SOTO/
Rol
V-70-2023
Fecha
3 de agosto de 2023
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don José Eduardo Soto Rivas, ingeniero en prevención de riesgos, domiciliado en sitio 81, loteo Berlioz, comuna de San Joaquín, quien solicita el alzamiento de la hipoteca inscrita a fojas 14, N° 20 del año 1964 del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel por E° 50.000 a favor de don Juan Moll Coll. Señala que mediante escritura pública de compraventa de fecha 21 de diciembre de 2021, otorgada ante la Notario Público de La Florida doña Dora Silva Letelier, adquirió la propiedad ubicada en sitio N° 81 del loteo denominado "Berlioz" con frente a calle Berlioz de la comuna de San Miguel, cuyos deslindes especifica. La adquirió por compra a doña Manuela Rivas Miranda. Indica que la propiedad mantiene una hipoteca Inscrita a fojas 14, N° 20 del año 1964 del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, por la suma de 50.000 escudos a nombre de don Juan Moll Coll. Afirma que tiene interés en regularizar el estado de la propiedad para futuras transacciones de la que pueda ser objeto, dado que la hipoteca se encuentra desde hace más de 50 años y claramente prescrita, por lo que le interesa que la propiedad quede libre de todo gravamen que afecte su libre circulación, mediante el alzamiento de la hipoteca constituida y previamente individualizada que afectan el inmueble. Manifiesta que no ha sido posible efectuar el citado alzamiento de hipoteca puesto que la Sociedad Constructora de Viviendas Económicas Alfa Tercera Limitada y su socio don Juan Moll Coll no han podido ser ubicados y debido a diversas diligencias y consultas realizadas a ciertas instituciones, pide se tenga Código: DVQEXGHBMRV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 presente que don Juan Moll Coll falleció el día 27 de agosto 1981, según consta en certificado de defunción inscrito en la Circunscripción de la comuna de Providencia, N° de inscripción 799, del año 1981, emitido por el Servicio de Registro Civil e
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don José Eduardo Soto Rivas quien solicita se decrete el alzamiento de la hipoteca inscrita a fojas 14, N° 20 del año 1964 del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel. Funda su demanda en los motivos expresados en la expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que para acreditar los fundamentos de su solicitud, allegó al proceso la siguiente prueba documental: 1.- Copia de inscripción Registro de Propiedad a fojas 9081, N° 8334, año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, de fecha 23 de agosto de 2022. 2.- Certificado de hipotecas y gravámenes del sitio o lote N° 81 del plano de subdivisión respectivo, comuna de San Joaquín, expedido por el Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, con fecha 22 de abril de 2022. 3.- Copia de inscripción Registro de Hipotecas a fojas 14 vta., N° 20, año 1964 del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel, de fecha 20 de marzo de 2023. 4.- Oficio N° 77319332558 del Servicio de Impuestos Internos de fecha 14 de agosto de 2019. 5.- Oficio N° 2833-2018 del Servicio de Registro Civil e Identificación, de fecha 31 de agosto de 2018. 6.- Certificado de defunción de don Juan Moll Coll expedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha 16 de marzo de 2023. 7.- Certificado de defunción de doña Carolina del Carmen Jofré Landaeta expedido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha 16 de marzo de 2023. 8.- Escritura de modificación de sociedad otorgada ante Notario Público don Fernando Escobar, de fecha 29 de julio de 1963. TERCERO: Que con fecha 19 de abril de 2023, a folio 5, el Conservador de Bienes Raíces de San Miguel evacuó el informe requerido, manifestando en lo pertinente que de conformidad con la inscripción de fojas 9081, N° 8334 del Código: DVQEXGHBMRV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Registro de Propiedad del año 2002, don José Eduardo Soto Rivas, es dueño del sitio o lote N° 81, del plano de subdivisión respectivo, comuna de San Joaquín. Señala que dicha propiedad le afecta un gravamen inscrito a fojas 14vta., N°20, del Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 1964, inscripción en la cual se establece que la Sociedad Constructora de Viviendas Económicas Alfa Tercera Limitada, para garantizar a don Juan Moll Coll, la suma de (E°50.000), cincuenta mil escudos, que don Alberto de La Noi Ballacey y la Sociedad Constructora de Viviendas Económicas Alfa Limitada, le adeudan como saldo de precio en la cesión que el señor Moll les hizo de sus derechos en la primera de las sociedades mencionadas, constituyen hipoteca sobre la propiedad correspondiente al sitio o lote N° 81, del plano de subdivisión respectivo, comuna de San Joaquín. En dicha inscripción, constan notas marginales de alzamiento de la hipoteca respecto a distintos sitios dentro del lote, sin constar nota de alzamiento respecto al sitio que nos conlleva, es decir, el sitio N°
Fallo
por tanto no es posible obtener información o certificado del Servicio de Impuestos Internos que dé cuenta del término de giro, según detalla el oficio de respuesta de dicha institución, en causa V-115-2019 del Primer Juzgado Civil de Santiago (sic). No obstante ello, la Sociedad Constructora de Viviendas Económica Alfa Tercera Limitada efectúa su término de giro, según se desprende de la copia de escritura pública de modificación de sociedad de fecha 29 de julio de 1963, autorizadas por el Notario de Santiago don Fernando Escobar, bajo el repertorio N°471. Previa citas legales y de jurisprudencia de este Tribunal, solicita se admita a tramitación la presente solicitud, acogiéndola y se decrete el alzamiento de las hipotecas y la prohibición, ya individualizadas, que afectan al inmueble denominado Sitio 81 de loteo Berlioz, comuna de San Joaquín, oficiando al respectivo Conservador de Bienes Raíces para que la elimine de sus registros pertinentes. A folio 4, se dio curso a la solicitud y se dispuso requerir Informe al Conservador de Bienes Raíces, el que fue evacuado a folio 5. Código: DVQEXGHBMRV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 A folio 9, se trajeron los autos para fallo. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don José Eduardo Soto Rivas quien solicita se decrete el alzamiento de la hipoteca inscrita a fojas 14, N° 20 del año 1964 del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel. Funda su
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de San Miguel CAUSA ROL : V-70-2023 CARATULADO : SOTO/ San Miguel, tres de Agosto de dos mil veintitrés VISTOS: Comparece don José Eduardo Soto Rivas, ingeniero en prevención de riesgos, domiciliado en sitio 81, loteo Berlioz, comuna de San Joaquín, quien solicita el alzamiento de la hipoteca inscrita a fojas
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica