VALENZUELA/CONSTRUCCIONES CASTILLO SPA
Rol
M-728-2023
Fecha
10 de enero de 2024
Materia
Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
hechos afirmados en la demanda y con la sola y única finalidad de poner término a este juicio, se obliga a pagar al demandante don ANÍBAL ALEXIS VALENZUELA PACHECO, la suma única y total de $1.200.000.-, cantidad que será pagada de la siguiente forma: $600.000.- pagaderos a la cuenta Rut del Banco Estado N°18914704, asociada al Rut N°18.914.704-k, cuyo titular es doña María Elena Sánchez Costa, que el demandante solicita y autoriza expresamente que sea depositado en esa cuenta, correo electrónico para dar aviso de pago rodrigomoncada@cajval.cl y los otros $600.000.- deberán ser depositados a la cuenta corriente de este tribunal, que corresponde a la cuenta corriente del Banco Estado N°24700007207, asociada al Rut 61.979.260-2., los depósitos deberán ser efectuados a más tardar el día 26 de enero del año 2024. La parte demandada deberá dar cuenta de pago al Tribunal adjuntando los comprobantes respectivos. Se deja constancia que el monto que se deposita en la cuenta de este tribunal es para los efectos de hacer pago a la deuda por pensión de alimentos que mantiene el demandante en la causa Z-316-2018 del Juzgado de Familia de San Felipe. 2. La parte demandada Empresa Constructora DLP S.A., declara que el pago que realiza en virtud de la presente conciliación es un pago por subrogación respecto de la demandada Construcciones Castillo SPA. 3. La parte demandante también con la sola y única finalidad de poner término a este juicio, acepta este ofrecimiento y forma de pago, previamente informada de sus derechos. 4. Las partes convienen que en el evento de incumplimiento, el monto adeudado deberá pagarse con un recargo del 50% a título de cláusula penal. 5. Las partes se otorgan amplio y completo finiquito, declarando que nada se adeudan bajo ningún concepto. 6. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene por aprobada la conciliación a la que han arribado las partes, estimándose como sentencia definitiva y ejecutoriada para todos los efectos legales. · Se deja c
Fallo
se resuelve: - Que SE ACOGE la demanda interpuesta con fecha 06 de julio de 2023 por don ANÍBAL ALEXIS VALENZUELA PACHECO, trabajador dependiente, domiciliada en Calle Araucana N° 106, Cerro Cordillera, comuna de Valparaíso, en contra de su ex – empleadora, CONSTRUCCIONES CASTILLO SPA, empresa del giro de su denominación, representada convencionalmente por doña CLAUDIA NICOLE CÉSPEDES LEIVA, se ignora profesión u oficio, o por quien a la fecha de notificación ejerza labores de administración conforme al artículo 4 del Código del Trabajo, ambos con domicilio en CALLE ARLEGUI N° 263, COMUNA DE VIÑA DEL MAR, REGIÓN DE VALPARAÍSO, declarándose en consecuencia: II. Que el actor prestó servicios para la demandada desde el día 13 de febrero de 2023 hasta el día 03 de mayo de 2023. III. Que el despido verbal, materia de este proceso, ha sido injustificado, por cuanto no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo. IV. Que el despido referido precedentemente no ha producido el efecto de poner término al contrato de trabajo del actor, para efectos remuneracionales, por no encontrarse pagadas íntegramente sus cotizaciones previsionales conforme lo dispone el artículo 162 del Estatuto Laboral, debiendo por ello la demandada pagarle las remuneraciones y demás prestaciones originadas a causa de la relación laboral, desde el 03 de mayo de 2023 y hasta que se acredite su pago efectivo, a razón de $1.000.000 mensuales. V. Que la demandada deberá, además
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, martes 09 de enero de 2024. RUC 23-4-0496309-0 RIT M-728-2023 MAGISTRADO Marlene Susana Moya Díaz ADMINISTRATIVO DE ACTAS Yessenia Labra Meza SALA VIRTUAL 6 HORA DE INICIO 10:55 horas. HORA DE TÉRMINO 11:12 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 23-4-0496309-0-1
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica