JUANTOCK/FISCO DE CHILE/
Rol
C-10673-2022
Fecha
10 de agosto de 2023
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 23 de septiembre de 2022, folio 1, comparece don Adil Brkovic Almonte, abogado, mandatario judicial de do a ñ Estela Derling Juantock Guzman, comerciante, domiciliada en Avenida El Palomar N 1733, comuna de Copiap , de° ó do a ñ Derla Mayling Juantock Guzm ná , due a de casa, domiciliada en Avenida Lasñ Parcelas N 980, casa uno, comuna de La Serena, y de do a ° ñ Jileng Mar aí Antonieta Juantock Guzm ná , due a de casa, domiciliada en Avenida Las Parcelasñ N 980, casa uno, comuna de La Serena, quien viene en deducir demanda de° indemnizaci n de perjuicios, en contra del ó Fisco de Chile, representado por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado, don Juan Antonio Peribonio Poduje, abogado, ambos domiciliados en calle Agustinas N 1225, piso 4, comuna de° Santiago, Regi n Metropolitana, por las razones de hecho y
Fundamentos
fundamentos de derechoó que exponen. Con fecha 26 de octubre de 2022, folio 7, se notific la demanda y suó prove do conforme al art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil a la demandadaí í ó de autos, mediante su representante legal. Con fecha 18 de noviembre de 2022, folio 8, la demandada contest laó demanda deducida en su contra. Con fecha 29 de noviembre de 2022, folio 11, la demandante evacu eló tr mite de la r plica.á é Con fecha 15 de diciembre de 2022, folio 13, la demandada evacu el tr miteó á de la d plica.ú Con fecha 19 de diciembre de 2022, folio 14, se recibi la causa a prueba,ó fij ndose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los all se alados,á í ñ notific ndose a la parte demandada y demandante con fecha 24 de marzo de 2023, aá folios 20 y 21, respectivamente. Con fecha 06 de abril de 2023, folio 32, se acogi la reposici n del auto deó ó prueba y se incorpor el punto de prueba que all indica. ó í Con fecha 25 de julio de 2023, folio 49, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 23 de septiembre de 2022, folio 1, comparece don Adil Brkovic Almonte, mandatario judicial de do a Estela Derling Juantockñ Guzm n, de do a Derla Mayling Juantock Guzm n, y de do a Jileng Mar aá ñ á ñ í Código: XSZDXGLWKSZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10673-2022 Foja: 1 Antonieta Juantock Guzm n, quien viene en deducir demanda de indemnizaci n deá ó perjuicios, en contra del Fisco de Chile, representado por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado, don Juan Antonio Peribonio Poduje, todos ya individualizados, por las razones de hecho y fundamentos de derecho que exponen. Se ala que las demandantes son hermanas de don Yactong Orlando Juantockñ Guzm n, egresado de arquitectura de la Universidad de Chile, dirigente estudiantil,á militante del MIR, quien fue detenido a sus 26 a os de edad por personal de lañ Marina, el d a 12 de septiembre de 2973, a las 11.00 horas, en el Cerro La Cruz deí Valpara so. Junto a l se detuvo a dos personas m s, una de ellas, do a Marcelaí é á ñ L pez Uribe, con quien fue trasladado a la Escuela Fiscal Barros Lucos.ó Posteriormente, Yactong Juantock fue trasladado al vapor Maipo, perteneciente a la armada, donde fue visto hasta el 14 de septiembre, cuando fue sacado con rumbo desconocido por 3 efectivos de la marina cuyo rostro estaba pintado con negro, desconoci ndose su paradero hasta el d a de hoy.é í Relatan que la familia Juantock Guzm n estaba conformada por Mar a Estelaá í Guzm n, Tomas Juantock Koo, y sus cuatro hijos, siendo su padre un inmigrante deá origen chino, quien lleg a sus 17 a os y se radic en la zona norte de Chile, en unó ñ ó pueblo llamado Inca de Oro, estableciendo una pulper a que abastec a a todos losí í pirquineros y trabajadores del sector. Se alan que todos tuvieron una infancia muy feliz y tranquila, hasta que porñ una mala fortuna perdieron s
Fallo
Por tanto, solicita al Tribunal tener por contestada la demanda de autos, y con su m rito, conforme a las excepciones, defensas y alegaciones opuestas, rechazar laé acci n en todas sus partes o, en subsidio, fijar el monto de la o las indemnizacionesó que pudieren corresponder, teniendo presente todo lo expuesto y los beneficios patrimoniales y extrapatrimoniales ya percibidos a trav s de leyes de reparaci n; é ó TERCERO: Que, con fecha 29 de noviembre de 2022, la parte demandante evacu el tr mite de la r plica. ó á é En primer lugar, indica que la demandada ha controvertido la condici n deó v ctima de las demandantes, por lo que aclara que la v ctima de graves violaciones esí í el hermano de las demandantes, siendo stas tambi n victimas por el crimené é cometido, no existiendo dudas de acuerdo a las fuentes del derecho internacional, lo que las habilita para actuar tanto en el mbito penal y con mayor raz n en el mbitoá ó á de la responsabilidad civil extracontractual para obtener una reparaci n. ó Respecto a la preterici n legal de los demandantes en calidad de hermanas deó la v ctima, expone que por da o extrapatrimonial no hay l mites ni orden deí ñ í prelaci n para que v ctimas por repercusi n o por rebote puedan demandar en sedeó í ó civil. As las cosas, la jurisprudencia ha reconocido acci n indemnizatoria por da osí ó ñ Código: XSZDXGLWKSZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10673-2022 Foja: 1 patrimon
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C-10673-2022 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10673-2022 CARATULADO : JUANTOCK/FISCO DE CHILE/ Santiago, diez de agosto de dos mil veintitr s. é Vistos: Con fecha 23 de septiembre de 2022, folio 1, comparece don Adil Brkovic Almonte, abogado, mandatario judicial de do a ñ Estela Derling Juantock Guzman, comerciante, domiciliada en Avenida
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