Juzgado de Letras del Trabajo de Arica

SALDIVIA/CONSTRUCTORA COSAL SOCIEDAD ANONIMA

Rol

O-279-2023

Fecha

10 de enero de 2024

Materia

Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: I.- De las Partes y sus Apoderados. Que, don DANIEL FELIPE ANDRES SANTIBAÑEZ FICA, Constructor Civil, cedula de identidad N°15.189.098-9, con domicilio en esta ciudad, calle Santiago Arata N° 4065, Torre 4, Dpto. 12; don JORGE RODRIGO DIAZ REIDEMBACH, Constructor Civil, cedula de identidad N°15.513.307-4, con domicilio en Arica, calle Ginebra N°4081, departamento B-13; don LUIS HORACIO BARRIENTOS HERMOSILLA, Constructor Civil, cedula de identidad N°13.510.275-K, con domicilio en la ciudad de Concepción, calle Maipú N° 1375; don TOMAS ENRIQUE PASTEN LAFUENTE, Bodeguero, cedula de identidad N°12.608.276-2, con domicilio en Arica, calle Lauca N°1625; doña LORETO ANDREA HASBUN CASTILLO, Prevencionista de Riesgos, cedula de identidad N°12.553.214-4, con domicilio en esta ciudad, calle Arturo Buitano N°141; doña CATALINA ISABEL PEÑA AGUILERA, Constructor Civil, cedula de identidad N°14.221.892-5, con domicilio en esta ciudad, Comino Azapa Km.4, Lote B; MARIO DAVID REGLA TORRES, Constructor Civil, cedula de identidad N°14.354.620-9, con domicilio en la ciudad de Talcahuano, calle J, N° 989; don BASTIAN RODRIGO MOSCOSO VERGARA, Ayudante Técnico, cedula de identidad N°20.512.763-1, con en Arica, Avenida Santiago Arata N° 4065, Block 4, Dpto. 12; y, don MAXIMILIANO EDUARDO SALDIVIA ROJAS, Bodeguero, cedula de identidad N°18.393.812-6, con domicilio en la ciudad de Arica, calle La Concepción N°4470, todos de la ciudad patrocinados por el Abogado don Carlos Rodríguez Alanoca, también su apoderado en juicio, con domicilio y forma de notificación registrado en autos, deducen demanda de cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales en contra de la empresa CONSTRUCTORA COSAL S.A., del giro de su denominación, Rut N° 94.557.000-8, representada legalmente por el liquidador concursal don Francisco Cuadrado Sepúlveda, ambos con domicilio en la ciudad de Santiago, calle Santa Beatriz N°100, oficina 1301, Comuna de Providencia; y, solidariamente en contra del GOBIERNO REGION

