1º Juzgado de Letras de Puerto Varas

BUSTAMANTE/ILUSTRE MUNICPALIDAD DE PUERTO VARAS

Rol

T-9-2023

Fecha

18 de diciembre de 2023

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: Relata que con fecha 17.02.2017, suscribió convenio de prestación de servicios con la denunciada, en calidad de secretaria u apoyo administrativo en la Secretaría Comunal de Planificación ( SECPLA), debido al proyecto “Conjunto Alto Esperanza, Comité Luz y Esperanza II y los Copihues”, cuya ejecución fue aprobada por decreto N. º 226 de fecha 20.01.2017. Si bien los servicios debieron prestarse desde el 07.02.2017 hasta el 30.04.2017, estos se extendieron durante todo el año 2017. Con fecha 02.01 2018, firmó un nuevo convenio de prestación de servicios con la Municipalidad de Puerto Varas, en el SECPLA. Por último, con fecha 18.01.2029 firmó nuevo convenio, desempeñando las mismas labores. Ganó concurso del año 2019, para el cargo de funcionario de planta en calidad de “ministro de fe de la comuna”, fue nombrada por Decreto Alcaldicio N.° 848 de fecha 10.10.2019, contratada en el cargo Planta Administrativo, grado 18° E.S.M., con jornada de 11 horas semanales, para servir su cargo desde el 01.09.2019. Indica que, con fecha 30.01.2020, mediante Decreto Alcaldicio N.º 0650, fue destinada al cargo de Administrativo, grado 14° E.S.M., en la Secretaría Municipal “Oficina de vigencia y tramitación de personería jurídica”, desempañado las siguientes funciones desde el 31.12.2019: 1°- Asistencia como ministro de fe a la constitución de las organizaciones territoriales, funcionales y de interés público de la comuna de Puerto Varas. 2°.- Asistencia como ministro de fe a lo constitución de las asociaciones, fundaciones y cualquier otra organización contemplada en la ley. 3°.- Inscripción en el Servicio del Registro Civil e Identificación (SRCEI) de todas las organizaciones constituidas en la comuna en los plazos establecidos en la ley. 4°.- Realizar los trámites administrativos relacionados con la constitución de nuevas organizaciones en la comuna. 5°.- Mantener actualizado el registro de todas las organizaciones existentes en la comuna de Puerto Varas. 6°. - Subir me

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en causa RIT T-9-2023 se formula denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales durante la relación laboral, por doña SANDRA MARICELA BUSTAMANTE PENNA, trabajadora pública, con domicilio en pasaje El Coihue M2 C10, de la ciudad de Puerto Varas, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUERTO VARAS, representada legalmente por don TOMÁS ANDRÉS GÁRATE SILVA, domiciliados para estos efectos en San Francisco N°413, comuna de Puerto Varas. Previas citas legales, solicita que se tenga por presentada la denuncia, se someta a tramitación y se declare: Que se lesionaron sus derechos fundamentales durante la relación laboral y se condene a la denunciada en los términos del Título VI I.- Los hechos: Relata que con fecha 17.02.2017, suscribió convenio de prestación de servicios con la denunciada, en calidad de secretaria u apoyo administrativo en la Secretaría Comunal de Planificación ( SECPLA), debido al proyecto “Conjunto Alto Esperanza, Comité Luz y Esperanza II y los Copihues”, cuya ejecución fue aprobada por decreto N. º 226 de fecha 20.01.2017. Si bien los servicios debieron prestarse desde el 07.02.2017 hasta el 30.04.2017, estos se extendieron durante todo el año 2017. Con fecha 02.01 2018, firmó un nuevo convenio de prestación de servicios con la Municipalidad de Puerto Varas, en el SECPLA. Por último, con fecha 18.01.2029 firmó nuevo convenio, desempeñando las mismas labores. Ganó concurso del año 2019, para el cargo de funcionario de planta en calidad de “ministro de fe de la comuna”, fue nombrada por Decreto Alcaldicio N.° 848 de fecha 10.10.2019, contratada en el cargo Planta Administrativo, grado 18° E.S.M., con jornada de 11 horas semanales, para servir su cargo desde el 01.09.2019. Indica que, con fecha 30.01.2020, mediante Decreto Alcaldicio N.º 0650, fue destinada al cargo de Administrativo, grado 14° E.S.M., en la Secretaría Municipal “Oficina de vigencia y tramitación de personería jurídica”, desempañado las siguientes funciones desde el 31.12.2019: 1°- Asistencia como ministro de fe a la constitución de las organizaciones territoriales, funcionales y de interés público de la comuna de Puerto Varas. 2°.- Asistencia como ministro de fe a lo constitución de las asociaciones, fundaciones y cualquier otra organización contemplada en la ley. 3°.- Inscripción en el Servicio del Registro Civil e Identificación (SRCEI) de todas las organizaciones constituidas en la comuna en los plazos establecidos en la ley. 4°.- Realizar los trámites administrativos relacionados con la constitución de nuevas organizaciones en la comuna. 5°.- Mantener actualizado el registro de todas las organizaciones existentes en la comuna de Puerto Varas. 6°. - Subir mensualmente a la plataforma del SRCEI la información actualizada de todas las organizaciones sociales de la comuna, incluyendo las recientemente constituidas. 7°.- Realizar los trámites administrativos correspondientes a la modificación y/o actualización de integr

Fallo

por tanto se decidió enviarla de apoyo administrativo en el departamento de deportes en el gimnasio fiscal. El traslado de una funcionaria se hace con un decreto que establece sus nuevas funciones y se tramita como un acto administrativo, alcaldicio. Eso lo tramita recursos humanos, la funcionaria es notificada del cambio, la manera de hacerlo puede ser presencial, correo electrónico, que la funcionaria ha sido redestinada, puede solicitar el decreto de nombramiento a recursos humanos. Recursos humanos es la unidad técnica encargada de elaborar el decreto, tramitarlo, almacenarlo, disponibilizarlo en la intranet, desde donde se puede recuperar, en el caso de ella podría haberlo solicitado en recursos humanos, en la oficina de partes que depende de secretario municipal. Se dsponibiliza el decreto en intranet, está colocado en el sistema en un sitio interno, tal como todos los decretos disponibles, actos alcaldicios que están firmados, tanto por el alcalde como por la secretaría municipal. La funcionaria lo puede pedir en recursos humanos, lo baja de intranet o lo pide en la oficina de partes. Ella no tiene una carpeta con todos los decretos, porque están disponibles en el sistema, sería una pérdida de tiempo almacenarlos, estando en el sistema y además un decreto elimina a otro decreto. Hay decretos consignados en distintas unidades municipales. Es la oficina de partes donde se termina la tramitación de un decreto y queda a firme, de ahí se constata que hay un nuevo acto admin

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Puerto Varas, dieciocho de diciembre de dos mil veintitrés VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en causa RIT T-9-2023 se formula denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales durante la relación laboral, por doña SANDRA MARICELA BUSTAMANTE PENNA, trabajadora pública, con domicilio en pasaje El Coihue M2 C10, de la ciudad de Puerto Varas, en contra de ILUSTRE MUNICIPALI

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