Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte

MINERA PLATA CARINA SPA/

Rol

V-378-2022

Fecha

30 de agosto de 2023

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don MARCELO ANTONINO OLIVARES CABRERA, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N°10.703.661-K, en representación de MINERA PLATA CARINA SpA, sociedad chilena del giro de su denominación, ambos domiciliados en Av. Apoquindo Nº 7935, oficina 712-B, comuna de Las Condes, Santiago, presentó con fecha 18 de Febrero de 2022, la manifestación minera de 60 pertenencias mineras de 5 hectáreas cada una, abarcando una superficie total de 300 hectáreas, denominado “BLANCA 1, 1 al 60”, y cuyo punto de interés se encuentra ubicado en la Comuna de Pica, provincia del Tamarugal, Región de Tarapacá, en virtud del pedimento denominado “BLANCA 1”, presentado ante esta magistratura con fecha 10 de junio de 2020. SEGUNDO: Que, la manifestación se inscribió a fojas 631 bajo el N°349 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2022. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura antes referidas se publicaron con fecha 14 de marzo de 2022 y 11 de octubre de 2022, respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, con fecha 5 de Julio de 2023, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informes, en su último informe informa por aprobada la operación de mensura de las pertenencias “BLANCA 1, 1 al 60”, INDICANDO QUE “los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta, y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura”. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras, reducidas en la operación de mensura, denominadas “BLANCA 1, 1 al 60”, materia de esta concesión, son: VÉRTICES NORTE (m) ESTE (m) P.I. 7.731.500,00 516.500,00 L1 7.733.000,00 516.000,00 L2 7.733.000,00 517.000,00 Código: CVKXHPBDTJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl L3 7.730.000,00 517.000,00 L4 7.730.000,00 516.000,00 Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 85 y 87 del Código de Minería, y 42 de su Reglamento,

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura denominadas “BLANCA 1, 1 al 60”, con una superficie total de 300 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de MINERA PLATA CARINA SpA, ya individualizada. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas, para su archivo. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria del hecho, el solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica copias autorizadas de la presente sentencia y de dicho certificado al solicitante. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Dictada por Juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Autoriza ministro de fe del tribunal. Pozo Almonte, a treinta de Agosto de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede./fah Código: CVKXHPBDTJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-30T16:42:55-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 22 .- veintidós .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-378-2022 CARATULADO : MINERA PLATA CARINA SPA/ POZO ALMONTE, TREINTA DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTITRÉS. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don MARCELO ANTONINO OLIVARES CABRERA, chileno, casado, abogado, cédula de identidad N°10.703.661-K, en representación de MINERA PLATA CARINA

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