OSORIO/MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO
Rol
C-569-2023
Fecha
28 de agosto de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 compareció VICTOR ANTONIO OSORIO LÓPEZ, Chileno, domiciliado en Grumete Tellez 181, Talcahuano, y demanda en procedimiento ordinario a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su alcalde HENRY CAMPOS COA, funcionario público, ambos con domicilio en calle Sargento Aldea N° 250, Talcahuano. Solicita que se declare la prescripción extintiva de corto tiempo de los derechos municipales por servicios de extracción de residuos domiciliarios, y que corresponden a la suma de $1.503.341. Indica que es dueño del inmueble ubicado en Calle Laguna Lo Custodio N°603 del Conjunto habitacional Villa Ensenada, Talcahuano, inscrito a fojas 4641, bajo el N°4391, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano del año 2014, según consta en Certificado de Dominio Vigente. Señala que respecto de este inmueble existe una deuda a favor de la Ilustre Municipalidad de Talcahuano, de cobro de derechos municipales por el servicio de extracción de residuos domiciliarios según consta en el Certificado de Deuda de Derechos de Aseo emitido en el mes de Septiembre del año 2022. Alega que las obligaciones que corresponden al periodo que va desde 30 de Abril del año 2005 a 30 de Noviembre del año 2019, equivalentes al monto de $1.503.341, se hicieron exigibles hace más de tres años, sin haberse presentado por parte de la demandada acciones de cobro. Así, las anteriores obligaciones se encuentran extinguidas por prescripción extintiva, conforme al artículo 2521 del Código Civil, y cuya declaración ahora solicita. Código: FQEEXHLXXEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Cita al efecto los artículos 2492 y 2521 del CC y 19 N°20 de la Constitución Política de la República. Dice que, no existiendo una norma o cuerpo legal particular que regule la prescripción de las acciones que tienen las Municipalidades para el cobro de l
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- A folio 1 compareció don VICTOR ANTONIO OSORIO LÓPEZ y dedujo en lo principal, demanda de prescripción extintiva de corto tiempo; y en subsidio, demanda de prescripción extintiva de largo tiempo, de los derechos de aseo domiciliario, respecto del inmueble de su propiedad, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO. El contenido de la demanda se reseñó en la parte expositiva de esta sentencia, a la cual nos remitimos. 2°.- Encontrándose legalmente notificada, la demandada no contestó la demanda de autos, manteniéndose rebelde durante el curso de la litis. Código: FQEEXHLXXEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 3°.- Recibida la causa a prueba - y conforme lo indica el artículo 1698 del CC - sólo la demandante acompañó, sin objeción contraria, los documentos que rolan a folio 1: 1. Certificado de Dominio Vigente del inmueble ubicado en Calle Laguna Lo Custodio N°603 del Conjunto habitacional Villa Ensenada Talcahuano. 2. Certificado de Deudas de Derechos de Aseo del inmueble referido. 4°.- La prescripción extintiva, ahora interpuesta como acción, es un modo de extinguir las obligaciones, regulado fundamentalmente en el título XLII del libro IV del CC, y más específicamente los artículos 2514 y siguientes del mismo código. La prescripción, como modo de extinguir obligaciones, requiere la demostración de la existencia de una acción o derecho ajeno y, además, el transcurso de los plazos que la ley indica en el caso respectivo. 5°.- De acuerdo al artículo 40 del DL 3.063 de 1979, sobre rentas municipales, los derechos municipales son: "las prestaciones que están obligadas a pagar a las municipalidades, las personas naturales o jurídicas de derecho público o de derecho privado, que obtengan de la administración local una concesión o permiso o que reciban un servicio de las mismas, salvo exención contemplada en un texto legal expreso". Luego, dentro del Título III, del mismo cuerpo legal, bajo el epígrafe "Del producto de los establecimientos y explotaciones municipales", el artículo 6 indica: "El servicio municipal de extracción de residuos sólidos domiciliarios se cobrará a todos los usuarios de la comuna, pudiendo este cobro ser diferenciado, utilizando al efecto diversos criterios, tales como programas ambientales, que incluyan, entre otros, el reciclaje; la frecuencia o los volúmenes de extracción; o las condiciones de accesibilidad. Los criterios utilizados para la determinación del cobro de estos servicios deberán ser de carácter general y objetivo, y establecerse por cada municipalidad a través de ordenanzas locales". Después, el artículo 7, a su vez, ordena: Código: FQEEXHLXXEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 "Las municipalidades cobrarán una tarifa anual por el servicio de aseo. Dicha tarifa, que podrá ser diferenciada según los criterios señalados en el artícu
Fallo
en mérito de lo expuesto y de las normas legales que cita, tener por interpuesta demanda de declaración de prescripción extintiva de corto tiempo de derechos municipales por servicios de extracción de residuos domiciliarios en contra de la Ilustre Municipalidad de Talcahuano, ya individualizada, y se declare extinguidas las acciones de cobro respecto del inmueble ubicado en Calle Laguna Lo Custodio N°603 del Conjunto habitacional Villa Ensenada Talcahuano; y que abarcan los periodos que van desde 30 de Abril del año 2005 a 30 de Noviembre del año 2019, equivalentes a $1.503.341, con sus respectivos reajustes, multas o intereses, o las que se considere que se encuentren prescritas, con costas. En subsidio, deduce demanda de prescripción extintiva de largo tiempo, solicitando que se declare la prescripción extintiva de largo tiempo de las acciones de cobro por servicios de extracción de residuos domiciliarios, respecto del inmueble del cual es propietario, ubicado en Calle Laguna Lo Custodio N°603 del Conjunto habitacional Villa Ensenada Talcahuano, con sus respectivos reajustes, multas e intereses, que comprenden los periodos que van desde 30 de Abril de 2005 a 30 de Noviembre del año 2009, y que corresponden a la suma de $1.137.848. Dice que estas se hicieron exigibles hace más de cinco años, conforme al artículo 2515 del CC. Termina pidiendo, en atención a lo expuesto y a las normas legales que cita, tener por interpuesta - en subsidio- demanda de declaración de prescripc
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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-569-2023 CARATULADO : OSORIO/MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO Talcahuano, veintiocho de Agosto de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1 compareció VICTOR ANTONIO OSORIO LÓPEZ, Chileno, domiciliado en Grumete Tellez 181, Talcahuano, y demanda en procedimiento ordinario a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO,
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