17º Juzgado Civil de Santiago

PARRA/ESTADO DE CHILE

Rol

C-11744-2019

Fecha

29 de agosto de 2023

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 03 de abril de 2019, a trav s de presentaci n ingresada poré ó oficina judicial virtual, comparece don Fernando Luis Parra Keller, abogado, c dula de identidad N 7.473.682-3, domiciliado en calleé ° Agustinas N 1442, Torre A, oficina 806 de la comuna de Santiago, quien° interpone demanda de indemnizaci n de perjuicios en contra del ó Fisco de Chile, representado por do a Mar a Eugenia Manaud Tapia, en su calidadñ í de Presidente del Consejo de Defensa del Estado, ambos domiciliados en calle Agustinas N 1687, edificio Plazuela de Las Agustinas, comuna de° Santiago. Funda su demanda en que a la poca que se produjo el golpe deé Estado ten a 19 a os, cursaba estudios secundarios en el Instituto Superiorí ñ de Comercio N 2 de Santiago, y durante el periodo anterior a dicho golpe° de estado, m s precisamente durante el gobierno del presidente Salvadorá Allende Gossen, era dirigente estudiantil de los estudiantes segundarios de Institutos Comerciales, ocupando el cargo de presidente del Centro de Alumnos del, a la poca, Instituto Comercial de Quinta Normal. é Ademas, paralelamente a su rol de dirigente estudiantil, desarrollaba su militancia en el Movimiento de Izquierda revolucionaria MIR. En el mbito estudiantil, desarrollaba tareas pol ticas en el Frente de Estudiantesá í Revolucionarios FER. Relata que el d a 11 de septiembre del a o 1973 se encontraba juntoí ñ a otros dirigentes estudiantiles en lo que en esa poca era la Escuela Normalé Abelardo N ez, ubicada en Alameda Esquina Bernal del Mercado, hoyúñ calle Obispo Uma a, y all tomaron conocimiento de la movilizaci n deñ í ó tropas, el anuncio de golpe de Estado y posterior bombardeo del Palacio de La Moneda. Dice que dadas las circunstancias que imperaban en las calles de Santiago, a partir de ese momento quienes se encontraban en el lugar decidieron permanecer en l, por el riesgo evidente que significabaé abandonar el recinto, y

Fundamentos

considerando que dicha escuela contaba con dormitorios destinados a internados que proced an desde fuera de Santiago,í decidi pernoctar all . Durante la noche mientras se encontraban en losó í dormitorios que daban inmediatamente hacia la Avenida Alameda, debieron protegerse por los constantes disparos que proven an desde el exterior haciaí donde se encontraban, disparos que eran efectuados por militares que se encontraban apostados en las inmediaciones. Las balas penetraban por las Código: EPXNXHJWBVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 ventanas desprendiendo esquirlas desde los muros interiores de los dormitorios y cayendo sobre sus cuerpos. Fue as que pasaron toda la nocheí en el lugar rodeados por militares y carabineros que supon an- se– í encontraban apostados en Avenida Ecuador, por la cercan a de unaí Comisar a. í Al d a siguiente, el 12 de septiembre, el Director del establecimientoí educacional decide comunicarse con el Ministerio de Defensa con la finalidad de dar cuenta de su presencia all , que correspond a a un hechoí í circunstancial y desprovista de cualquier intento de hacer frente a la fuerzas militares apostadas en los alrededores. Pero, que a partir de ese anuncio, alrededor de las 10:30 de la ma ana, ingresaron Carabineros por la calleñ Ecuador, disparando y tomando como prisioneros a todos los que permanec an al interior del establecimiento. Permanecieron alrededor deí dos horas en manos de los polic as, tendidos en el suelo en plena avenidaí Ecuador, donde fueron permanentes golpeados. Agrega que el grupo que compon an, de alrededor de 150 personas,í que inclu a estudiantes del propio establecimiento, estudiantes como l deí é otros establecimientos educacionales, el cuidador y su familia, el director de la escuela Normal Abelardo N ez, fueron posteriormente entregados porúñ carabineros a un numeroso contingente militar, siendo llevados, todos, frente al edificio de la Universidad T cnica del Estado hoy USACH. All fueroné í custodiados por militares y se a adi como prisioneros tambi n losñ ó é estudiantes de la Universidad antes mencionada. Acusa que el numeroso contingente militar que los custodiaba los someti permanentemente a golpes, pr cticamente cada prisionero ten a unó á í soldado que lo custodiaba y que a la orden de un oficial proced an aí golpearlos constantemente. Los apremios consistieron en golpes de culata, pu os y pies. ñ A ade que en un momento dado, un grupo que lo inclu a fueñ í separado del resto de los detenidos y llevados a una cancha de baby footbal, ubicada en las cercan as donde se les hizo un simulacro de fusilamiento. í Luego, que alrededor de las 16:00 horas del mismo d a 12 deí septiembre, fueron subidos a buses en los que los trasladaron a las dependencias del Estadio Chile, donde se encontraban cientos de prisioneros. Describe que para ingresar al lugar debieron hacer una larga fila, por aproximadamente una hora

Fallo

por lo expuesto deduce la presente demanda, como como consecuencia directa del secuestro y torturas de que fue objeto, pidiendo el pago de $200.000.000.- (doscientos millones de pesos), suma que deber será pagada con reajustes de acuerdo al IPC e intereses legales desde la fecha de notificaci n de la demanda hasta su completo pago, m s las costas deló á juicio; o en su defecto el monto que determine el Tribunal de conformidad con su apreciaci n y valorizaci n de los da os demandados.ó ó ñ En cuanto al derecho, se ala que respecto de los hechos delictuososñ narrados es civilmente responsable el Estado de Chile, ya que a quienes se acusa su autor a a la fecha de su comisi n, eran miembros del Ej rcito deí ó é Chile, de la Polic a de Investigaciones de Chile y de otras ramas de lasí Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad P blica o civiles adscritos a lasú mismas, quienes se encontraban revestidos de autoridad p blica. El Estadoú de Chile ha reconocido expresamente su responsabilidad en la pr ctica deá secuestro y tortura ocurrida durante la dictadura militar, mediante distintos actos e instrumentos jur dicos, entre ellos cabe destacar el Informe emitidoí por la Comisi n Nacional de Verdad y Reconciliaci n y el Informe sobreó ó Prisi n Pol tica y Tortura, denominado Informe Valech . En efecto, en eló í “ ” mencionado Informe Valech, lo reconoce como v ctimas de prisi n pol ticaí ó í y tortura. Menciona que la responsabilidad del Estado, por el da o moralñ ocasionado, emana de un

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 57 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11744-2019 CARATULADO : PARRA/ESTADO DE CHILE Santiago, veintinueve de Agosto de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 03 de abril de 2019, a trav s de presentaci n ingresada poré ó oficina judicial virtual, comparece don Fernando Luis Parra Keller, abogado, c dula de identidad N 7.4

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