2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CORTEZ/MT DISEÑO SPA

Rol

O-3540-2023

Fecha

19 de diciembre de 2023

Materia

Despido indirecto

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 6, 7, 159 n° 2, 171, 172, 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, 459 todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve. I. Se rechaza la acción de despido indirecto, nulidad de despido, cobro de bonos y remuneración. II. Se acoge la acción de cobro de feriado, solo en cuanto se condena a la demandada MT DISEÑO SPA, a pagar al demandante SERGIO ALFEDO CORTES AZUA. a) Feriado proporcional correspondiente a $ 813.732., esta cantidad deberá ser objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 del Código del Trabajo. III. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para su ejecución en los tiempos y forma dispuesta en el artículo 462 del Código del Trabajo. IV. Cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don VICTOR MANUEL RIFFO ARELLANA, Juez Titular del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dieciocho de de diciembre de dos mil veintitres.

Fallo

se resuelve. I. Se rechaza la acción de despido indirecto, nulidad de despido, cobro de bonos y remuneración. II. Se acoge la acción de cobro de feriado, solo en cuanto se condena a la demandada MT DISEÑO SPA, a pagar al demandante SERGIO ALFEDO CORTES AZUA. a) Feriado proporcional correspondiente a $ 813.732., esta cantidad deberá ser objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 del Código del Trabajo. III. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para su ejecución en los tiempos y forma dispuesta en el artículo 462 del Código del Trabajo. IV. Cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don VICTOR MANUEL RIFFO ARELLANA, Juez Titular del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dieciocho de de diciembre de dos mil veintitres.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 18/12/2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 2 RUC 23-4-0484181-5 RIT O-3540-2023 MAGISTRADO VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS FREDDY LAZO BANDA ( ) HORA DE INICIO 11:22 HORAS HORA DE TERMINO 12:20 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 23-4-0484181-5-1349-231218-00 CUSTODIA DE DOCUM

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