COMERCIAL SPORTGROUP SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD LAS CONDES
Rol
C-8676-2023
Fecha
28 de agosto de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 23 de mayo de 2023, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparece do a Constanza Falconi de laé ñ Cerda, abogado, en representaci n de ó Comercial Sportgroup SpA., ambas con domicilio para estos efectos en calle Hu rfanos N 1294 oficinaé ° 71 de la comuna de Santiago, quien interpone demanda en juicio ordinario de declaraci n de prescripci n de acciones de cobro de patente comercial yó ó derechos municipales, en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, persona jur dica de derecho p blico, representada legalmente porí ú su alcaldesa do a Daniela Alejandra Pe aloza Ramos, ambos domiciliadosñ ñ en Avenida Apoquindo N 3.400, comuna de Las Condes. ° Funda su demanda en que seg n da cuenta el certificado deú impuestos y derechos municipales emitido el 05 de mayo de 2023 por el Departamento de Tesorer a de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, suí representada mantendr a una deuda morosa por concepto de patenteí municipal asignada al Rol 508824-0, ascendente a $1.266.531.-, incluidos reajustes e intereses, y que corresponde al periodo comprendido entre el 11 de octubre del a o 2011 al 31 de enero del a o 2020, deuda que señ ñ encuentra en su totalidad prescrita por haber transcurrido el plazo legal de 3 a os para exigir su cumplimiento.ñ Argumenta que el cobro de patentes comerciales y derechos municipales se encuentra regulado por el D.L. 3063 del a o 1979 y cita losñ art culos 2521, 2492 y 2514 del C digo Civil. í ó Concluye pidiendo que se acoja la demanda y en definitiva se declaren prescritas las obligaciones emanadas de la patente comercial, derechos municipales, reajustes, intereses y multas correspondientes al periodo que va desde el 31 de julio de 2011 al 31 de enero de 2020, ambas inclusive, ascendentes a la suma de $1.266.531.-, o el monto que determine el tribunal, declarando prescrita la acci n ejecutiva y ordinaria, con costas. ó Seg n estampado receptorial de folio 8 consta haberse notificado
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que do a Constanza Falconi de la Cerda, abogado, enñ representaci n de la sociedad Comercial Sportgroup SpA.ó , deduce acci n aó fin de que se declare la prescripci n extintiva de las acciones de cobro deó patentes comerciales en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada legalmente por su alcaldesa, todos ya individualizados, basado en los fundamentos de hecho y de derecho que ya fueron rese ados en lañ parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, la demandada contestando la demanda dentro de plazo legal, se allan a la pretensi n de la parte demandante. ó ó TERCERO: Que seg n dispone el art culo 2492 del C digo Civil, laú í ó prescripci n es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por noó haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los dem s requisitos legales.á Que, as la prescripci n es la sanci n de ineficacia jur dica queí ó ó í extingue las acciones por no haberse ejercido stas durante cierto lapso deé tiempo y concurriendo los dem s requisitos legales, defini ndola el art culoá é í 2492 del C digo Civil. Agrega el art culo 2493 del mismo cuerpo legal, queó í qui n quiera aprovecharse de la prescripci n debe alegarla, no pudiendo uné ó juez declararla de oficio. Que, ya el art culo 2521 del C digo Civil establece que prescribení ó “ en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos .” CUARTO: Que, el art culo 24 del Decreto Ley N 3063, de 1979,í º sobre Rentas Municipales, establece el pago de una patente que grava la actividad que se ejerce por un mismo contribuyente, en su local, oficina, establecimiento, kiosko o lugar, cuyo valor ser por doce meses, y seg n elá ú art culo 29 corresponde a la patente de doce meses comprendidos entre elí 1 de julio del a o de la declaraci n y el 30 de junio del a o siguiente, laº ñ ó ñ que se puede pagar al contado o en dos cuotas iguales, en la municipalidad respectiva, dentro de los meses de julio y enero de cada a o, de donde señ sigue que el t rmino para pagar la patente expira el ltimo d a del mes deé ú í enero de cada a o.ñ QUINTO: Que con el fin de acreditar sus pretensiones el actor incorpor al expediente digital el documento titulado Deuda de Impuestosó “ Código: CDXXXHLFLLK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 y Derechos Municipales con valores actualizados al d a 05 de mayo de” í 2023, en el que consta que la actora, Rol nico Tributario 76.170.959--,Ú tiene asociada la patente comercial Rol 508824-0 y registra deuda por ese concepto desde el segundo semestre del a o 2011 al primer semestre del a oñ ñ 2023, por un total de $836.904.- SEXTO: Que valorada la prueba de conformidad a la ley, no objetada en contrario, y considerando especialmente el reconocimiento expresado por la demandada, se tiene por acreditada la efectividad que la demandan
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los art culos 1698,í 2492, 2493, 2514, 2515 y 2521 del C digo Civil; art culos 23 a 34 bis deló í D.L. N 3.063 Ley de Rentas Municipales; y art culos 144, 160, 170 y 254º í del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que se acoge la demanda de fecha 23 de mayo de 2023 declar ndose prescritas las acciones para perseguir el pago de la patenteá Código: CDXXXHLFLLK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 comercial que grava a la actora, Rol N 508824-0, correspondiente a° aquellas devengadas entre el 31 de octubre de 2011 (segundo semestre de 2011) hasta el 31 de enero de 2020 (primer semestre de 2020), ambas fechas inclusive, equivalentes a $1.338.690.-, suma que incluye los respectivos reajustes e intereses. II.- Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í DICTADA POR DO A ROC O P REZ GAMBOA, JUEZÑ Í É TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Agosto de dos mil veintitr sé Código: CDXXXHLFLLK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-31T11:36:34-0400
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8676-2023 CARATULADO : COMERCIAL SPORTGROUP SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD LAS CONDES Santiago, treinta y uno de Agosto de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 23 de mayo de 2023, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparece do a Constanza Falconi d
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