ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/INMOBILIARIA E INVERSIONES RAPALLO SPA
Rol
C-10544-2020
Fecha
8 de septiembre de 2023
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 13 de julio de 2020, comparece Juan Jaramillo, administrador municipal, en representación de Municipalidad de Las Condes, domiciliada en avenida Apoquindo 3.400, Las Condes, quien deduce demanda ejecutiva en contra de Inmobiliaria e Inversiones Rapallo SpA, representada por Pablo Canepa, cuya profesión u oficio ignora, domiciliados en avenida Vitacura 2939, Las Condes. Con fecha 26 de abril de 2021, la demandada se opuso a la ejecución en virtud de las excepciones del artículo 464 números 4, 7, 9 y 14 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 4 de mayo de 2021, la ejecutante se allanó a los hechos en que se fundan las excepciones. Con fecha 17 de agosto de 2021, se recibió la causa a prueba. Con fecha 16 de agosto de 2023, se citó a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el fundamento de la ejecución es el certificado emitido por el Secretario Municipal que consigna que la demandada adeuda, por concepto de patente comercial, los periodos con vencimiento entre el mes de julio de 2018 y enero de 2020, por la suma total de $10.924.510,
Fallo
por tanto, solicita se dé curso a la ejecución hasta obtener el pago de la suma referida, con reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: Que, la demandada se opuso a la ejecución en virtud de las excepciones del artículo 464 números 4, 7, 9 y 14 del Código de Procedimiento Civil, por los fundamentos que se detallan a continuación. Preliminarmente expone los antecedentes de la absorción de la demandada por parte de la sociedad Inversiones Zoagli Ltda., quien es su continuadora legal y ha pagado las patentes comerciales que correspondía a la sociedad demandada. Código: YHTMXHYWXXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl La excepción número 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, ineptitud del líbelo por falta de requisitos en el modo de formular la demanda, por cuanto la sociedad emplazada ya no existe. Excepción número 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de requisitos para que el título tenga fuerza ejecutiva, puesto que el título hace referencia a una sociedad inexistente. Excepción número 9 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, el pago de la deuda, atendido que todos los documentos fueron pagados de forma íntegra. Excepción número 14 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la nulidad de obligación, por falta de causa. En virtud de lo expuesto, solicita se rechace la demanda ejecutiva, negándose la ejecución,
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10544-2020 CARATULADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/INMOBILIARIA E INVERSIONES RAPALLO SPA Santiago, ocho de Septiembre de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 13 de julio de 2020, comparece Juan Jaramillo, administrador municipal, en representación de Municipalidad de Las Condes, domiciliada en avenida
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