VERDUGO CON FISCO DE CHILE
Rol
T-569-2022
Fecha
5 de enero de 2024
Materia
Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Costas, Daño moral
Resultado
No especificado
Hechos
visto expuesto por el actuar discriminatorio de la Armada de Chile, daño que se valoriza en la suma de $20.000.000.- 3. Se instruya a los funcionarios de la Dirección General del Personal de la Armada de Chile respecto a la tutela de derechos fundamentales y la garantía de no discriminación por enfermedad y discapacidad, en especial a los médicos integrantes de la Comisión de Sanidad de la Armada de Chile que declararon con salud irrecuperable al actor, especialmente a su director Contraalmirante don Ramiro Navaja Santini, capacitación a cargo de un profesor de Derecho del Trabajo con grado de doctor o magister que pertenezca a alguna Universidad de la Región, en base a un programa completo cobre Tutela de Derechos Fundamentales, curso a costa de la Armada. 4. Que la sentencia condenatoria sea publicada por un plazo no menor a un año en forma destacada en la página web de la Armada de Chile, con un fin ejemplarizador y preventivo. TERCERO: Comparece don MICHAEL WILKENDORF SIMPFENDORFER, Abogado Procurador Fiscal de Valparaíso, por el FISCO DE CHILE, quien viene en contestar la demanda de tutela laboral deducida, solicitando el total rechazo por los
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparecen don CLAUDIO JOEL OLAVARRIA AGUIRRE y don ISAAC FRANCISCO FOO DIAZ, ambos abogados, en representación convencional de don RUBEN ALEXIS VERDUGO ALVAREZ (hasta el año 2021 llamado Rubén Alexis Jeria Alvarez), Sargento Primero de la Armada de Chile, todos domiciliados en Villanelo 180, Oficina 702, Viña del Mar, quienes vienen en interponer denuncia por tutela de derechos fundamentales en contra del FISCO DE CHILE, representado por don MICHAEL WILKENDORF SIMPFENDORFER, abogado procurador fiscal de la Región de Valparaíso, en representación de la ARMADA DE CHILE, por los fundamentos de hecho y de derecho que pasa a exponer. SEGUNDO: Señala que inició su relación funcionaria con la Armada de Chile el año 1997, siendo notificado del término absoluto de la misma el 17 de agosto de 2022 en el domicilio particular de su mandante ubicado en la comuna de Quilpué. Indican que, durante su carrera, su representado mantuvo unas muy buenas calificaciones. Agregan que recién el año 2019, mientras se desempeñaba en la Dirección general del Territorio marítimo y marina mercante, sufrió de fuertes dolores en la zona de la espalda alta y cuello, con disminución del rango de movimiento, pérdida de postura y pérdida de sensibilidad en tres dedos de su mano izquierda, por lo que fue internado en el Hospital Naval Almirante Nef, donde el especialista en columna del establecimiento, Dr. Cristóbal Piza Leria, le indicó que padecía un cuadro por cérvico braquiaglia por HNP C5-C6, patología que tenía una resolución quirúrgica. Por el riesgo que dicha intervención conlleva, el actor optó por un procedimiento conservador y, una vez finalizado el tratamiento farmacológico del Dr. Piza, pudo volver a sus funciones con normalidad. En el año 2021 la Comisión de Sanidad de la Armada dispuso la evaluación médica del actor, siendo evaluado por el servicio de neurocirugía del Hospital Naval en junio de dicho año, informando que el paciente refiere dolor cervical leve en relación con carga axial sin radiculopatía, encontrándose clínicamente apto para el servicio en categoría uno del reglamento 7-34/10, sin restricciones. Ante esto, la Comisión de Sanidad lo declaró definitivamente apto para el servicio, siendo dado de alta de dicha comisión. No obstante, en el mes de agosto el actor comenzó a experimentar nuevamente fuertes dolores en la zona lumbar, síntomas que se fueron acrecentando, hasta que el 13 de octubre de 2021 concurrió al Centro de Atención Primaria de Salud Naval. Luego, atendido que el dolor lumbar se ramificó hacia el glúteo y rodilla de la pierna derecho, concurrió al Servicio de Urgencia del Hospital Naval el día 18 del mismo mes y año, donde se le diagnosticó lumbago con ciática, otorgándosele licencia médica hasta que fue atendido por el Dr. Piza, quien le indicó sesiones de kinesiología. Atendido que dicho tratamiento se encontraba agendado para el 26 de enero de 2022, señalan que el actor decidió tomar una atención médica particu
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 446 y siguientes, 485 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que se rechaza en todas sus partes la denuncia por tutela de derechos fundamentales interpuesta por don CLAUDIO JOEL OLAVARRIA AGUIRRE y don ISAAC FRANCISCO FOO DIAZ, en representación convencional de don RUBEN ALEXIS VERDUGO ALVAREZ, en contra del FISCO DE CHILE, representado por don MICHAEL WILKENDORF SIMPFENDORFER, en representación de la ARMADA DE CHILE, todos ya individualizados en autos. II. Que por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar, no se condena en costas al denunciante. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: T-569-2022 RUC: 22-4-0437109-K Dictada por don Julio Andrés Fuentes Calderón, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso.
Texto Completo (Preview)
Valparaíso, cinco de enero de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparecen don CLAUDIO JOEL OLAVARRIA AGUIRRE y don ISAAC FRANCISCO FOO DIAZ, ambos abogados, en representación convencional de don RUBEN ALEXIS VERDUGO ALVAREZ (hasta el año 2021 llamado Rubén Alexis Jeria Alvarez), Sargento Primero de la Armada de Chile, todos domiciliados en Villanelo 180, Oficina 702, Viñ
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