1º Juzgado Civil de Santiago

INMOBILIARIA PARQUE LA FLORIDA SPA/IBARRA

Rol

C-6396-2021

Fecha

14 de agosto de 2023

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1, con fecha 29 de julio de 2021, comparece DAPHNE BASILIU CÁCERES, abogada, en representación convencional de INMOBILIARIA PARQUE LA FLORIDA SpA, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por Carlos Rodolfo Vargas Paysen, ingeniero comercial, domiciliados en calle Estado N°360, piso 2, comuna de Santiago, quien viene en interponer demanda de resolución de contrato e indemnización de perjuicios en juicio ordinario de menor cuantía en contra de BORIS ANDRES IBARRA VIELMAN, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Alberto Ried N°1043, comuna de Lo Prado, a fin de que en definitiva: 1.- Se declare la resolución del contrato de promesa de compraventa por incumplimiento de las obligaciones del demandado. 2.- Se condene al demandado a indemnizar los perjuicios ocasionados, los cuales han sido Código: VBLRXHRDXKB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 avaluados convencionalmente por las partes, esto es, el equivalente a todas las sumas que el demandado ha pagado a cualquier título, por concepto del contrato de promesa, o por concepto de otros servicios indicados por el Reglamento Interno y Arancel del Cementerio, esto es, la cantidad de $ 1.743.265.-, más intereses moratorios, de acuerdo a la tasa de interés máximo convencional para operaciones reajustables, conforme lo dispone la cláusula séptima de las estipulaciones generales del contrato. 3.- Se ordene cancelar la inscripción de dominio de la sepultura a nombre del demandado en el registro de propiedad que lleva el propio cementerio. 4.- Se declare que su representada puede tomar posesión de la sepultura, y exhumar los restos que se encuentran ahí sepultados, procediendo a reducirlos y trasladarlos a otro sector del Cementerio Parque, esto es, a fosa común. 5.- Se condene al demandado a las costas de la causa. Funda su demanda en que con fecha 08 de noviembre de 2016, su representada celebro con

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 con fecha 29 de julio de 2021, DAPHNE BASILIU CÁCERES, abogada, en representación convencional de INMOBILIARIA PARQUE LA FLORIDA SpA, quien viene en interponer demanda de resolución de contrato e indemnización de perjuicios en juicio ordinario de menor cuantía en contra de BORIS ANDRES IBARRA VIELMAN, todos ya individualizados, formulando las peticiones fundadas en los en los argumentos ya explicitados en la expositiva, que por economía procesal, se tienen por reproducidos para todo efecto legal. SEGUNDO: Que, notificada la demandada, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía del demandado, hecho que constituye aquello que la doctrina denomina “contestación ficta”, esto es, que el silencio procesal de la demandada, debe Código: VBLRXHRDXKB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 interpretarse como una negación de todos y cada uno de los hechos en los cuales la actora ha fundado su pretensión, de modo que corresponderá tenerlos por controvertidos. TERCERO: Que con el objeto de justificar sus dichos la demandante rindió la siguiente prueba instrumental: A folio 1: 1.- Copia de escritura pública, repertorio 20.078-2018 de Acta Junta Extraordinaria de Accionistas “Inmobiliaria Parque La Florida S.A.”, de fecha 16 de octubre de 2018, suscrita ante el Notario Público de Santiago don Eduardo Diez Morello. 2.- Contrato de promesa de compraventa N°231031 celebrado entre Inmobiliaria Parque La Florida S.A. y Boris Adres Ibarra Vielman, de fecha 08 de noviembre de 2016. 3.- Cuenta Corriente Promesa de Boris Adres Ibarra Vielman, de fecha 27 de mayo de 2021. 4.- Copia de la carta certificada enviada a Boris Andres Ibarra Vielman con fecha 18 de marzo de 2021. A folio 32: Código: VBLRXHRDXKB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 5.- Copia de documento información de fallecimiento de Cementerio Parque El Manantial, respecto al fallecido José Luis Ibarra Vielman de fecha 25 de noviembre de 2012. 6.- Copia de ficha de sepultación folio 7199, de Cementerio Parque El Manantial, respecto al fallecido José Luis Ibarra Vielman, inhumado en la sepultura N°18009 de dicho cementerio con fecha 29 de noviembre de 2012. 7.- Copia de Autorización de Sepultación, de fecha 29 de noviembre de 2012 de la oficina del Registro Civil e Identificación de Independencia, Inscripción N°3612 del año 2012, del fallecido José Luis Ibarra Vielman. 8.- Copia de carta autorización de sepultación folio 6005, de fecha 29 de noviembre de 2012, suscrita por Boris Andrés Ibarra Vielman y autoriza la sepultación de José Luis Ibarra Vielman. 9.- Copia de solicitud de grabación de lapida, folio 6096, de fecha 29 de noviembre de 2012, a nombre José Luis Ibarra Vielman. 10.- Copia de ficha ingreso sepultación y marcado del fallecido José Luis Ibarra Vielman, sepultado en la sepultura N°18009, c

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, lo dispuesto en los arts. 1437, 1438, 1444, 1445 y ss., 1489, 1494, 1545, 1546, 1551, 1553, 1559, 1560 y 1698 del Código Civil; arts. 144, 160, 170, 341 y ss., y 346 N° 3 todos del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se acoge la demanda intentada en autos, y en consecuencia se declara resuelto el contrato suscrito con fecha 08 de noviembre de 2016, por Inmobiliaria Parque La Florida SpA, como promitente vendedora, y Boris Andrés Ibarra Vielman como promitente comprador. II.- Que, se condena, al demandado al pago de la multa establecida en la cláusula quinta letra c) del contrato, de la pretensión deducida a título de clausula penal, correspondiente a la suma de Código: VBLRXHRDXKB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 1.743.265.-, más los intereses moratorios, hasta su pago efectivo, en los términos transcritos en el considerando noveno de esta sentencia. III.- Que, se declara que la demandante podrá tomar posesión de la sepultura individualizada y exhumar los restos que se encuentren ahí sepultados, procediendo a reducirlos y trasladarlos a otro sector del Cementerio Parque El Manantial cumpliendo cabalmente las normas impartidas por la autoridad sanitaria y dejando expreso registro de ello; IV.- Que, se condena en costas a la parte demandada. Rol Nº 6396-2021.- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE PRONUNCIADA POR WILSON RODRIGUEZ RODRIGUEZ, JU

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6396-2021 CARATULADO : INMOBILIARIA PARQUE LA FLORIDA SPA/IBARRA Santiago, catorce de Agosto de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1, con fecha 29 de julio de 2021, comparece DAPHNE BASILIU CÁCERES, abogada, en representación convencional de INMOBILIARIA PARQUE LA FLORIDA SpA, socieda

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica