BANCO DE CHILE/RODRÍGUEZ
Rol
C-43-2023
Fecha
29 de agosto de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Al folio 1, Gaspar Cortes Moya, Alejandra Loyola Laree y Daniela Rodriguez Jeria, abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representada por su gerenteí general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancaria, deló giro de su denominaci n, representada a su vez por su gerente general donó Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Picarte 427 Of. 201- 209, comuna de Valdivia, deduce demanda ejecutiva en contra de do a ñ CLAUDIA ANDREA RODRIGUEZ SANTIBA EZÑ , ignoran profesi n u oficio, con domicilioó en Hijuela 1, comuna de Valdivia, por las razones que a continuaci nó expone: Se ala que su representado es due o del pagar N 11618, suscritoñ ñ é º con fecha 16 de junio de 2022, por la suma de $32.048.476 por concepto de capital. Se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n se pagar anó ó í en 72 cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 71 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $828.598.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 5 de agosto de 2022 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer n sucesivamente con la misma periodicidad antesá indicada y una ltima cuota por el monto y con el vencimiento que seú indica en el mismo t tulo que sirve de fundamento a esta demanda. Se haceí presente que como se estipul en el mismo pagar , el monto de cada una deó é las cuotas indicadas incluye pago de capital e intereses. En el mismo pagar se estipul que se acepta que el acreedor ené ó forma exclusiva y privativa, pod a destinar en cada oportunidad el importeí total de las cuotas a la amortizaci n del capital y/o de los intereses, o deó ambos a la vez, en la proporci n que estime conveniente.ó Código: XMSXXHJXKTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se pact que, el simple r
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Al folio 1, el ejecutante solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de en contra de do a Claudia Andreañ Rodriguez Santiba ez, disponer que se despache en su contra mandamientoñ de ejecuci n y embargo por la suma de $32.048.476.-, por concepto deó saldo de capital adeudado, suma a la que hay que agregar los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a nuestro representado, todo ello con costas. SEGUNDO: Consta en autos, la custodia N 46-2023 del pagar N° é ° 11618 por la obligaci n reclamada, suscrita por el representante de laó ejecutada por la suma de $32.048.476, autorizada por el Notario P blico deú la 1 Notar a de Valdivia don lvaro Valdebenito Salgado.ª í Á TERCERO: Al folio 8, la ejecutada opuso la siguiente excepci n: ó La del N 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil; oº í ó sea, La falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las“ leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, seaí con relaci n al demandado .ó ” Funda esta excepci n en el hecho que la firma del suscriptor no haó sido autorizada ante Notario P blico de conformidad a la ley.ú Dispone el art culo 425 del C digo Org nico de Tribunales que losí ó á notarios podr n autorizar las firmas que estampen en documentos privados,á siempre que den fe del conocimiento o de la identidad de los firmantes y dejen constancia de la fecha en que firman. Es del caso se alar, que su representado jam s concurri oñ á ó compareci a estampar ante Notario la firma puesta en el pagar en que seó é funda la ejecuci n. De hecho ignoro qu Notario autoriz mi firma. Puesó é ó bien, conforme lo ha establecido la doctrina y la jurisprudencia de nuestros Tribunales Superiores, el derecho notarial es una disciplina que desde sus Código: XMSXXHJXKTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl or genes y hasta nuestros d as, tiene como funci n la de solemnizar y dar feí í ó de los m s variados acuerdos, contratos, y actos que son fuente de derechosá y obligaciones que los hombres puedan convenir en el desarrollo natural de su libertad contractual y m s en general, de su autonom a de la voluntad.á í Un autor sostiene que "el notario desempe a sus funciones con toda lañ jerarqu a de un servidor p blico, cuyo ministerio es el m s alto concepto deí ú á la responsabilidad profesional. En sus manos se encomienda la tuici n deó intereses cuantiosos, como tambi n delicadas cuestiones patrimoniales y deé familia. Por todo lo expuesto, el notario debe tener, como pocos, un sentido permanente de rectitud y escrupulosidad personal, para que el p blicoú respete su investidura y sea absoluto merecedor de su confianza". ( tica.É Moral Profesional. Deberes Notariales. Roque V. Pondal. Primer Congreso Internacional del Notariado Latino. 1988). Respecto a la funci n a que hace referencia el numeral 10 del art culoó í 401 de
Fallo
Por estas consideraciones y disposiciones legales que cita, pide tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de do a Claudia Andreañ Rodriguez Santiba ez, en su calidad de deudor(a) principal, y con su m ritoñ é ordenar se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo poró la cantidad de $32.048.476.-, por concepto de saldo de capital adeudado, suma a la que hay que agregar los intereses pactados y los intereses penales, hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado a nuestro representado, todo ello con costas. Al folio 7, con fecha 04 de abril de 2023, se notific a la demandadaó de la acci n deducida en su contra y, se le requiri de pago.ó ó Código: XMSXXHJXKTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Al folio 8 la ejecutada opuso la excepci n del N 7 del art culo 464 deló ° í C digo de Procedimiento Civil.ó Al folio 10, el ejecutante evacu el traslado a las excepciones.ó Al folio 13, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibieron a prueba. Al folio 23, se cit a las partes para o r sentencia. ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Al folio 1, el ejecutante solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de en contra de do a Claudia Andreañ Rodriguez Santiba ez, disponer que se despache en su contra mandamientoñ de ejecuci n y embargo por la suma de $32.048.476.-, por concepto deó saldo de capital adeudado, suma a la que hay que agregar los intereses pactados y los intereses
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : C-43-2023 CARATULADO : BANCO DE CHILE/RODR GUEZÍ Valdivia, a veintinueve de agosto de dos mil veintitr s.é VISTOS Al folio 1, Gaspar Cortes Moya, Alejandra Loyola Laree y Daniela Rodriguez Jeria, abogados, mandatarios judiciales de SOCOFIN S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representada por su gere
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