2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MALAVER/TRANSPORTES TRANSIBERICA LIMITADA

Rol

O-6138-2022

Fecha

15 de diciembre de 2023

Materia

Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Costas, Daño moral, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos que motivan el despido: Los

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ÓSCAR WILLIAM MALAVER VIASUS, colombiano empleado, cédula de identidad N° 25.913.427-7, domiciliado en Avenida Neptuno N° 868, comuna de Lo Prado, ciudad de Santiago, interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general sobre despido injustificado, cobro de prestaciones e indemnizaciones por accidente del trabajo y daño moral, en contra de TRANSPORTES TRANSIBÉRICA LTDA., RUT N° 78.973.230-2, representada por Jaime Fernando Yanguas Martin, cédula de identidad N° 7.108.243-1, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en calle Compañía N° 4551, comuna de Santiago, en virtud de los antecedentes que a continuación se exponen. Señala que fue contratado por la demandada el 1 de diciembre de 2020, en el cargo de conductor, funciones que debía desempeñar en la ciudad de Santiago. El contrato de trabajo era de carácter indefinido y la jornada laboral, de 45 horas semanales, siendo su remuneración, para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, de $888.892.- e indica que fue despedido el 1 de julio de 2022. En cuanto al accidente del trabajo, expone que el día martes 30 de marzo (sic) a las 04:00 de la madrugada, se encontraba realizando sus labores en la máquina 181, como de costumbre, la cual empezó a fallar, sintiendo ruidos extraños, por lo que era difícil conducir. Frente a ello, llamó a la base del jefe de operaciones, indicándole que llevara la máquina lo más cerca posible donde termina la ruta y la dejara en la empresa, cosa que intentó pero la máquina no respondió, por lo cual quedó en panne. Informó lo sucedido, indicándole que llegaría una grúa a asistirlo; luego de unos minutos ésta llegó, llevándose la máquina y a él a eso de las 07:30 de la mañana, para llevarla a los talleres de Pudahuel. El conductor de la grúa le dijo que él se iría en la cabina de la grúa, junto con él y que para eso debía sacar sus cosas de la máquina con desperfecto, cosa que hizo; al ingresar a la máquina para sacar sus pertenencias, no se percató que el conductor de la grúa estaba utilizando sus herramientas e implementos para enganchar el vehículo y levantarlo, pues el ruido de los autos en la autopista y el movimiento que por ello se generaba, se lo impidió. Luego de sacar sus cosas, estando en los peldaños de la máquina 181, se retiró hacia atrás, pero como el vehículo había sido levantado, no encontró punto de apoyo, cayendo desde esa altura, afectando su rodilla derecha, el hombro derecho y finalmente su columna. Tras percatarse de su caída, el conductor de la grúa corrió a asistirlo y pararlo del piso y se paró y se subió a la grúa, percatándose sólo en ese momento que las ruedas delanteras de la máquina estaban a unos 50 o 60 centímetros del piso, no tomándole el peso al accidente, pues pudo pararse, queriendo sólo llegar a su casa a descansar. Sin embargo, al día siguiente, al levantarse para volver a su trabajo, la madrugada del 31 de marzo, sintió un dolor intenso en todo el cuerpo, pero sobre todo

Fallo

se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por ÓSCAR WILLIAM MALAVER VIASUS, en contra de TRANSPORTES TRANSIBÉRICA LTDA., sólo en cuanto se declara que el despido sufrido por el actor con fecha 05 de julio de 2022, es indebido. II.- Que, atendido lo anterior, SE CONDENA a la demandada señalada, al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a).- Indemnización sustitutiva de aviso previo: $888.892.- b).- Indemnización por 2 años de servicios: $1.777.784.- c).- Recargo legal del 80%: $1.422.227.- III.- Que, en lo restante, SE RECHAZA la demanda. IV.- Que las sumas ordenadas pagar lo serán con reajustes e intereses, conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. V.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. RIT: O-6138-2022.- RUC: 22-4-0432035-5.- Dictada por doña Eva Fanny de Jesús Aránguiz Canedo, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Texto Completo (Preview)

Santiago, quince de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ÓSCAR WILLIAM MALAVER VIASUS, colombiano empleado, cédula de identidad N° 25.913.427-7, domiciliado en Avenida Neptuno N° 868, comuna de Lo Prado, ciudad de Santiago, interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general sobre despido injustificado, cobro de prestaciones e indemnizacio

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