RIVERA/
Rol
V-128-2023
Fecha
1 de septiembre de 2023
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don Felipe Andres Scolari Tedias, abogado, en representaci n seg n de don ó ú Diego Jos Rivera Olivosé , casado y separado totalmente de bienes, empresario, domiciliado en calle Capit ná Crosbie N 960, departamento 112 A, comuna de Las Condes, solicitando° autorizaci n judicial para donar a su madre y hermanos, do a ó ñ Silvia Olivos Leyton, don Mat así Rivera Olivos, don Eduardo Rivera Olivos y do a Josefa Le nñ ó Olivos, el usufructo y la nuda propiedad sobre los derechos sociales de Inversiones Decosol Limitada. Indica que la sociedad Inversiones Decosol Limitada fue constituida por escritura p blica de 12 de septiembre de 2013, otorgada en la notar aú í de Santiago de don Ra l Undurraga Laso, cuyo extracto se encuentraú inscrito a fojas 75.643 N 49.855 del Registro de Comercio de Santiago° correspondiente al a o 2013 y se public en el Diario Oficial de 9 deñ ó octubre del mismo a o. A la fecha la sociedad no ha sufridoñ modificaciones. El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $1.000.000 aportados por los socios de la siguiente manera: i) do a Silvia Ximenañ Olivos Leyton, la cantidad de $100.000, equivalente al 10% del capital social; y, ii) don Diego Jos Rivera Olivos, la cantidad de $900.000,é equivalente al 90% del capital social, raz n por la cual, realiza lasó siguientes donaciones: 1.- A su madre Silvia Olivos Leyton el usufructo vitalicio sobre el 100% de los derechos sociales de propiedad de don Diego Jos Riveraé Olivos que representan un 90% del total de los derechos sociales de la sociedad. 2.- A su hermano Mat as Rivera Olivosí la nuda propiedad sobre el 27,7778% de los derechos sociales de propiedad de don Diego José Código: JQKFXHQSKJL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rivera Olivos que representan un 25% del total de los derechos sociales de la sociedad. 3.- A su hermano Eduardo Rivera Olivos la nuda propiedad sobre el 27,7778% de los derechos socia
Fundamentos
considerando las inversiones que mantiene en Principal a la cantidad de $413.492.653. e Solicita en definitiva conceder autorizaci n para efectuar lasó donaciones referidas en el cuerpo del escrito. f Se rindi informaci n sumaria de testigos el 8 de agosto de 2023.ó ó Código: JQKFXHQSKJL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl g Se acompa aron certificados del Servicio de Impuestos Internosñ que dan cuenta del pago de la respectiva carga tributaria el 9 de agosto de 2023. h Se trajeron los autos para
Fallo
fallo el 18 de agosto de 2023. i CONSIDERANDO: j PRIMERO: Que el art culo 1386 del C digo Civil establece Laí ó “ donaci n entre vivos es un acto por el cual una persona transfiereó gratuita e irrevocablemente una parte de sus bienes a otra, que la acepta .” k A su vez el art culo 1401 del mismo cuerpo legal, refiere que Laí “ donaci n entre vivos que no se insinuare, s lo tendr efecto hasta el valoró ó á de dos centavos, y ser nula en el exceso .á ” l SEGUNDO: Que por su parte los requisitos de la insinuaci n seó encuentran establecidos en el art culo 889 del C digo de Procedimientoí ó Civil que se ala El que pida autorizaci n judicial para una donaci nñ “ ó ó que deba insinuarse, expresar :á m 1 El nombre del donante y del donatario, y si alguno de ellos se° encuentra sujeto a tutela o curadur a o bajo potestad de padre o marido;í n 2 La cosa o cantidad que se trata de donar;° o 3 La causa de la donaci n, esto es, si la donaci n es remuneratoria° ó ó o si se hace a t tulo de leg tima, de mejora, de dote o s lo porí í ó liberalidad; y p 4 El monto l quido del haber del donante y sus cargas de familia.° í ” q TERCERO: Que en cuanto al primer requisito se encuentran plenamente individualizados el donante y los donatarios, siendo todos plenamente capaces. r CUARTO: Que en relaci n con el segundo requisito, el solicitanteó han detallado convenientemente los bienes que donar .á QUINTO: Que respecto del tercer requisito, se ha expresado que la causa de la donaci n es la mera lib
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-128-2023 CARATULADO : RIVERA/ Santiago, uno de septiembre de dos mil veintitr s.é VISTOS: Comparece don Felipe Andres Scolari Tedias, abogado, en representaci n seg n de don ó ú Diego Jos Rivera Olivosé , casado y separado totalmente de bienes, empresario, domiciliado en calle Capit ná Crosbie N 960, departamento
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