1º Juzgado Civil de Concepción

FERNÁNDEZ/ESCOBAR

Rol

C-4571-2019

Fecha

30 de agosto de 2023

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, en el folio 1, se presenta la letrado do a Sof a Ang lica Figueroañ í é Mardones, domiciliada en Prefecto Ram rez n mero doscientos quinceí ú Temuco, en representaci n de don ó WALDO FERNANDEZ RIQUELME, comerciante, domiciliado en Pasaje Alc n Pelegrino n meroó ú ciento cuarenta, Comuna de Villarrica, quien expone que su representado es due o de un inmueble ubicado en la comuna de Chiguayante calle Losñ Notros sitio n mero veinticinco, de subdivisi n de la Parcela n mero cientoú ó ú sesenta y tres ubicada en la subdelegaci n de Chiguayante, anteriormenteó Comuna de Concepci n, hoy en d a Comuna de Chiguayante. Agrega queó í dicho sitio o lote n mero veinticinco tiene los siguientes deslindes y medidasú particulares. NORTE, calle Los Notros en trece coma ochenta metros; SUR, propiedad vecina en trece coma ochenta metros; ORIENTE, sitio veinticuatro en treinta y dos coma setenta y cinco metros y PONIENTE , Lote veintis is, en treinta y dos coma cuarenta metros y tiene una superficieé de cuatrocientos cuarenta y nueve coma cincuenta y cuatro metros cuadrados. Indica que la direcci n hoy es Los Notros ciento sesenta y ochoó y su Rol de Avalu Fiscal es el tres mil ciento cuatro guion cuarenta,ó Comuna de Chiguayante.- Se ala que el t tulo de dominio rola Inscrito fojas 2721 N 1504 delñ í ° Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Chiguayanteí del a o 2010 y modificaci n a fojas 4605 N 2509, del Registro deñ ó ° Propiedad del Conservador de bienes Ra ces de Chiguayanteí correspondiente al a o 2010.-ñ Prosigue con que el inmueble antes singularizado su representado lo adquiri por compra que le hiciera a don PATRICIO DEL CARMENó FERNANDEZ RIQUEME y que, dicho inmueble don PATRICIO DEL CARMEN FERNANDEZ RIQUEME, lo adquiri en estado de solter a,ó í mediante adjudicaci n que en su favor hiciera el Directorio de laó Cooperativa de la Vivienda y Servicios Habitacionales La Batalla“ Limitada mediante escritura p blica de fecha treinta y uno de Diciem

