EMPRESA NACIONAL DE MINERIA (ENAMI)/
Rol
V-163-2023
Fecha
1 de septiembre de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, en folio 1, comparece don BLAS MUÑOZ ARANCIBIA, chileno, casado, Ingeniero Civil en Minas, por la EMPRESA NACIONAL DE MINERÍA, ENAMI, Empresa del Estado de Chile, ambos domiciliados en calle Colipí N°260, Copiapó; presentó, con fecha once de mayo de dos mil veintitrés, a las once horas con cincuenta y tres minutos y quince segundos, solicitud de pedimento minero denominado “PASTENES ALFA 18”, mediante la cual requiere se constituya a su favor la concesión de exploración de trescientas (300) hectáreas. Asimismo el Tribunal con fecha 12 de mayo de 2023, ordenó inscribir y publicar. SEGUNDO: Que, a folio 4, consta que el pedimento se inscribió con fecha 17 de mayo de 2023, a fojas 362, número 208 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Chañaral del año 2023. TERCERO: Que, a folio 4, la solicitud de pedimento minero se publicó el día miércoles 31 de mayo de 2023, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, las coordenadas universales transversales de Mercator (U.T.M) del Punto Medio y de cada uno de los vértices de la cara superior de la concesión de exploración solicitada son: VERTICES NORTE (metros) ESTE (metros) P.M 7.123.500,00 379.500,00 V1 7.124.000,00 378.000,00 V2 7.124.000,00 381.000,00 V3 7.123.000,00 381.000,00 V4 7.123.000,00 378.000,00 QUINTO: Que, a folio 9, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe favorable a la solicitud de pedimento y plano acompañado en autos, mediante Ordinario Nº4547 de fecha 23 de agosto de 2023, en el cual señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, y que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajusta a la ley y queda comprendida dentro del terreno pedido. SEXTO: Que, se han cumplido en tiempo y forma todas las exigencias legales. Por estas consideraciones y visto, ademá
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, con lo dispuesto en los artículos 28, 34, 37, 39, 43, 46, 48, 51, 52, 54, 55, 56, 57, 87, 89, 90, 91, 232 Y 239 del Código de Minería; Decreto Supremo N° 1 de fecha 3 de enero de 1.986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, edición N° 32.709 de fecha 27 de febrero de 1.987 y Código: TVXXXHMHNBL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Folio: 13 artículos 817, 826 y 828 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA QUE: I. SE APRUEBA el plano de la concesión de exploración solicitada, debiendo mantenerse agregado a los autos una copia del mismo y remítase al Servicio Nacional de Geología y Minería el original de dicho plano, junto con copia autorizada de esta sentencia definitiva, una vez que se encuentre firme o ejecutoriada. II. SE DECLARA CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “PASTENES ALFA 18”, con una superficie total de trescientas (300) hectáreas, a favor de EMPRESA NACIONAL DE MINERÍA, ENAMI, ya singularizada. III. EXTRÁCTESE la presente sentencia constitutiva al tenor de lo establecido en el artículo 90 del Código de Minería y PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de Minería de Copiapó el primer día hábil de cualquier mes, pero, en todo caso, antes de requerirse al Conservador de Minas de Chañaral la inscripción de esta sentencia. IV. INSCRÍBASE la presente sentencia constitutiva en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Min
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Folio: 13 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Chañaral CAUSA ROL : V-163-2023 CARATULADO : EMPRESA NACIONAL DE MINERIA (ENAMI)/ Chañaral, uno de Septiembre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, en folio 1, comparece don BLAS MUÑOZ ARANCIBIA, chileno, casado, Ingeniero Civil en Minas, po
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