2º Juzgado de Letras de Osorno

HUENUPÁN/

Rol

V-68-2023

Fecha

7 de septiembre de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes voluntarios digitales del ingreso civil rol V 68 2023, comparece Ana Catalina Huenupán Alvarado, Chilena, Estudiante, Soltera, RUN 20.266.295-1, domiciliada en avenida Dos Poniente N°1230, Villa Sofía, sector Rahue Alto, de la comuna y ciudad de Osorno, solicita cambio de nombre en orden a cambiar sus nombres y apellidos a fin de quedar registrada como “Catalina Beatriz Alvarado Alvarado”. Funda lo anterior en los siguientes antecedentes: “1. Según consta en certificado de nacimiento que se acompaña en  un  otrosí  de esta presentación, nací  con fecha 29/04/2000, y fui   inscrita en la circunscripción de Osorno, bajo el N° 859 del año   2000,  con   el   nombre   de  “ANA   CATALINA   HUENUPÁN  ALVARADO”, correspondiendo, por un lado, el nombre  “ANA”  a  mi abuela paterna y por el otro, el apellido  “HUENUPÁN”  a mi   padre biológico y legal. 2. Respecto a mi padre, don  CRISTIAN  JAVIER HUENUPÁN BARRERA,  él  no  ha sido  parte  de  mi  vida,   ignoro toda información a su respecto, sólo puedo señalar que  no se nada de él, no lo he visto desde los seis años. Por esto, lo   único que deseo es eliminar de mi nombre cualquier referencia a   su   persona   y   su   familia.   3.   Como   se   puede   apreciar   los

Fundamentos

fundamentos de esta petición son manifiestamente afectivos y   emocionales, principalmente el profundo daño moral que me ha  causado   el   abandono   de   mi   padre   y   el   menoscabo   que   me   produce al ser llamada con el nombre ANA y apellido paterno   HUENUPÁN,   ya   que   no   siento   pertenencia   a   dicho   núcleo   familiar.   4.   Lo   anteriormente   expuesto,   me   llevó   a   buscar   asistencia  especializada en   la  materia,   específicamente  de  un  Psicólogo,   el   cual   a   través   de   un   informe   que   acompaño   en  Código: CGHXXHXBZBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl otrosí,  da cuenta de  lo   importante y urgente  que es  para mi   persona realizar este cambio, el cual tendrá sin lugar a dudas,   un impacto beneficioso en mi fuero interno y las relaciones con   mis pares.  En el folio 8, rinde información sumaria de testigos acerca de lo señalado en el escrito de solicitud. En el folio 9, se agrega publicación en el Diario Oficial. En el folio 11, consta certificado de haberse efectuado publicación en el Diario Oficial y no oposición de terceros a la solicitud de folio 1. En el folio 12, se agrega informe del Servicio de Registro Civil e Identificación. En el folio 14, se traen los antecedentes para fallo. CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que se ha solicitado se decrete el cambio de nombre de Ana Catalina Huenupán Alvarado, modificando su partida de nacimiento sus nombres y apellidos, a fin de que la misma quede registrado como Catalina Beatriz Alvarado Alvarado”; lo que pidió fundado en el menoscabo moral a que ya se hizo referencia. SEGUNDO: Que para los efectos de acreditar la circunstancia antes anotada, acompañó en el folio 1, los siguientes documentos: 1. Certificado de nacimiento de doña Ana Catalina Huenupán Alvarado, RUN 20.226.295-1 del Registro Civil e Identificación. 2. Informe correspondiente a evaluación psicológica emitido por doña Lorena Ainzúa Soto, Psicóloga, RUN 8.237.162-1, RCP 1291. 3. Certificado de Beneficio de Asistencia Jurídica Código: CGHXXHXBZBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que además, la solicitante rindió información sumaria de testigos en el folio 5, en la que comparecen a rendir don Michael Andrew Guzmán Sanhueza, Estudiante, Soltero, RUN 21.125.564-1, y don Carlos Alberto Leiva Pallahueque, Teleoperador, Solrero, RUN 20.493.617-K, respectivamente, quienes señalan conocer al solicitante y su familia puesto que son conocidos de la solicitante hace más de diez años y están en conocimiento del abandono del padre biológico, y que no desea llevar el apellido de su padre, y en cambio sí se siente muy acogida con la figura materna y todo el entorno familiar de ella. CUARTO: Que en el folio 12, consta informe el Servicio de Registro Civil e Identificación N°4353 de fecha 5 de septiembre de 2023, señalando que 1.­  

Fallo

se declara: I.- Que se hace lugar a lo solicitado en el folio 1, por lo que se autoriza el cambio de nombre y se ordena rectificar la partida de nacimiento de la peticionaria, inscripción de nacimiento Nº859 del año 1995 de la circunscripción de Osorno, RUN 20.266.295-1, en el sentido de que se modifica sus nombres “Ana Catalina”, por “Catalina Beatriz” resultando como Catalina Beatriz Alvarado Alvarado, debiendo practicarse una nueva inscripción de conformidad a lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 17.344. Transcríbase y notifíquese por correo electrónico a los Abogados de la solicitante.- Rol V 68 2023.- Dictó Luis Meza Marín, Juez titular del Segundo Juzgado de Letras de Osorno. Código: CGHXXHXBZBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-09-07T08:30:13-0300

Texto Completo (Preview)

Osorno, siete de septiembre de dos mil veintitrés.- VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes voluntarios digitales del ingreso civil rol V 68 2023, comparece Ana Catalina Huenupán Alvarado, Chilena, Estudiante, Soltera, RUN 20.266.295-1, domiciliada en avenida Dos Poniente N°1230, Villa Sofía, sector Rahue Alto, de la comuna y ciudad de Osorno, solicita cambio de nombre en orden a cambiar sus no

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