CABRERA/SECURITY 24 LTDA.
Rol
O-5537-2022
Fecha
5 de enero de 2024
Materia
Bonos, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y derecho que expone: RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS Inicio de relación laboral y cargo a desempeñar. Doña Yuset Cabrera Duarte inició relación laboral con la demandada SECURITY 24 LIMITADA bajo vínculo de subordinación y dependencia con fecha 2 de julio del año 2021. El cargo para el cual se contrató a la actora fue de “Administradora de contratos”, ubicado en Calle Lo Beltrán 2450. Jornada de trabajo. Como refiere el contrato, su jornada de trabajo era de 45 horas semanales. Remuneración. El contrato de trabajo señala lo siguiente: • Sueldo base: $337.000 Trescientos treinta y siete mil • Colación: $131.500 Ciento treinta y un mil quinientos • Movilización: $131.500 Ciento treinta y un mil quinientos • Gratificación: Art. 47. Sin embargo, los pagos mensuales percibidos fueron los siguientes: Período Remuneración Líquida jul-21 $236.146 ago-21 $600.000 sept-21 $580.000 oct-21 $698.000 nov-21 $700.000 dic-21 $688.333 ene-22 $616.667 feb-22 $880.000 mar-22 $1.000.000 abr-22 $1.000.000 may-22 $804.648 jun-22 $580.980 Entonces de acuerdo al promedio de los 3 últimos meses trabajados la remuneración asciende a $934.882.- Término de relación laboral. El trabajador con fecha 19 de julio del año 2022 decide poner término a la relación laboral que mantenía con SECURITY 24 LIMITADA mediante la figura legal del artículo 171 del Código del Trabajo, esto es despido indirecto, por haber incurrido su empleador en la causal del artículo 160 Nº7 del Código del Trabajo “Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato”, cumpliendo las formalidades legales para proceder. Los hechos fundantes del despido indirecto y consignados en la respectiva carta de despido indirecto fueron los siguientes: Santiago, 19 de julio del 2022 Señores: SECURITY 24 LIMITADA RUT: 76.157.048-K REP. LEGAL: Se ignora. DOMICILIO: Av. Charles Hamilton Nº 55, comuna de Las Condes. Remitente : YUSET MAGDALENA CABRERA DUARTE Cédula de Identidad : 23.011.994-5
Fundamentos
considerando y teniendo presente: PRIMERO: Demanda. Que, ha comparecido don Gabriel Lara Gómez, abogado, en representación de doña YUSET MAGDALENA CABRERA DUARTE, chilena, cesante, ambos domiciliados en Av. Providencia 1208 oficina 1607, Comuna de Providencia, quien deduce demanda en procedimiento aplicación general, por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales en contra de SECURITY 24 LIMITADA representada por don Carlos Ignacio Koch Schulz, se ignora profesión u oficio, o por quien la represente en conformidad al artículo 4 del Código del trabajo todos domiciliados en Av. Charles Hamilton Nº 55, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, todo conforme a los antecedentes de hecho y derecho que expone: RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS Inicio de relación laboral y cargo a desempeñar. Doña Yuset Cabrera Duarte inició relación laboral con la demandada SECURITY 24 LIMITADA bajo vínculo de subordinación y dependencia con fecha 2 de julio del año 2021. El cargo para el cual se contrató a la actora fue de “Administradora de contratos”, ubicado en Calle Lo Beltrán 2450. Jornada de trabajo. Como refiere el contrato, su jornada de trabajo era de 45 horas semanales. Remuneración. El contrato de trabajo señala lo siguiente: • Sueldo base: $337.000 Trescientos treinta y siete mil • Colación: $131.500 Ciento treinta y un mil quinientos • Movilización: $131.500 Ciento treinta y un mil quinientos • Gratificación: Art. 47. Sin embargo, los pagos mensuales percibidos fueron los siguientes: Período Remuneración Líquida jul-21 $236.146 ago-21 $600.000 sept-21 $580.000 oct-21 $698.000 nov-21 $700.000 dic-21 $688.333 ene-22 $616.667 feb-22 $880.000 mar-22 $1.000.000 abr-22 $1.000.000 may-22 $804.648 jun-22 $580.980 Entonces de acuerdo al promedio de los 3 últimos meses trabajados la remuneración asciende a $934.882.- Término de relación laboral. El trabajador con fecha 19 de julio del año 2022 decide poner término a la relación laboral que mantenía con SECURITY 24 LIMITADA mediante la figura legal del artículo 171 del Código del Trabajo, esto es despido indirecto, por haber incurrido su empleador en la causal del artículo 160 Nº7 del Código del Trabajo “Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato”, cumpliendo las formalidades legales para proceder. Los hechos fundantes del despido indirecto y consignados en la respectiva carta de despido indirecto fueron los siguientes: Santiago, 19 de julio del 2022 Señores: SECURITY 24 LIMITADA RUT: 76.157.048-K REP. LEGAL: Se ignora. DOMICILIO: Av. Charles Hamilton Nº 55, comuna de Las Condes. Remitente : YUSET MAGDALENA CABRERA DUARTE Cédula de Identidad : 23.011.994-5 REF. TÉRMINO DE RELACIÓN LABORAL POR DESPIDO INDIRECTO. Por medio de la presente y en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo, vengo en comunicar el despido indirecto hacia Sociedad SECURITY 24 LIMITADA RUT: 76.157.048-K, por incumplimiento grave de las obliga
Fallo
Por tanto, respecto a las cotizaciones tanto de AFP MODELO, FONASA y AFC adeudadas de todos los meses desde JULIO del 2021, debemos tener presente que existe por parte de la empresa “Apropiación indebida” por cada suma de dinero de cotizaciones no pagada a mi persona, puesto que debiéndoseme pagar, no fueron ingresadas en las instituciones respectivas en forma integra y oportuna. Atendidas las conductas descritas que significan un incumplimiento grave de sus obligaciones labrales he decidido poner término a mí contrato de trabajo. Mi despido indirecto se hace efectivo a partir de hoy, 19 de julio de 2022. Sin otro particular se despide atentamente. YUSET MAGDALENA CABRERA DUARTE Cédula de Identidad: 23.011.994-5” Respecto de la nulidad del despido. Al respecto cabe precisar que la demandada no ha dado cumplimiento con la obligación de enterar las imposiciones previsionales, de salud del actor, toda vez, que revisadas las cartolas de cotizaciones del actor, por el periodo trabajado, con fecha inicio relación laboral 02 de julio del año 2021, figuran impagas las cotizaciones de: • AÑO 2021: octubre y noviembre • AÑO 2022: febrero, marzo, abril, y mayo OCTUBRE DEL 2021 En dicho mes recibe un total de ingreso de $698.000.-, pero se le impone por la suma $350.000, y descontando las sumas no imponibles existe una diferencia no cotizada por la suma de $105.125.- En AFP no se entera la suma de $11.322. En FONASA no se entera la suma de $ 7.359.- En la AFC no se entera la suma de
Texto Completo (Preview)
SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO SANTIAGO PROCEDIMIENTO: Ordinario MATERIA: Despido Indirecto, Nulidad del despido y cobro de prestaciones. DEMANDANTE: YISET MAGDALENA CABRERA DUARTE DEMANDADO: SECURITY 24 LTDA. RIT: O – 5537 - 2022 RUC: 22 – 4 – 0426039 - 5 Santiago, cinco de enero de dos mil veinticuatro. Vistos, considerando y teniendo presente: PRIMERO: Demanda. Que, ha comparecido don
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica