2º Juzgado de Letras de Osorno

PROVOSTE/

Rol

V-17-2022

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales voluntarios V 17 2022 comparece don Luis Alberto Provoste Yaitul, Chileno, Pnesionado, RUN 5.424.430-4, domiciliado en calle Recife N°1260, Población Juan Antonio Ríos, comuna y ciudad de Osorno, quien solicita se disponga la rectificación del vehículo que indicará, ante el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, disponiendo al efecto todas las medidas que estime pertinentes. Funda su petición dando cuenta: “1. Según consta en Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes, del Registro de Vehículos Motorizados, a cargo del Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación de Chile, con fecha 28 de julio del año 2020, adquirí mediante contrato de compraventa, un automóvil, marca Chevrolet, Modelo Aveo LS NB 1.4, nro Motor F14D3650654K, nro Chasis KL1TJ52748B182228, color plateado poly, placa patente BKFF.38-5, cuya inscripción rola inscrita a mi nombre. 2. Tal es el caso S.S., que con fecha 24 de noviembre del año 2021, me apersoné en la planta de revisión técnica, ubicada en calle alcalde Fuschlocher Nº 1380, de la comuna de Osorno, a fin de renovar dicha documentación del vehículo. Una vez al interior, en instantes que personal de la planta chequeaba el estado mecánico del móvil, se percataron que existía disconformidad entre el número de chasis registrado ante el Registro de Vehículos Motorizados y el número de este, grabado en la estructura misma del automóvil, que figura como nro. KL1TJ52778B010596. Por tal razón, se me denegó la renovación del certificado de revisión técnica, circunstancia que me sorprendió bastante ya que el año anterior no tuve ningún inconveniente cuando se hizo la respectiva revisión en la misma planta. 3. A fin de corroborar mi buena fe, me dirigí el día 25 de noviembre del año 2021, a Carabineros de Chile, Tenencia San Pablo, 1 Código: SHWDXHYEXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Reten de Quilacahuin, a fin

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Luis Alberto Provoste Yaitul solicitó rectificación de inscripción BKFF.38-5, correspondiente al vehículo inscrito a marca Chevrolet, Modelo Aveo LS NB 1.4, nro Motor F14D3650654K, color plateado poly, placa patente BKFF.38-5, en el sentido de corregir el nro de chasis, quedando en definitiva con el nro 2 Código: SHWDXHYEXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl KL1TJ52778B010596. Lo fundó en los antecedentes que ya han sido expuestos.- SEGUNDO: Que para los efectos de acreditar dicha circunstancia, el solicitante acompañó en el folio 1, los siguientes documentos: 1.- Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados, del móvil PPU BKFF.38-5. 2.- Certificado de Revisión Técnica, emitido con fecha 24 de noviembre 2021, respecto del móvil PPU BKFF.38-5, y el correspondiente al año anterior. 3.- Constancia Carabineros de Chile, reten Quilacahuin, con fecha 25 de noviembre del año 2021. 4.- Certificado de asistencia jurídica. 5.- Certificado de inspección visual, Nº 96, emitido por la planta de revisión técnica con fecha 21 de abril de 2022. TERCERO: Que del Informe el Servicio de Registro Civil e Identificación, de folio 28, consta Informe Registro Civil e Identificación de fecha 28 de agosto de 2023, dando cuenta que revisada base de datos, el N° de chasis corresponde a un vehículo Chevrolet placa patente única MY.2175 inscrito a nombre de Oscar Guillermo Anguita Sáez, RUN 8.505.377-9, que registra limitaciones al dominio vigentes. CUARTO: Que la norma contenida en el artículo 43 de la Ley Nº 18.290, en su inciso cuarto, autoriza a la judicatura, la inscripción de un vehículo motorizado, la rectificación o modificación de la misma, por vía de reclamación o solicitud directa. QUINTO: Que en estos antecedentes, pese a que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el inciso segundo y tercero del artículo 43 de la ley 18.290, a través del informe técnico que contiene las especiaciones del vehículo, consta que el chasis del vehículo Chevrolet Aveo placa patente BKFF38, corresponde a otro vehículo, esto es, placa 3 Código: SHWDXHYEXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl patente MY. 2175; y que el número de motor se encuentra adulterado. SEXTO: Que a mayor abundamiento, del Informe del Registro Civil señala que el chasis actual del vehículo, corresponde al vehículo placa patente MY. 2175, que tiene limitaciones al dominio por lo que debe entenderse que se está vulnerando la ley en algún sentido. SÉPTIMO: Que en la presente causa no se ha señalado algún elemento que justifique las adulteraciones que se han efectuado en el mencionado vehículo. Y visto lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, artículo 1º, y siguientes, 1464 y siguientes del Código Civil, 43 de la Ley Nº 18.290, y artículo 10

Fallo

se declara: Que se rechaza la rectificación inscripción intentada en el folio 1, por don Luis Alberto Provoste Yaitul al vehículo de su propiedad marca Chevrolet, Modelo Aveo LS NB 1.4, nro Motor F14D3650654K, color plateado poly, placa patente BKFF.38-5, en el sentido de corregir el nro de chasis Transcríbase y notifíquese por correo electrónico a los Abogados del solicitante. Rol V 17 2022.- Dictó Luis Meza Marín, Juez titular del Segundo Juzgado de Letras de Osorno. 4 Código: SHWDXHYEXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-29T12:50:19-0400

Texto Completo (Preview)

Osorno, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés.- VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales voluntarios V 17 2022 comparece don Luis Alberto Provoste Yaitul, Chileno, Pnesionado, RUN 5.424.430-4, domiciliado en calle Recife N°1260, Población Juan Antonio Ríos, comuna y ciudad de Osorno, quien solicita se disponga la rectificación del vehículo que indicará, ante el Registro Nacional

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