2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

HERNÁNDEZ/JUMBO SUPERMERCADO ADMINISTRADORA LIMITADA

Rol

T-712-2023

Fecha

8 de enero de 2024

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Costas, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece doña KATHERYN ANGELINA HERNANDEZ VEGA, C.I.:8.908.308-7,empleada, domiciliada en Avda. San Luis 394 casa 123, comuna de Lampa, interpone demanda en procedimiento de tutela en contra de su ex-empleadora JUMBO SUPERMERCADOS ADMINISTRADORA LIMITADA, R.U.T. 96.988.680-4, sociedad del giro de su denominación, representada por Roberto Andrés Donoso Navarro, ambos domiciliados en Avenida Kennedy 9001, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, solicita en definitiva que se declare la lesión a su integridad física y síquica y la honra de esta manera se condene a la empleadora al pago de 6 a 11 remuneraciones, indemnización sustitutiva de falta del aviso previo, años de servicio, recargo legal el recargo del 50% sobre los años de servicios, todo ello con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Funda su demanda en que ingresó a prestar servicios para la demandada el 13 de enero del 2010, desempeñando el cargo de encargada de turno, su remuneración para efectos del art. 172 del código del trabajo fue la suma de $1.108.790.-- Señala que pone término a su relación laboral por la causal de incumplimiento prevista en el artículo 160 N° 1, letra F, del Código del Trabajo, esto es “conductas de acoso laboral”. Estas conductas de acoso laboral se iniciaron en el mes de septiembre del año 2019, en circunstancias, ejercía sus labores, en el local de Jumbo El Llano, específicamente en Rincón Jumbo, el Gerente Roberto Pulmarino, junto con Viviana Figueroa Jefa de Recursos Humanos, y Mariela Silva, Jefa del Rincón, indican que debía hacerse cargo de otras áreas de trabajo fuera del lugar establecido en el contrato de trabajo que es en Rincón Jumbo, sumando platos preparados, pastas y casino, esto sin aumento de remuneraciones, ni pago de alguna bonificación adicional. Ante tal situación, manifestó su oposición, ya que la exigencia de trabajo en Rincón Jumbo era alta, debiendo cumplir con una meta de 100 millones mensuales de venta, lo que implicaba un gran esfuerzo, horas extras de trabajo en reiteradas ocasiones, lo que llevaría a una sobre exigencia de labores, que harían imposible de cumplir con lo adicional. Esta petición fue reiterada en muchas ocasiones, y ante la negativa, el Gerente le solicitó una carta la que entregó el 8 de octubre 2019. Luego de esto las cosas empeoraron, especialmente la jefa Mariela Silva, cambio su trato, con gritos, sobre exigencia de labores, malas palabras, persecución con fotos, hostigamiento diario al no permitir terminar una labor cuando ya solicitaba otra, además de obligarla a tomar otra sección platos preparados. Ante esta situación envío un correo a la jefa indicando que no aceptaría los malos tratos, situación que fue conocida por el Gerente y Recursos Humanos, decidiendo que la jefa Mariela Silva, fuera cambiada a la sección de Frutas y Verduras. En reemplazo de Mariela Silva, trajeron a Claudia Herrera quien no pudo con la carga laboral del Rincón, y luego volvieron a cambiar, asumiendo K

Fallo

se decide mantener el tratamiento y control dentro de unos 3 meses. Impresión Diagnóstica: Basado en la historia clínica y el examen mental, se ha diagnosticado al paciente con un trastorno mixto ansioso-depresivo Plan de Tratamiento: Se recomienda un enfoque de tratamiento integral para el paciente, que incluye terapia cognitivo-conductual para ayudarla a manejar su ansiedad y su estrés emocional, además de mantener el tratamiento con duloxetina 60mg por unos 6-9 meses. Se recomienda una evaluación periódica del nivel de funcionamiento global para monitorizar la evolución del paciente. Se realiza 12)Boleta de honorarios N°48, de atenciones psicológica, emitidas en favor de la actora con fecha 16 y 27 de agosto 2022 y 8 de septiembre del mismo año, por la psicóloga Nicole Stefania Rojas Morales y un Certificado de atención emitido por la misma profesional de fecha 08-05-2023 A través del presente certificado, doy cuenta que Doña KATHERYN ANGELINA HERNANDEZ VEGA, R.U.N 8.908.308-7 se encuentra en proceso psicoterapéutico, ingresando efectivamente al tratamiento psicológico el 16 de agosto de 2022, siendo el motivo de consulta principal, conflictos laborales, que la afectaron negativamente, a nivel individual, familiar, social y laboral, desarrollando sintomatología física y psicológica, con un diagnóstico: Trastorno Ansioso Depresivo. De la misma forma, se indica que profesional que suscribe el documento, corresponde a quien también se responsabiliza del proceso de intervenció

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Santiago, ocho de enero de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece doña KATHERYN ANGELINA HERNANDEZ VEGA, C.I.:8.908.308-7,empleada, domiciliada en Avda. San Luis 394 casa 123, comuna de Lampa, interpone demanda en procedimiento de tutela en contra de su ex-empleadora JUMBO SUPERMERCADOS ADMINISTRADORA LIMITADA, R.U.T. 96.988.680-4, sociedad del giro de su denominación,

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