GUAJARDO/FUNDACION COLECTIVA MANIFIESTA
Rol
M-4378-2023
Fecha
9 de enero de 2024
Materia
Costas, Feriado legal, Feriado proporcional, Horas extras, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Se tiene por evacuado en rebeldía de la demandada LLAMADO A CONCILIACIÓN: Se declara frustrado el llamado a conciliación SOLICITUD DEMANDANTE: facultad del artículo 453, número 1), inciso 7° del Código del Trabajo TRIBUNAL RESUELVE: Atendida la rebeldía de la parte demandada y en virtud de lo dispuesto en el artículo 453, número 1), inciso 7° del Código del Trabajo, en relación con lo dispuesto en el inciso final, del número 3), del mismo artículo, el tribunal va hacer uso de la facultad contenida en el referido artículo 453 N° 1 inciso 7° y tiene por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda, dictándose sentencia en este acto. CONSTANCIA Se deja constancia que el tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. SENTENCIA RIT: M-4378-2023 RUC: 23-4-0524582-5 A nueve de enero de dos mil veinticuatro Comparece doña CARLA ANDREA GUAJARDO MACAYA, trabajadora social, domiciliada en Afrodita N° 7384, Pudahuel, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por cobro de prestaciones, en contra de su ex empleadora FUNDACION COLECTIVA MANIFIESTA, del giro de su denominación, representada legalmente en virtud del artículo 4º del Código del Trabajo por don PABLO ENRIQUE PILQUIL SEPULVEDA, ignora profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo, ambos domiciliados en Pasaje Yolanda N° 9425, dpto. 23, Las Condes. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9, 10, 41, 42, 58, 63, 67, 71, 67, 63 inciso segundo , 162 inciso primero y siguientes, 163,168 , 171,172,173,420 letra a); 446, 452 inciso segundo , 453 N° 1 inciso séptimo, 454, 457, 458 y 459 código del trabajo, se declara : Que SE ACOGE PARCIALMENTE la d
Fallo
Se declara frustrado el llamado a conciliación SOLICITUD DEMANDANTE: facultad del artículo 453, número 1), inciso 7° del Código del Trabajo TRIBUNAL RESUELVE: Atendida la rebeldía de la parte demandada y en virtud de lo dispuesto en el artículo 453, número 1), inciso 7° del Código del Trabajo, en relación con lo dispuesto en el inciso final, del número 3), del mismo artículo, el tribunal va hacer uso de la facultad contenida en el referido artículo 453 N° 1 inciso 7° y tiene por tácitamente admitidos los hechos contenidos en la demanda, dictándose sentencia en este acto. CONSTANCIA Se deja constancia que el tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. SENTENCIA RIT: M-4378-2023 RUC: 23-4-0524582-5 A nueve de enero de dos mil veinticuatro Comparece doña CARLA ANDREA GUAJARDO MACAYA, trabajadora social, domiciliada en Afrodita N° 7384, Pudahuel, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por cobro de prestaciones, en contra de su ex empleadora FUNDACION COLECTIVA MANIFIESTA, del giro de su denominación, representada legalmente en virtud del artículo 4º del Código del Trabajo por don PABLO ENRIQUE PILQUIL SEPULVEDA, ignora profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal en virtud de dicho artículo, ambos domiciliados en Pasaje Yolanda N° 9425, dpto
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 09/01/2024, Santiago RUC 23- 4-0524582-5 RIT M-4378-2023 CARATULADO GUAJARDO/FUNDACION COLECTIVA MANIFIESTA MAGISTRADO MICHELLE IBACACHE TOLEDO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ailynne Esparza Romero HORA DE INICIO 10:15 HORA DE TERMINO 10:20 SALA 5.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340524582-5-1348
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