BANCO ESTADO DE CHILE/MORENO
Rol
C-12861-2017
Fecha
25 de agosto de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A folio 1 y 6 comparece Paulina Fern ndez Pav zá é , abogado, domiciliada en calle San Diego N 81, Piso 3, Santiago, mandatario judicial, del Banco delº Estado de Chile, empresa aut noma de cr ditos del Estado que act aó é ú representada de conformidad a la ley por su Gerente General do a J ssica L pezñ é ó Saffie, ingeniero comercial, ambos domiciliados en Alameda Libertador Bernardo O'Higgins N 1111, comuna de Santiago, quien interpone demanda ejecutiva enº contra de don Guillermo Enrique Moreno Campos, ignora profesi n, conó domicilio en Pasaje Milagros N 1714, Comuna de El Bosque, y/o Pasaje Los° Nogales Cuarenta y Dos N 0912, Comuna de El Bosque. ° Funda la demanda en que su representado es due o de un pagar , suscrito el 11 de julio de 2016, por elñ é cual la persona demandada se oblig a pagar a su parte la suma de ó $2.116.426, con m s un inter s del á é 1,7700% mensual, mediante 24 cuotas mensuales iguales y sucesivas, equivalentes en pesos, de $ 110.930.- cada una, salvo la ltima queú ser a de í $110.933.- y venciendo la primera de ellas el d a í 5 de Septiembre de 2016. En el mismo documento, adem s, se estableci que para el caso de no pagoá ó oportuno de la obligaci n, la parte deudora pagar a intereses del m ximoó í á convencional a la fecha de suscripci n, y que el banco podr a hacer exigible laó í totalidad de la deuda como si fuera de plazo vencido, mediante su cobro judicial. Asimismo, tambi n se se al el car cter de indivisible de la obligaci n,é ñ ó á ó liberando al tenedor de la obligaci n de protesto.ó Es del caso que la parte deudora no pag la cuota de su obligaci n conó ó vencimiento al mes de Junio de 2017, ni ninguna posterior, por lo que adeuda a su representada la suma de $1.322.766.-, por saldo de capital m s los interesesá pactados. Habi ndose autorizado la firma del suscriptor ante Notario, el documentoé Código: MXMEXHXXMNH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-
Fundamentos
Considerando: Primero: Que a folio 1 y 6 comparece Paulina Fern ndez Pav z, ená é representaci n judicial del Banco del Estado de Chile, todos ya individualizados,ó quien interpone demanda ejecutiva en contra de Guillermo Enrique Moreno Campos, tambi n ya individualizado, requiriendo el pago de un pagar suscritoé é por el deudor, el que se oblig a pagar a su parte la suma de $2.116.426-, conó m s un inter s del 1,7700% mensual, mediante 24 cuotas mensuales iguales yá é sucesivas, equivalentes en pesos, de $110.930.- cada una, salvo la ltima que ser aú í de $110.933.- y venciendo la primera de ellas el d a 5 de Septiembre de 2016,í cuotas que solucion hasta mayo de 2017, adeudando a contar de la cuota deó junio de 2017, seg n ya se expuso latamente en el exordio.ú Segundo: Que el ejecutado se aperson en autos el 31 de mayo de 2021,ó notific ndose de la demanda y pidiendo ser requerido de pago, y opuso laá excepci n del art culo 464 N 17 del C digo de Procedimiento Civil, es decir laó í ° ó prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva, conforme los argumentosó ó ó ya reproducidos en lo expositivo. Tercero: Que no se encuentra discutido que el ejecutado suscribi el pagaró é por la suma indicada en la demanda como tampoco se ha controvertido que adeude la suma demandada, como tampoco que haya transcurrido el plazo para ejercer la acci n ejecutiva, atento el allanamiento de la demandante acerca deó este punto. Sin embargo, al tratarse de un punto de Derecho es al tribunal al que le corresponde determinar si ello ha acaecido o no. Cuarto: Que en cuanto a la excepci n de prescripci n de la acci nó ó ó Código: MXMEXHXXMNH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12861-2017 Foja: 1 cambiaria del pagar , fundada en el art culo 464 N 17 del C digo deé í ° ó Procedimiento Civil, cabe referir que la Ley 18.092 que regula la materia, en su art culo 98 dispone que El plazo de prescripci n de las acciones cambiarias delí “ ó portador contra los obligados al pago es de un a o, contado desde el d a delñ í vencimiento del documento .” Quinto: Que conforme al m rito del t tulo presentado a cobro por la parteé í demandante, el demandado suscribi el pagar el 11 de julio de 2016, conó é vencimientos mensuales, parciales y sucesivos para su pago (24 cuotas) los d as 5í de cada mes, que el deudor dej de pagar a contar de julio de 2017. En el citadoó documento se estableci que el Banco podr hacer exigible la totalidad de laó á deuda como si fuere de plazo vencido, mediante su cobranza judicial, esto es, una cl usula que no produce la caducidad inmediata del plazo de las cuotas futuras aá la fecha de la mora del deudor, sino que requiere, a fin de operar, que el ejecutante realice actuaciones ulteriores al incumplimiento antes referido, para hacer valer su facultad o derecho y, con ello, hacer exigible la deuda frente a la mora o simple retardo en el pago de la deuda, acci n que el ejecutante ejerc
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, adem s, lo previsto en los art culos 144,á í 160, 170, 342 y 464 del C digo de Procedimiento Civil, 1437 y 1698 del C digoó ó Civil y 98, 100 y 107 de la ley 18.092, se declara: Código: MXMEXHXXMNH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12861-2017 Foja: 1 I.- Se acoge, la excepci n del numeral 17 del art culo 464 del C digo deó í ó Procedimiento Civil opuesta por Guillermo Enrique Moreno Campos, debiendo alzarse a su respecto la ejecuci n y, en consecuencia, se rechaza la demandaó ejecutiva dirigida por Banco del Estado de Chile contra el demandado, en todas sus partes. II.- Se condena en costas al ejecutante. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í C 12861-2017 Dictada por Carmen Gloria Escanilla P rez, Juez titular.é Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, veinticinco de Agosto de dos mil veintitr sé Código: MXMEXHXXMNH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-25T18:51:52-0400
Texto Completo (Preview)
C-12861-2017 Foja: 1 FOJA: 56 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-12861-2017 CARATULADO : BANCO ESTADO DE CHILE/MORENO San Miguel, veinticinco de agosto de dos mil veintitr s.é Vistos: A folio 1 y 6 comparece Paulina Fern ndez Pav zá é , abogado, domiciliada en calle San Diego N 81, Piso 3, Santiago, mandatario judicial, del Banco delº Estad
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