BUSTAMANTE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES
Rol
C-1411-2023
Fecha
24 de agosto de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1.- A folio 1, comparece do añ CLAUDIA PAMELA BUSTAMANTE CIFUENTES, due a de casa, domiciliada enñ Villa Nemecio Ant nez, pasajeú Cordillera, N 0368 ° comuna de Linares, quien interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n de las acciones y derechos municipales por derechos deó aseo domiciliario, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, representada legalmente por su alcalde don MARIO MEZA VASQUEZ, ambos domiciliados en Kurt Moller N 391 de Linares.° Refiere que seg n consta en certificado de estado de deuda que adjunta, elú inmueble ubicado en Villa Nemecio Ant nez, pasaje Cordillera, N 0368, Rol deú ° Aval o N 1127-14ú ° , de la comuna de Linares, tiene una deuda por concepto de aseo domiciliario desde el mes de abril de 2018 hasta el mes de noviembre de 2023, ambos inclusive, por un valor total de $ 401.046.- Refiere que se adeudan estos pagos hace varios a os y en consecuencia lañ tesorer a municipal estima que deben pagarse todos estos derechos, pero que en suí actual condici n, le resulta imposible de realizar, ya que no cuenta con una situaci nó ó Código: SNXHXHKDHQG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1411-2023 Foja: 1 econ mica adecuada que le permita destinar tan alta suma de dinero al pago de estosó servicios. Agrega en cuanto a derecho, el Decreto Ley 3063 sobre Rentas Municipales atingente sobre la materia se ala en su art culo 7 lo siguiente: Las municipalidadesñ í º “ cobrar n una tarifa anual por el servicio de aseo. Dicha tarifa, que podr será á diferenciada seg n los criterios se alados en el art culo anterior, se cobrar por cadaú ñ í á vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosco o sitio eriazo. Cada municipalidad fijar la tarifa del servicio se alado sobre la base de un c lculo queá ñ á considere exclusivamente tanto los costos fijos como los costos variables de aqu l .é ” Por su parte que el art culo 2521 del C digo Civil, indica que aquellasí ó a
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, comparece do a Claudia Pamela Bustamanteñ Cifuentes, presentando demanda de prescripci n de derechos de aseo domiciliario enó Código: SNXHXHKDHQG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1411-2023 Foja: 1 contra de la Ilustre Municipalidad de Linares, representada por su alcalde, don Mario Meza V squez, en virtud de las razones de hecho y de derecho que seá consignaron en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO : A folio 6, la parte demandada expone que los hechos expuestos en la demanda son efectivos y se allana a la solicitud de la demandante. TERCERO: Que la parte demandante acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Registro de Deuda emitido por la I. Municipalidad de Linares respecto del inmueble rol 1127-14 de Linares. 2.- Certificado de Aval o del inmueble ubicado de la comuna de Linares, rolú de aval o N 1127-14 comuna de Linares.ú ° 3.- Copia de inscripci n de dominio del inmueble rol de aval o 1127-14 deó ú Linares. CUARTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil, en los art culosá ó í 2492 y siguientes. QUINTO: Que la prescripci n liberatoria es una instituci n que tiene comoó ó principal objeto el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan aí los sujetos de derecho, instando en definitiva a que los part cipes de dichas relacionesí no se hallen vinculadas en forma indefinida, provocando de aquella manera incertidumbre y falta de consolidaci n en sus situaciones jur dicas. ó í De esta manera, la prescripci n extintiva, se constituye en un castigo para eló actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. SEXTO: Que, ante la no controversia de los hechos por parte de la demandada, lo expuesto por la actora en el libelo de demanda y el certificado de deuda antes descrito, es posible colegir que la demandante presenta una deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario del inmueble aludido, correspondiente a los periodos desde mes de abril de 2018 al mes de junio de 2023, ambos inclusive. SEPTIMO: Que asentado lo anterior, ha de se alarse que cada una de lasñ parcialidades de la obligaci n que invoca la demandante respecto de los derechos deó aseo domiciliario, se han hecho exigibles en sus respectivas fechas de vencimiento (meses de abril, junio, septiembre y noviembre de cada a o), inici ndose desde esañ á poca, y para cada una de ellas, el lapso de inactividad del acreedor necesario paraé la declaraci n de prescripci n alegada.ó ó Que en este contexto, y atendido a la fecha de la notificaci n de la presenteó demanda, es dable establecer que ha transcurrido ntegramente el plazo deí prescripci n que establece el art culo 2521
Fallo
Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 02 de agosto de 2023 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Bustamante con I. Municipalidad de Linares“ ” Procedimiento Juicio Ordinario Demandante Claudia Pamela Bustamante Cifuentes C.I. 12.373.804-7 Abogado Paulina del Campo Almuna C.I. 12.791.363-3 Demandado Ilustre Municipalidad de Linares Rut 69.130.300-4 Abogado Carolina Y ez G lvez áñ á C.I. 14.288.739-8 Juez Paula Luengo Montecino Cit. O r Sentenciaí 24 de agosto de 2023. Linares, veinticuatro de agosto de dos mil veintitr s.é VISTOS: 1.- A folio 1, comparece do añ CLAUDIA PAMELA BUSTAMANTE CIFUENTES, due a de casa, domiciliada enñ Villa Nemecio Ant nez, pasajeú Cordillera, N 0368 ° comuna de Linares, quien interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n de las acciones y derechos municipales por derechos deó aseo domiciliario, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES, representada legalmente por su alcalde don MARIO MEZA VASQUEZ, ambos domiciliados en Kurt Moller N 391 de Linares.° Refiere que seg n consta en certificado de estado de deuda que adjunta, elú inmueble ubicado en Villa Nemecio Ant nez, pasaje Cordillera, N 0368, Rol deú ° Aval o N 1127-14ú ° , de la comuna de Linares, tiene una deuda por concepto de aseo domiciliario desde el mes de abril de 2018 hasta el mes de noviembre de 2023, ambos inclusive, por un valor total de $ 401.046.- Refiere que se adeudan estos pagos hace varios a os y en consecuencia lañ tesorer a municipal estima que deben paga
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C-1411-2023 Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-1411-2023 CARATULADO : BUSTAMANTE/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LINARES Causa C-1411-2023 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva Fecha de Ingreso 02 de agosto de 2023 Materia Prescripci n Extintivaó Caratulado Bustamante con I. Municipalidad de Linares“ ” Procedimiento Juicio Ordinario
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