TRAIPI/
Rol
V-130-2023
Fecha
29 de agosto de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, con fecha 23 de abril de 2023, comparece doña SABINA LINA TRAIPI CAYUMAN, chilena, viuda, jubilada, cédula nacional de identidad Nº 8.033.676-4, domiciliada en Los Lingues sin número, Comuna de Cunco, Región de la Araucanía, quien deduce reclamo judicial por negativa del Sr. Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a inscribir compraventa de inmueble que señala. Expone que, con fecha 24 de febrero del 2023, solicitó la inscripción del contrato de compraventa, otorgado con fecha 21 de febrero ante la Notaría de doña Sylvia Hueche Fuchsloch, repertorio Nº 251-2023 de los siguientes inmuebles: a) Departamento número quinientos dos, del edificio o escalera Nº L. “Condominio San Pablo”, Inscrita a fojas sesenta y cuatro mil noventa y dos; Número sesenta y ocho mil ciento sesenta y seis, correspondiente al Registro de Propiedad del año mil novecientos noventa y nueve del Conservador de Bienes Raíces de Santiago b) Estacionamiento número ciento uno del nivel subterráneo del “Condominio San Pablo,” que tiene su acceso general por la calle San Pablo número mil ochocientos veinticinco y su acceso vehicular por la calle Bartolomé Vivar. Estacionamiento inscrito a fojas treinta y dos mil novecientos noventa y cuatro ; Número; treinta y cuatro mil seiscientos treinta y dos correspondiente al Registro de Propiedades del año dos Código: XVYCXHNWFZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 mil dos, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago Refiere que el 27 de febrero del presente año, se rechaza por los siguientes
Fundamentos
motivos: “Acreditar adjudicación de los inmuebles por la disuelta sociedad conyugal que tenía la vendedora con don MIGUEL CARLOS CAYUMÁN MORALES. Deuda de contribuciones del estacionamiento”. Indica que volvió a ingresar la solicitud el 19 de abril del 2023 y se vuelve a rechazar el 20 de abril del mismo año, por los siguientes motivos: “Inscripción del estacionamiento no señala haber adquirido bajo el artículo 150. Inscripción del departamento en su cláusula 33 señala haber adquirido pero por artículo 41 de la ley 18.196 que se mira como separada de bienes solamente para la adquisición, compraventa e hipoteca de dicho contrato. Por ahora la renuncia tendría un efecto contrario al que se busca. Deuda de contribuciones por el estacionamiento”. Sostiene que doña SABINA LINA TRAIPI CAYUMAN, al tiempo de adquirir el departamento N° 502 del edificio o escalera N° L, condominio San Pablo, suscribió la escritura pública de compra venta, compareciendo con la calidad de empleada, casada, separada de bienes, sin la autorización de su cónyuge don Miguel Carlos Cayuman Morales, dentro del ejercicio de su patrimonio reservado. Del mismo modo, doña SABINA LINA TRAIPI CAYUMAN, adquirió el estacionamiento número 101 del nivel subterráneo del “Condominio San Pablo”. Hace presente que doña Sabina contrajo matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal, con don Miguel Carlos Cayuman Morales, en la Circunscripción de Estación, con fecha 13 de junio de 1981, cuyo número de inscripción corresponde al 823 del mismo año; sociedad conyugal disuelta e por la muerte de don Miguel Carlos Cayuman Morales, el año 2003. Agrega que el 17 de abril de 203, doña Sabina Lina Traipi Código: XVYCXHNWFZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Cayuman, realiza la renuncia a los gananciales mediante escritura pública otorgada por la Notaria Juan Ricardo San Martin Urrejola, repertorio Nº 10.191 del año 2023. Concluye que la adquisición de los inmuebles por parte de doña Sabina Traipi se realizó con su patrimonio reservado, el cual se conforma por los ingresos que obtuvo como empleada, sin intervención ni autorización de su cónyuge, según se acredita con las cotizaciones previsionales que adjunta. Por lo tanto, al renunciar a los gananciales, estos bienes no ingresaron al haber social y quedaron en el dominio exclusivo de la mujer, sin que sea necesario adjudicarlos ni que el Conservador se oponga a ello, conforme a la normativa vigente Respecto al pago de contribuciones del estacionamiento, destaca que existe un convenio vigente en Tesorería General de la República convenio resolución 20321, el cual se encuentra acogido a la ley 20780, y de conformidad con el artículo 92 del código tributario, el pago de un impuesto, se entenderá cumplida esta obligación con la exhibición del respectivo recibo o del certificado de exención, demostrándose en igual forma estar al día en el cumplimiento de un convenio de pago ce
Fallo
se declara: Que, se rechaza el reclamo deducido a lo principal de la solicitud de 23 de abril en curso, al folio 1, por doña Sabina Lina Traipi Cayuman, por cuanto la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, resulta justificada. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. Rol N° V-130-2023 PRONUNCIADA POR MARIA SOLEDAD OYANEDEL RODRIGUEZ, JUEZ SUPLENTE Código: XVYCXHNWFZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 AUTORIA DOÑA XIMENA ANDRADE HORMAZABAL, SECERTARIA SUBROGANTE Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintinueve de Agosto de dos mil veintitr sé Código: XVYCXHNWFZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-29T13:26:00-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-130-2023 CARATULADO : TRAIPI/ Santiago, veintinueve de Agosto de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 1, con fecha 23 de abril de 2023, comparece doña SABINA LINA TRAIPI CAYUMAN, chilena, viuda, jubilada, cédula nacional de identidad Nº 8.033.676-4, domiciliada en Los Lingues sin número, Comu
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