DEL SOLAR/DEL SOLAR
Rol
C-113-2022
Fecha
28 de agosto de 2023
Materia
AMPARO, QUERELLA DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que con fecha 8 de agosto de 2022, comparece la abogado do a Carola Alejandra Merino Mu oz, con domicilio en Calle V ctor Bianchiñ ñ í N 393, comuna de Bulnes, quien en representaci n de don Erasmo Julio del° ó Solar, comerciante, con domicilio en Bandera N 980, comuna de Bulnes, do a° ñ Yeny Mary del Solar Pe a, comerciante, con domicilio en Terrazas de Collaoñ N 1952 Torre A departamento N 301, y don Rolando del Solar del Solar,° ° comerciante, con domicilio en sector la obra S/N, comuna de R nquil, quienesá interponen querella de restituci n, en contra de do a Marcela del Carm n Badillaó ñ é Becerra, con domicilio en Bulgaria N 3232 E, departamento 6C, comuna de° Hualp n, y don Ulises Antonio del Solar Becerra, con domicilio en Alfredoé Valenzuela departamento 6C, comuna de Antofagasta. Funda su acci n en que sus representados son due os de la propiedadó ñ Hijuela n mero 9 del fundo la Obra, ubicada en la localidad de R nquil, de laú á Comuna de Coelemu, de una superficie aproximada de 11 hect reas y cuyosá deslindes particulares son los siguientes: al Norte, con hijuela adjudicada a Alicia del Solar; al Sur, Hijuela 8 de Herminda del Solar; al Oriente, con Fundo los Lirios de N stor; y al poniente, camino principal del Fundo la Obra, rol deé aval o territorial 126-47. El t tulo de dominio se encuentra inscrito a fojas 122,ú í N 90 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Coelemu,º í correspondiente al a o 2022. Su rol de aval os es el n mero 127-46 de lañ ú ú Comuna de Coelemu. Código: DXDXXHJSMXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Explica que sus representados han estado personalmente en posesi n deló inmueble antes individualizado, posesi n tranquila y no interrumpida, Alega queó sus representados han sido despojados de la posesi n de dicho inmueble. ó Relata que con fecha 1 de julio del presente a o, acudieron a su terrenoñ y se percataron que los
Fallo
se declara:ó I. Que, SE RECHAZA la querella de restituci n interpuesta con fecha 8 deó agosto de 2022 por la abogada Carola Alejandra Merino Mu oz enñ representaci n de don ó Erasmo Julio del Solar, Yeny Mary del Solar Pe añ , Rolando del Solar del Solar, en todas sus partes. II. Atendido lo dispuesto en el art culo 562 del C digo de Procedimientoí ó Civil, se condena en costas al querellante. RIT: C-113-2022 Código: DXDXXHJSMXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Dictada por do añ Natalia Sandoval Jara, Juez Subrogante del Juzgado de Letras y Garant a de Coelemu.í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Coelemu, veintiocho de Agosto de dos mil veintitr sé Código: DXDXXHJSMXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-28T19:17:59-0400
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 54 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Coelemu CAUSA ROL : C-113-2022 CARATULADO : DEL SOLAR/DEL SOLAR Coelemu, veintiocho de Agosto de dos mil veintitr s.é VISTO: PRIMERO: Que con fecha 8 de agosto de 2022, comparece la abogado do a Carola Alejandra Merino Mu oz, con domicilio en Calle V ctor Bianchiñ ñ í N 393, comuna de Bulnes, quien en repre
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