ZÚÑIGA/BANCO DE CHILE
Rol
C-7339-2023
Fecha
30 de agosto de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Que compareció don Lenin Eladio Zúñiga Ampuero, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle San Antonio 19, piso 25, oficina 2505, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien dedujo demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva en contra de Banco de Chile, persona jurídica del giro de su denominación, representada por don Eduardo Ebensperger Orrego, o quien sus derechos represente, ambos domiciliados en calle Ahumada 251, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, a fin que se declare que las acciones legales para el cobro de las cuotas morosas de pagaré y/o pagarés, se encuentran prescritas por no haber ejercido las acciones y derechos dentro del plazo que le confiere la Ley, con costas. Señaló que existe un pagaré Nº4809160000205648 operación 447 de fecha 18 de enero de 2021, por un monto de $2.441.499.- el cual se hizo exigible y se dejó de pagar el día 08 de abril de 2020, cuyo librador es el demandado Banco de Chile, ya individualizado. Es del caso de que la demandada no inició acción judicial alguna en su contra para el cobro de dicha cuotas morosas de pagaré y/o pagarés, dentro del plazo que establece la Ley 18.092 sobre Letras de Cambio y Pagarés. Desde el punto de vista jurídico, fundamentó su demanda en los artículos 2492, 2514 y siguientes del Código Civil, artículo 98 de la Ley 18.092, sobre Letras de Cambio y Pagarés, y pide la declaración señalada. La demanda fue notificada el 18 de agosto de 2023, de conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Mediante escrito de 25 de agosto de 2023, compareció el abogado don Leandro Rivera Navarro, abogado, mandatario judicial de Banco de Chile, sociedad anónima bancaria, ambos domiciliados en Ahumada 251, piso 3, Santiago, y se allanó expresamente a la demanda de prescripción opuesta por la contraria referida a la Operación N° 480916000020 (477), Código: PSXWXHKXFWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado e
Fundamentos
Considerando: Primero: Que ha comparecido don Lenin Eladio Zúñiga Ampuero, quien dedujo demanda en juicio ordinario de prescripción extintiva en contra de Banco de Chile, a fin que se declare que las acciones legales para el cobro de las cuotas morosas de pagaré y/o pagarés, se encuentran prescritas por no haber ejercido las acciones y derechos dentro del plazo que le confiere la Ley, con costas. Fundamentó su pretensión sobre la base de los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Que la demandada se allanó expresamente allanada a la acción de prescripción deducida en autos, solicitando ser eximida del pago de las costas. Tercero: Que con la finalidad de poder determinar la procedencia de la prescripción extintiva reclamada, corresponde establece, ex ante, la existencia de la obligación y sus estipulaciones. Asimismo, ha de determinarse la fecha en que la obligación se hizo exigible, con arreglo a lo dispuesto en artículo 1698 del Código Civil, correspondiendo a la demandada demostrar en autos, el haber ejercido acción judicial para el cobro de dicha obligación o cualquier otro hecho que haya interrumpido la prescripción. Cuarto: Que, sin embargo, la demandada se encuentra allanada a la acción de prescripción extintiva. Quinto: Que a partir del allanamiento que hace la demandada, no cabe duda la existencia de los siguientes hechos: a) La existencia de una obligación emanada de Pagaré Nº4809160000205648 operación 447 de 18 de enero de 2021, por un monto de $2.441.499, suscrito por don Lenin Eladio Zúñiga Ampuero; b) Que, el pagaré no fue pagado a su vencimiento. Sexto: Que el demandante como abono a su alegación acompañó a la causa, con citación y bajo apercibimiento legal, los siguientes instrumentos: a) Copia de Pagaré Nº4809160000205648, suscrito por el Código: PSXWXHKXFWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl demandante en la suma de $2.441.499, a la orden del Banco de Chile, con vencimiento el 18 de enero de 2021. b) informe comercial MAAT del actor, de 30 de marzo de 2023, en el que consta un protesto efectuado por el demandado el 8 de abril de 2020, por $2.441.499 por cuota morosa, por el documento operación N° 477. Séptimo: Que con el mérito de la prueba rendida por la actora y allanamiento del banco demandado, ha quedado suficientemente acreditado en estos autos: a) la existencia de la obligación por la cual el banco demandado otorgó un crédito al demandante, la que se materializó mediante el pagaré singularizado; y b) que el demandante suscribió pagaré a la orden de la demandada por la suma de $2.441.499, y que no fue pagado a su vencimiento el 18 de enero de 2021. Octavo: Que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible. Luego, el artí
Fallo
se declara la prescripción de la acción cambiaria que el Banco de Chile pudiera intentar en contra del demandante, respecto del pagaré objeto de esta demanda. Undécimo: Habiéndose allanado el demandado, cada parte pagará sus costas. Código: PSXWXHKXFWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y Atendido lo antes razonado y lo dispuesto en los artículos 2492, 2514, 2515, todos del Código Civil; artículo 98 de la Ley 18.092; y 254, 170 y respectivos del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se acoge demanda de declaración de prescripción extintiva según lo expresado en motivo noveno de esta sentencia y en consecuencia, se declara la prescripción de la acción cambiaria que el Banco de Chile pudiera intentar en contra del demandante, respecto del Pagaré Nº4809160000205648, suscrito por el demandante por la suma de $2.441.499, con vencimiento el 18 de enero de 2021. II.- Que, cada parte asumirá el pago de sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° C-7339-2023. Pronunciada por don Patricio Hernández Jara, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de agosto de dos mil veintitrés. Código: PSXWXHKXFWJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-30T17:01:50-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-7339-2023 CARATULADO : ZÚÑIGA/BANCO DE CHILE Santiago, treinta de agosto de dos mil veintitrés. Visto: Que compareció don Lenin Eladio Zúñiga Ampuero, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle San Antonio 19, piso 25, oficina 2505, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien de
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