Fundamentos

CONSIDERANDO: II.- De las Pretensiones y Defensas o Alegaciones de las Partes. A.- De la Demanda de los Demandantes. PRIMERO: Que, los actores, ya individualizados, deducen demanda de cobro de prestaciones laborales y costas, en contra de la empresa Constructora Cosal S.A., representada por el liquidador concursal don Francisco Cuadrado Sepúlveda, ya individualizada, y en forma solidaria demandan al Gobierno Regional de Arica y Parinacota, también individualizado. Fundamentan su demanda en que todos ellos fueron contratados por la demandada principal, de la siguiente forma: 1.- Daniel Felipe Andrés Santibáñez Fica. La relación laboral con Cosal S.A., se inició el 1 de julio de 2021; con una jornada de trabajo acordada de 45 horas semanales. En cuanto a su remuneración, dice que ascendía la suma de $3.512.083.- Respecto de la vigencia del contrato de trabajo, expresa que fue de carácter indefinido. 2.- Jorge Rodrigo Díaz Reidembach. La relación laboral con Cosal S.A., se inició con fecha 2 de noviembre de 2021; con una jornada de trabajo acordada era de 45 horas semanales. En cuanto a su remuneración, dice que ascendía a $2.419.484.- Respecto de la vigencia del contrato de trabajo, expresa que fue de carácter indefinido. 3.- Luis Horacio Barrientos Hermosilla. La relación laboral con Cosal S.A., se inició el 8 de noviembre de 2021; con una jornada de trabajo de 45 horas semanales. En cuanto a su remuneración, dice que ascendía a $2.776.976.- Respecto a la duración del vínculo contractual, era de naturaleza indefinida. 4.- Tomás Enrique Pasten Lafuente. La relación laboral con Cosal S.A., se inició el 2 de noviembre de 2021; con jornada de trabajo de 45 horas semanales. En cuanto a su remuneración, dice que ascendía a la suma de $1.502.083.- Respecto a la duración del vínculo contractual, era de naturaleza indefinida. 5.- Loreto Andrea Hasbun Castillo. La relación laboral con Cosal S.A., se inició el 16 de junio de 2022; con una jornada de trabajo de 45 horas semanales. En cuanto a su remuneración, dice que ascendía a la suma de $1.866.790.- Respecto a la duración del vínculo contractual, señala que era de naturaleza indefinida. 6.- Catalina Isabel Peña Aguilera. La relación laboral con Cosal S.A., se inició el 10 de abril de 2023; con una jornada de trabajo de 45 horas semanales. En cuanto a su remuneración, dice que ascendía a la suma de $2.379.131.- Respecto a la duración del vínculo contractual, señala que era de naturaleza indefinida. 7.- Mario David Regla Torres. La relación laboral con Cosal S.A., se inició el 15 de noviembre de 2021, con una jornada de trabajo de 45 horas semanales. En cuanto a su remuneración, dice que ascendía a la suma de $3.130.041.- Respecto a la duración del vínculo contractual, señala que era de naturaleza indefinida. 8.- Bastian Rodrigo Moscoso Vergara. La relación laboral con Cosal S.A., se inició el 2 de noviembre de 2022, con una jornada de trabajo de 45 horas semanales. En cuanto a su remunerac

Fallo

por tanto, de empresa principal. Por ello, se hace aplicable lo dispuesto en la norma del artículo 183-B del Código del Trabajo. En lo que respecta al cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales y prestaciones, reclaman las siguientes: 1.- Daniel Felipe Andrés Santibáñez Fica. Remuneración Julio de 2023: $3.472.083.- Remuneración de 22 días agosto de 2023: $2.546.194.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $3.257.560- Indemnización por años de servicio: $6.515.120.- Feriado proporcional 49.21 días: $4.478.110.- Total adeudado: $20.269.067.- 2.- Jorge Rodrigo Díaz Reidembach. Remuneración julio de 2023: $2.4119.484.- Remuneración de 22 días agosto de 2023: $11.774.288.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $2.419.484.- Indemnización por años de servicio: $4.838.969.- Feriado proporcional 41.13 días: $2.340.847.- Total adeudado: $13.793.072.- 3.- Luis Horacio Barrientos Hermosilla. Remuneración julio de 2023: $2.776.976.- Remuneración de 9 días agosto de 2023: $740.256.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $2.776.976.- Indemnización por años de servicio: $5.553.953.- Feriado proporcional 41.33 días: $2.693.191.- Total adeudado: $14.541.352.- 4.- Tomás Enrique Pastén Lafuente. Remuneración julio de 2023: $1.502.083.- Indemnización sustitutiva del aviso previo: $1.502.083.- Indemnización por años de servicio: $3.004.167.- Feriado proporcional 37.25 días: $1.452.750.- Total adeudado: $7.461.083.- 5.- Loreto Andrea Hasbun Castillo. Remuneración jul

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Procedimiento: Aplicación General Materia: Cobro de Prestaciones Demandante: Santibáñez Fica, Daniel y Otros Demandado: Constructora Cosal S.A., y Otro RIT O-279-2023 RUC 23- 4-0518097-9 ____________________________/ Arica, a diez de enero del año dos mil veinticuatro. VISTOS: I.- De las Partes y sus Apoderados. Que, don DANIEL FELIPE ANDRES SANTIBAÑEZ FICA, Constructor Civil, cedula de identida

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