BOBIC/BOBIC
Rol
C-1250-2021
Fecha
8 de septiembre de 2023
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y de derecho que expone. Indica que junto con las demandadas son comuneras de dos inmuebles ubicados en: 1) calle Javier Palacios Nº 0338, que corresponde a la vivienda Nº 67 Tipo B del plano de la Población Mauricio Braun, Tercer Sector. Inscrito a fojas 1.136, número 1.969, del Registro de Propiedad del año 2021, del Señor Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas. 2) calle Javier Palacios Nº 0342, que corresponde a la vivienda Nº 68 Tipo B, del plano de la Población Mauricio Braun, Inscrito a fojas 1.136, número 1.969, del Registro de Propiedad del año 2021, del Señor Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas. Agrega que dicha comunidad sobre los inmuebles individualizados precedentemente tiene su origen en la Código: PHCBXHTXMVP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1250-2021 adquisición del dominio por herencia quedada al fallecimiento de doña Palmenia Hromic Simicic (madre de la demandante y demandadas), según consta en Resolución Exenta Nº 11.803 de Posesión Efectiva de fecha 31 de Mayo de 2021 del Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación Chile, Región de Valparaíso, Inscripción Nacional Nº 31.682, año 2021, esto de acuerdo a certificado de posesión efectiva, que acompaña en su presentación. Sostiene que dada la avanzada edad de su madre y los cuidados especiales que ella requería, tomaron la decisión de ingresarla a un hogar para que recibiera las atenciones y cuidados que no le podían dar como hijas. Para costear los gastos que originaría su ingreso al hogar y otros gastos propios de su edad, se arrendaron las propiedades individualizadas precedentemente a un valor que desconoce hasta la actualidad, pero que no es menor, dada las características de las propiedades y su ubicación. Expresa que luego del fallecimiento de su madre, las demandadas de autos han continuado percibiendo el dinero del pago del arriendo de las propiedades ya ind
Fundamentos
considerando las características de las propiedades, el monto mensual de arriendo sería de $600.000.-, este valor dividido por las 3 hermanas más la hija de su hermano fallecido ascendería a la suma de $150.000 mensuales para cada heredero. Si consideramos los 8 meses que se le adeuda, arroja un total adeudado de $1.200.000 (un millón doscientos mil pesos) al día de hoy. En cuanto al Derecho cita los artículos 2035 y 2081 N°2 del Código Civil y 655 del Código de Procedimiento Civil.
Fallo
Por tanto, en atención a lo expuesto y normativa legal citada, solicita: 1. Tener por interpuesta demanda de cese gratuito de la cosa común en contra de doña MIRIANA NELY BOBIC HROMIC y doña ALICIA MARÍA BOBIC HROMIC ya individualizadas. 2.- Acogerla a trámite de acuerdo a las reglas del procedimiento Sumario atendido lo dispuesto por el inciso primero del artículo 680 del Código de Procedimiento Civil, autorizando desde ya la posibilidad de comparecencia de cualquiera de las partes a la audiencia de estilo de forma remota a través de videoconferencia. 3.-En definitiva, acoger la presente demanda declarando que debe cesar el goce gratuito y exclusivo que hace del inmueble común las demandadas y por ello deberá devolver el mismo a la comunidad debiendo para Código: PHCBXHTXMVP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1250-2021 ello abandonarlo junto a todos sus dependientes, dentro de tercero día de firme y ejecutoriada la sentencia definitiva que así lo disponga, bajo apercibimiento de disponer su desalojo con auxilio de la fuerza pública si fuese necesario, con costas. 4.- Ordenar se indemnice a esta parte por las demandadas, por todo el tiempo del uso gratuito que han hecho del inmueble común, cuyo monto será determinado en la etapa de cumplimiento del fallo. En subsidio de lo solicitado en el numeral 3 de lo principal y para el evento improbable que lo pedido no sea acogido, solicita se ordene la regulación
Texto Completo (Preview)
C-1250-2021 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Punta Arenas CAUSA ROL : C-1250-2021 CARATULADO : BOBIC/BOBIC Punta Arenas, ocho de septiembre de dos mil veintitrés VISTOS. Que con fecha 16 de agosto de 2021, a folio 1, compareció doña ANA VESELKA BOBIC HROMIC, chilena, viuda, dueña de casa, cédula nacional de identidad Nº 4.343074-2 domiciliada en Puerto Cisne E-7 c
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