria, celebraron un contrato de arrendamiento, acordando dar y recibir en arrendamiento la propiedad ubicada en 9 Norte N°958, Casa E, Vi a del Mar.ñ Expone que, en dicho contrato de arrendamiento, acordaron por concepto de canon de arrendamiento, una renta mensual de $400.000.-, debiendo realizarse dicho pago los d as 5 de cada mes, por periodos anticipados, acord ndose adem s que laí á á renta del arrendamiento se reajustar a seg n el I.P.C anual. Que, por concepto deí ú garant a, se cancel la suma de $400.000.-í ó Refiere que, se pact para el contrato de arrendamiento una duraci n de unó ó a o, comenzando a regir desde el 15 de junio de 2018, hasta el 15 de junio deñ 2019, siendo prorrogable por periodos mensuales si ninguna de las partes manifestare a la otra su intenci n de ponerle termino, dando aviso correspondienteó mediante carta certificada con 30 d as de anticipaci n, en virtud de la cl usulaí ó á cuarta del contrato de arrendamiento. Se ala que, su representada, en el mes de octubre de 2022, envi a lañ ó demandada la primera carta certificada con la finalidad de poner t rmino alé contrato de arrendamiento, sin embargo, la arrendataria le pidi esperar hastaó marzo de 2023, ya que le dificultaba encontrar un nuevo lugar donde arrendar por ser fin de a o. Que, su representada accedi a dicha petici n, por lo que esper yñ ó ó ó en abril de este a o, fue a visitar a la demandada a su negocio para hablar conñ ella, debido a que la restituci n no se concretaba, en esta oportunidad, laó demandada le expres a su representada que sab a que ten a que irse del inmueble,ó í í pero que no ha podido encontrar otro lugar para arrendar, molest ndose tambi ná é por haber ido hasta su negocio a hablar con ella. Que, posteriormente, no habiendo la demandada restituido el bien inmueble, su representada envi la segunda cartaó certificada con fecha 17 de mayo de 2023. Expresa que, sin embargo, hasta la fecha la demandada no ha efectuado la restituci n de la propiedad, ya habiendo terminado el contrato de arrendamientoó ipso iure, por expiraci n del tiempo estipulado para la duraci n del arriendo
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los art culosí 1.698, 1.915, 1.927, 1.935, 1.936, 1.942, 1.956 y 1.977 del C digo Civil; 1, 3, 6,ó 7, 8, 10, 15, 17 y 19 de la Ley 18.101, se declara: I.- En cuanto a la demanda principal: Que, se rechaza la demanda de restituci n del inmueble arrendado, poró expiraci n del tiempo estipulado para la duraci n del arrendamiento.ó ó II.- En cuanto a la demanda subsidiaria: Que, se hace lugar a la demanda de desahucio, motivo por el cual se pone t rmino al contrato de arrendamiento de fecha 15 de junio de 2018, debiendoé en consecuencia la demandada do a ñ Macarena Monserrat Leguia Meza, restituir el inmueble de autos en el plazo de seis meses contado desde la notificaci n de laó demanda de desahucio, esto es a m s tardar el d a 26 de enero de 2024, pudiendoá í la demandada restituir el bien ra z antes de expirar el plazo establecidoí precedentemente, encontr ndose obligada la demandada a pagar la renta deá arrendamiento s lo hasta el d a de la restituci n efectiva del inmueble, con costas.ó í ó Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol N° 2858-2023 Dictada por do a ñ Cecilia Sagredo Olivares, Juez Titular. Código: SXXEXHNKPXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2858-2023 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , once de Septiembre de dos mil v
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C-2858-2023 Foja: 1 FOJA: 24 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-2858-2023 CARATULADO : BELA NDE/LEGU AÚ Í Vi a del Marñ , once de Septiembre de dos mil veintitr sé Visto: Con fecha 22 de junio de 2023, comparece don Hern n Vizcarra Vergaraá , abogado, domiciliado en Avda. Libertad N°63, oficina 403, Vi a del Mar, enñ representaci n de d
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