Fundamentos

fundamentos de Derecho, transcribe el art culo 889í del C digo Civil y cita los art culos 890, 895, 896, 897, inciso primero deló í art. 907, del C digo Civil y el art culo 19 n mero 24 de la Constituci nó í ú ó Pol tica de la Rep blica.-í ú Por lo que en m rito de lo expuesto y de lo dispuesto en las normasé legales que cita, pide tener por interpuesta demanda reivindicatoria, en juicio ordinario, en contra de do a ñ MARIA CRISTINA ESCOBAR S EZÁ , ya individualizada, y en definitiva , dar lugar a ella , con expresa declaraci n de lo siguiente:ó 1.- Que su representado es due o del inmueble ubicado en la comunañ de Chiguayante calle Los Notros sitio n mero veinticinco, de la subdivisi nú ó de la Parcela n mero ciento sesenta y tres ubicada en la subdelegaci n deú ó Chiguayante, anteriormente Comuna de Concepci n, hoy en d a Comunaó í de Chiguayante y que, dicho sitio o lote n mero veinticinco tiene losú siguientes deslindes y medidas particulares. NORTE, calle Los Notros en trece coma ochenta metros; SUR, propiedad vecina en trece coma ochenta metros; ORIENTE, sitio veinticuatro en treinta y dos coma setenta y cinco metros y PONIENTE , Lote veintis is, en treinta y dos coma cuarentaé metros y una superficie de cuatrocientos cuarenta y nueve coma cincuenta y cuatro metros cuadrados; hoy calle Los Notros 168 Chiguayante; Inscrita a fojas 2721 N 1504 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes° Ra ces de Chiguayante del a o 2010 y modificaci n a fojas 4605 N 2509,í ñ ó ° del Registro de Propiedad del Conservador de bienes Ra ces deí Chiguayante correspondiente al a o 2010.- Rol Avalu Fiscal 3104- 40,ñ ó comuna de Chiguayante.- 2.- Que la demandada est poseyendo materialmente dicho inmueble.á 3.- Que la demandante deber restituir el inmueble antesá singularizado a su representado dentro del plazo de 5 d as contados desdeí que quede ejecutoriada o cause ejecutoria la sentencia, bajo apercibimiento de ser lanzado l, sus familiares, y hu spedes, con auxilio de la fuerzaé é p blica si fuere necesario.-ú 4.- Que la demandada debe ser considerada poseedora de mala fe para todos los efectos legales. 5.- Que la demandada deber indemnizar a su representado todos losá perjuicios y da os ocasionados con su ocupaci n.ñ ó 6.- Que la demandada deber pagar las costas de la causa.-á En el folio 8, el apoderado de la demandada contesta la demanda reivindicatoria, solicitando sea rechazada en todas su partes en atenci n aó Código: REDJXHEPMTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4571-2019 que se ha presentado estos autos don Waldo Riquelme Fern ndezá , interponiendo demanda reivindicatoria en contra de su representada Maria Cristina Escobar Saez, argumenta que es due o del inmueble ubicado enñ la comuna de Chiguayante calle Los Notros sitio n mero veinticinco, deú subdivisi n de la parcela ciento setenta y tres Ubicada en la subdelegaci nó ó de Chiguayante, anteriormente comuna de Concepci n h

Fallo

por tanto, don Patricio Fern ndez Riquelme en solter añ á í adquiri el inmueble y construyo la vivienda.-ó Contin a con que don Patricio Fern ndez Riquelme contrajoú á matrimonio con do a Mar a CRISTINA ESCOBAR SAEZ.- seg nñ í ú Inscripci n de Matrimonio, Servicio Registro Civil e Identificaci n,ó ó Circunscripci n Armando Alarc n , N Inscripci n 319 a o 1987.- d a 26ó ó ° ó ñ í de junio de 1987.- Código: REDJXHEPMTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4571-2019 Expone que es del caso que dicho inmueble lo posee materialmente la c nyuge del vendedor do a MARIA CRISTINA ESCOBAR SAEZ,ó ñ comerciante, domiciliada en pasaje Los Notros sitio n mero veinticinco hoyú calle Los Notros N 168 comuna de Chiguayante.-° Sostiene que su representado en innumerables ocasiones le ha solicitado la entrega del inmueble, y no lo ha entregado.- En cuanto a los fundamentos de Derecho, transcribe el art culo 889í del C digo Civil y cita los art culos 890, 895, 896, 897, inciso primero deló í art. 907, del C digo Civil y el art culo 19 n mero 24 de la Constituci nó í ú ó Pol tica de la Rep blica.-í ú Por lo que en m rito de lo expuesto y de lo dispuesto en las normasé legales que cita, pide tener por interpuesta demanda reivindicatoria, en juicio ordinario, en contra de do a ñ MARIA CRISTINA ESCOBAR S EZÁ , ya individualizada, y en definitiva , dar lugar a ella , con expresa declaraci n de lo siguiente:ó 1.- Que su representado es

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C-4571-2019 FOJA: 80 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-4571-2019 CARATULADO : FERN NDEZ/ESCOBARÁ Concepci nó , treinta y uno de Agosto de dos mil veintitr sé VISTOS: Que, en el folio 1, se presenta la letrado do a Sof a Ang lica Figueroañ í é Mardones, domiciliada en Prefecto Ram rez n mero doscientos quinceí ú Temuco, en representaci n de

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