BK SPA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA
Rol
I-29-2023
Fecha
12 de enero de 2024
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
En San Vicente de tagua Tagua, a 12 de enero de 2024.- VISTO, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece don ENZO CANALES FUENTES, abogado, cédula de identidad número 13.688.780 7, con domicilio en Av. Costanera Sur Nº 2730, piso 9, comuna de Las Condes, Santiago en representación convencional de BK SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT 76.307.553 2 , con domicilio en Av. Apoquindo Nº 3721, oficina 151, comuna de Las Condes , Santiago, quien interpone reclamación judicial Que, por este acto, vengo en deducir reclamo judicial en contra del Inspector Comunal del Trabajo San Vicente de Tagua Tagua, señor VICTOR REINALDO INOSTROZA FLORES , o a quien ocupe dicho cargo, representante de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA, ambos domiciliadas para estos efectos en Carmen Gallegos Nº 303, piso 2, comuna y ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, por la dictación de la Resolución de Multa N° 1256/23/70, de fecha 16 de octubre de 2023, suscrita por la fiscalizadora María Antonieta Silva Rojas, mediante la cual impone a mi representada una multa por 32,00 UTM, solicitando, acoger el presente reclamo y dejar sin efecto la multa contenida en la resolución impugnada, con expresa condena en costas, por las razones que expone: Refiere que el tenor de MULTA Nº 1256/23/70 es: 1) NO COMUNICAR ELECTRÓNICAMENTE DURANTE EL MES DE ENERO DE CADA AÑO A LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO, EN CASO QUE CUMPLA CON SU OBLIGACIÓN PRINCIPAL: 3 A. EL NÚMERO TOTAL DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA AL ÚLTIMO DÍA DE CADA UNO DE LOS MESES CALENDARIOS COMPRENDIDOS EN EL AÑO ANTERIOR. B. EL NÚMERO DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD O ASIGNATARIOS DE PENSIÓN DE INVALIDEZ QUE DEBAN SER CONTRATADOS. C. EL NÚMERO DE CONTRATOS VIGENTES QUE MANTIENEN CON PERSONAS CON DISCAPACIDAD O ASIGNATARIOS DE UNA PENSIÓN DE INVALIDEZ, Y; D. EN CASO DE CUMPLIMIENTO ALTERNATIVO LA MEDIDA SUBSIDIARIA ADOPTADA”. Indica que la reclamada impuso la multa Código 1115-j del Manual “No realizar la comunicación
Fundamentos
considerando que la propia reclamante no desvirtúa lo infraccionado por el Servicio, destaca que no existe error de hecho ni de derecho, no existe acreditación de corrección por parte de la empresa, hasta al día de hoy la empresa aun no cumple con su obligación legal de comunicar a este Servicio el número de personas que mantiene contratadas. Por todos aquellos argumentos solicita el rechazo del reclamo en todas sus partes. TERCERO: Que con fecha 10 de enero de 2024, se celebró la audiencia única y llamadas las partes a conciliación, esta no se produce. Posteriormente, se recibe la causa a prueba y se fija como hecho a probar el siguiente: 1.- Efectividad de que la multa 1256/23/70 cursada por la Inspección del Trabajo de San Vicente, ha sido dictada con infracción al principio de legalidad careciendo de competencia dicho servicio para imponer a la empresa BK SPA. CUARTO: Que para acreditar sus alegaciones las partes rindieron e incorporaron en la audiencia de juicio los siguientes medios probatorios, que habían sido ofrecidos, en la audiencia preparatoria: PRUEBA DE LA PARTE RECLAMANTE: 1.- Copia de Resolución de Multa N° 1256/23/70, de fecha 16 de octubre de 2023 dictada por la Inspección Provincial del Trabajo San Vicente de Tagua Tagua, suscrita por el fiscalizador María Antonieta Silva Rojas. 2.- Copia de correo electrónico enviado por la Inspección Comunal del Trabajo San Vicente de Tagua Tagua, de fecha 31 de octubre de 2023, mediante el cual remite copia de la Resolución de Multa N°1256/23/70, de fecha 16 de octubre de 2023. 3.- Copia del Registro electrónico de BK SpA en la página web de la Dirección del Trabajo. 4.- Copia de Factura Nª 1877, emitida por XNEAR S.A. a BK SpA, con fecha 20 de diciembre de 2023 5.- Copia de documento que acredita el domicilio de BK SpA, informado por el Servicio de Impuestos Internos. 6.- Copia de Recepción de aviso de cambio de domicilio, emitido por el SII, con fecha 22 de noviembre de 2021. 7.- Copia de cupón de pago de Patente Municipal, emitido por la Ilustre Municipalidad de Las Condes, correspondiente al Segundo Semestre de 2023 8.- Copia de contrato de trabajo de don Diego Olivares Sepúlveda, de fecha 13 de septiembre de 2023. 9.- Copia de contrato de trabajo de don Marcial Mauricio Correa González, de fecha 04 de diciembre de 2023. PRUEBA DE LA PARTE RECLAMADA: Documental: 1.- Expediente completo N°604/2023/371. 2.- Manual de Fiscalización emitido por la Dirección del Trabajo. 3.- Consulta Básica de comunicación electrónica de inclusión. C O N S I D E R A N D O: QUINTO: Que, habiendo hecho uso la reclamante del derecho reclamar la multa administrativa de Nº 1256/23/70 , de fecha 16 de octubre de 2023, que impuso una multa por un monto de 32,00 UTM el tribunal debe determinar si esta multa fue cursada por la Inspección del Trabajo infringiendo el principio de legalidad y actuando fuera del marco de su competencia careciendo de esta. SEXTO: Que, al tenor de la prueba incorporada y analiza
Fallo
se declara: I.- Que, SE RECHAZA el reclamo interpuesto, por don, ENZO CANALES FUENTES, abogado abogado, en representación de la, en BK SpA, contra de INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA. II.-. Que se mantiene la MULTA Nº 1256/23/70 . II.- Que no se condena en costas a la parte reclamante por tener motivos plausibles para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: I-29-2023.- Dictada por doña CARLOS SEBASTIAN CAMPOS CALDERÓN, Juez Titular del Juzgado de Letras de San Vicente de Tagua Tagua Santiago.
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En San Vicente de tagua Tagua, a 12 de enero de 2024.- VISTO, OIDOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece don ENZO CANALES FUENTES, abogado, cédula de identidad número 13.688.780 7, con domicilio en Av. Costanera Sur Nº 2730, piso 9, comuna de Las Condes, Santiago en representación convencional de BK SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT 76.307.553 2 , con domicilio en Av. Apoquindo Nº
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