1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SOCIEDAD CONSTRUCTORA HERMANOS LIMITADA/INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE LA FLORIDA

Rol

I-250-2022

Fecha

9 de enero de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Comparece ante este tribunal don EDUARDO JOSÉ DÍAZ ZAMBRANO, chileno, abogado, C.I N° 13.050.845-6, en representación de la SOCIEDAD CONSTRUCTORA HERMANOS LIMITADA, Sociedad del giro de su denominación, RUT Nº 77.352.040-2, representada legalmente por don JOSÉ BERNARDO CELPA PALMA, ambos domiciliados para estos efectos en Los Cerezos Nº 5837, comuna de La Florida, ciudad de Santiago y deduce demanda de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 503 del Código del Trabajo, en procedimiento de aplicación general, en contra de la INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE FLORIDA representada legalmente por su Jefe, don MARCO ANTONIO RIQUELME ARAVENA, desconoce cédula de identidad 15.293.453-K, o quien lo subrogue o reemplace, ambos domiciliados en AVENIDA WALKER MARTINEZ 3 N°368 comuna de La Florida. Funda su acción en los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: Expone que 22 de julio de 2022, con la misma fecha de notificación, se aplicaron a su parte 4 multas administrativas, por 40 UTM cada una, por el fiscalizador don Cristian Fernando López Muñoz, por un total de 160 UTM. La resolución de multa N°1793/22/32 cursada por el fiscalizador, don Cristian Fernando López Muñoz dependiente de la Inspección Comunal del Trabajo de La Florida consta por los siguientes conceptos: N°1793/22/32 N°1: No suprimir en los lugares de trabajo el riesgo de caída al no proporcionar: 1) plataforma de trabajo y 2) una “línea de vida” fija en sus extremos a la instalación, con el objeto de enganchar el arnés de seguridad. Ambas medidas habrían permitido al trabajador tener un desplazamiento seguro. Situación que no sucedió lo que provocó que el señor Claudio Mauricio Pozo Virjili sufriera una caída de distinto nivel el día 6/7/2022. Tal hecho constituye un incumplimiento a las condiciones generales de seguridad de los lugares de trabajo e implica no tomar las medidas necesarias para proteger la vida, salud y en general física de los trabajadores. N°2: No proporcionar libre de todo cost

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en audiencia preparatoria de juicio, se fijaron los siguientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos: 1. Efectividad de que el fiscalizador de la Inspección del Trabajo incurrió en un error de hecho al aplicar las multas. En la asertiva, circunstancias. 2. Efectividad de haber dado el reclamante íntegro cumplimiento a las disposiciones legales cuya infracción motivó las sanciones SEGUNDO: Que, en audiencia de juicio, la parte demandante se valió de la siguiente prueba: Documental, legalmente incorporada y no objetada de contrario, consistente en: 1. Set de Fotografías de Excavadora respecto del accidente ocurrido con fecha 6/7/2022. 2. Obligación de Informar los Riesgos Inherentes al Trabajador don Claudio Pozo a cargo de Coordinador en Prevención de Riesgos Cesar Osses O de fecha 7/6/2022. 3. Actualización Contrato de Trabajo y sus respectivos anexos entre Claudio Pozo y empresa Soc. Constructora Hermanos Ltda. 4. Entrega Equipos de Seguridad (EPP) a don Claudio Pozo de fecha 1 de junio 2022 5. Copia de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT) de fecha 6 julio 2022. 6. Copia de Procedimiento de Trabajo Seguro (PTS) ‘’Taller mecánico y/o lugares de reparación de neumáticos’’ elaborado por el Jefe Prevencionista de Riesgos Sebastián Ruz con fecha 28/9/2020. 7. Copia de Instructivo Prohibiciones para la realización de mantenimiento a Excavadora y otros Equipos elaborado por Cesar Osess coordinaros en Prevención de Riesgos de fecha 12/7/2022. 8. Formulario de medidas prescritas inmediatas evacuado por la Mutual de Seguridad C.CH.C con fecha 6/7/2022 respecto del accidente. 9. Resolución de Multa N°1793/22/32 de fecha 22 de Julio 2022 de la Inspección comunal del trabajo de la Florida. 10. Copia de correo de notificación de multa administrativa N° 1793-22-32, de fecha 22 de Julio 2022 remitida al correo cmunoz@socoher.cl. Testimonial: Previo juramento o promesa declaran: 1. César Matías Osses Ortiz, cédula de identidad 19.035.566-7. 2. Sebastián Andrés Ruz Balcázar, cédula de identidad 16.322.150-0. TERCERO: Que, en audiencia de juicio, la parte demandada se valió de la siguiente prueba: Documental, legalmente incorporada y no objetada de contrario, consistente en: 1. Caratula de informe de fiscalización Nº 1316/2022/1264, de fecha 06 de julio de 2022; 2. Fiscalización e investigación de accidente del trabajo Informe de Exposición, Nº1316/2022/1264; 3. Activación de fiscalización Nº 1316/2022/1264, de fecha 06 de julio de 2022; 4. Notificación de Accidente de Trabajo, fecha de notificación 06 de junio de 2022; 5. Notificación de inicio de procedimiento de fiscalización FI-1; 6. Antecedentes verificados en la fiscalización FI-2; 7. Acta de notificación de requerimiento de documentación y citación, FI-4; 8. Anexo requerimiento de documentación para fiscalización de seguridad y salud en el trabajo por accidente del trabajo, FI-4-1. CUARTO: Que, menester será tener presente que la reclamante ha accion

Fallo

Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 420, 446, 451, 452, 453, 454 a 459, 503 y siguientes del Código del Trabajo; artículos 2 y 23 del DFL N° 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y normas citadas, SE DECLARA: I.- Que, se ACOGE, la reclamación deducida por la empresa SOCIEDAD CONSTRUCTORA HERMANOS LIMITADA, en contra de don MARCO ANTONIO RIQUELME ARAVENA, Jefe de la Inspección Comunal del Trabajo de La Florida, sólo en cuanto se deja sin efecto la multa N°1793/22/32-3, de fecha 22 de julio de 2022, dictada por el fiscalizador Cristian Fernando López Muñoz. II.- Que, se rechaza en todo lo demás. IV.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese a las partes por correo electrónico y archívese en su oportunidad. RIT : I-250-2022 RUC : 22- 4-0420697-8 Pronunciada por don (ña) CLAUDIA ELISA TAPIA TAPIA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a nueve de enero de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, nueve de enero de dos mil veinticuatro. Vistos: Comparece ante este tribunal don EDUARDO JOSÉ DÍAZ ZAMBRANO, chileno, abogado, C.I N° 13.050.845-6, en representación de la SOCIEDAD CONSTRUCTORA HERMANOS LIMITADA, Sociedad del giro de su denominación, RUT Nº 77.352.040-2, representada legalmente por don JOSÉ BERNARDO CELPA PALMA, ambos domicil

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