29º Juzgado Civil de Santiago

BANCO SANTANDER-CHILE/FRANCISCO CARREÑO & CIA. LIMITADA

Rol

C-6252-2023

Fecha

7 de agosto de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, sobre los cuales debía recaer la misma: 1.- Efectividad de la concesión de prórrogas o esperas por parte del acreedor. Hechos y circunstancias. Código: SKEGXGYKNGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6252-2023 Foja: 1 Respecto a la citación de las partes a oír sentencia: En folio 25, mediante resolución de 4 de agosto de 2023, se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, compareció el abogado Sebastián Toledo García, en representación de Antufen Seeds Limitada, interponiendo demanda ejecutiva en contra de la sociedad Agrícola y Servicios de Maquinaria Juan Carlos Olivera Romero E.I.R.L., y en contra de don Juan Carlos Olivera Romero, en calidad de fiador y codeudor solidario, a fin que en definitiva se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra y se ordene seguir adelante la ejecución hasta que haga entero y cumplido pago de su acreencia, por la cantidad de $44.238.139, más intereses y costas. SEGUNDO: Que compareció la parte ejecutada, debidamente patrocinada y opuso la excepción a la demanda ejecutiva contenida en el artículo 464 N°11 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la concesión de esperas o la prórroga del plazo; de acuerdo a los argumentos expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. TERCERO: Que la parte ejecutante evacuo el traslado conferido respecto de la excepción opuesta, según los argumentos reseñados en la primera parte de esta sentencia. CUARTO: Que la parte ejecutante para acreditar sus dichos, aparejó en lo relevante, la siguiente prueba instrumental a folio 3 y 8 del cuaderno principal: 1.- Pagaré N° 420021224056 a la orden del Banco Santander Chile, por la suma de $6.500.000, pagadero en 23 cuotas mensuales y sucesivas de $327.952, cada una con vencimiento los días 1 de cada mes, a contar del 1 de septiembre de 2021 y hasta el 1 de julio de 2023 y hasta el 1 de julio de 023

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 102, 103, 105, 107 y demás pertinentes de la Ley 18.092; los artículos 139, 160, 170, 254, 341, 342 y siguientes, 434, 464, 471 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículos 1.698, 1.699, 1.700, 17023, 1.706 y demás pertinentes del Código Civil, se resuelve: I.- Que se rechaza la excepción contenida en el artículo 464 N° 11 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la ejecutada en presentación de fecha 28 de junio de 2023 y en consecuencia, se ordena seguir adelante con la ejecución, hasta hacer cumplido y entero pago a la ejecutante de su acreencia. II.- Que, se condena en costas a la parte ejecutada. Código: SKEGXGYKNGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6252-2023 Foja: 1 Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívense los autos. Rol C-6.252-2023. PRONUNCIADA POR DOÑA MARÍA LAURA GJUROVIC MANRÍQUEZ, JUEZA SUPLENTE DEL VIGÉSIMO NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, siete de Agosto de dos mil veintitr sé Código: SKEGXGYKNGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-08-07T12:44:00-0400

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C-6252-2023 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 29 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6252-2023 CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE/FRANCISCO CARRE O & CIA. LIMITADAÑ Santiago, siete de Agosto de dos mil veintitr sé VISTOS. Respecto la demanda ejecutiva: En folio 1 y con fecha 17 de abril de 2023, comparece el abogado don Juan Carlos Vicuña Errázuriz, en calidad

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