2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PAREDES/CONSTRUCTORA GREVIA LTDA

Rol

O-3488-2023

Fecha

9 de enero de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5 a 11, 21, 22, 35, 41, 42, 44, 54 a 58, 67, 71, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo, todos del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña YINIBETH ROSMARY PAREDES PACHECO, en contra de su ex empleador CONSTRUCTORA GREVIA SPA, declarando la existencia de una relación laboral continua entre las partes desde el 7 septiembre del año 2020 hasta el 9 de marzo del año 2023, declarando injustificado el despido del que fue objeto y condenando a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de falta del aviso previo: $852.292.- b) Indemnización por años de servicio (3): $2.552.876.- c) Recargo legal del 50% conforme a lo establecido en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo: $1.274.438.- d) Feriado legal y proporcional, descontadas las sumas ya indicadas, por $559.657.- (19,7 días corridos) e) Feriado por la anualidad del 7 de septiembre de 2021 al 7 de septiembre de 2022 por $596.589.- (21 días corridos) f) La remuneración por 9 días de marzo por $255.687.- II. Que las sumas ordenadas pagar, deberán descontarse lo que la trabajadora ha recibido en esta causa con ocasión de avenimiento o conciliación con otros demandados. III. Que las cantidades ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que no se condena en costas a la demandada, por haber tenido motivo plausible para litigar. V. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella, encontrándose en ejecución la demandada principal, entréguense copias para su presentación y no sean remitidos los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional. Una vez que se encuentre ejecutoriada la sentencia, devuélvanse los documentos. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la au

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña YINIBETH ROSMARY PAREDES PACHECO, en contra de su ex empleador CONSTRUCTORA GREVIA SPA, declarando la existencia de una relación laboral continua entre las partes desde el 7 septiembre del año 2020 hasta el 9 de marzo del año 2023, declarando injustificado el despido del que fue objeto y condenando a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de falta del aviso previo: $852.292.- b) Indemnización por años de servicio (3): $2.552.876.- c) Recargo legal del 50% conforme a lo establecido en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo: $1.274.438.- d) Feriado legal y proporcional, descontadas las sumas ya indicadas, por $559.657.- (19,7 días corridos) e) Feriado por la anualidad del 7 de septiembre de 2021 al 7 de septiembre de 2022 por $596.589.- (21 días corridos) f) La remuneración por 9 días de marzo por $255.687.- II. Que las sumas ordenadas pagar, deberán descontarse lo que la trabajadora ha recibido en esta causa con ocasión de avenimiento o conciliación con otros demandados. III. Que las cantidades ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que no se condena en costas a la demandada, por haber tenido motivo plausible para litigar. V. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella, encontrándose en ejecución la demandada principal, entréguense copias para su

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 9 DE ENERO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 6 RUC 23-4-0483586-6 RIT O-3488-2023 MAGISTRADA CAROLINA LUENGO PORTILLA ADMINISTRATIVA DE ACTAS ROCÍO ÁLVAREZ MIRANDA HORA DE INICIO 11:15 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:10 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340483586-6-1349-240109-00 N° CUSTODI

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