ORTIZ/BESALCO MAQUINARIAS S.A.
Rol
O-18-2023
Fecha
20 de diciembre de 2023
Materia
Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos ocurridos el 02 de junio de 2023. 20. Copia de Registro Individual de Incidentes/Malestar Físico de Besalco Maquinarias S.A., suscrito por don Francisco Ortiz, de fecha 03 de junio de 2023, mediante el cual realiza exposición de procedimiento de cambio de neumático. 21. Copia de Entrevista Complementaria a Declaración de Trabajador, para Proceso de Investigación de Besalco Maquinarias S.A. y Antofagasta Minerals, de fecha 05 de junio de 2023, suscrito por el actor. 22. Copia de Evaluación de Conocimiento de Procedimiento Específico de Trabajo Bloqueo para Intervención de Equipos de Besalco Maquinarias S.A. suscrito por el actor, de fecha 05 de junio de 2023. 23. Copia de Evaluación de Conocimiento de Procedimiento Específico de Trabajo Cambio de Neumáticos en Terreno Taller de Besalco Maquinarias S.A. suscrito por el actor, de fecha 05 de junio de 2023. 24. Copia de Toma de Conocimiento de Procedimiento Específico de Trabajo. Cambio de Neumáticos en Terreno o Taller (PF-MA-017) de Besalco Maquinarias S.A 25. Copia de Toma de Conocimiento Procedimiento específico de Trabajo. Bloqueo para intervención de equipos (PF-MAN-004) de Besalco Maquinarias S.A. 26. Copia de Registro de Comunicación de Besalco Maquinarias S.A., de fecha 03 de junio de 2023, en el cual consta firma del actor. II. Absolución de posiciones, bajo apercibimiento legal del artículo 454 N°3 del Código del Trabajo. La parte demandada se desiste de la prueba confesional. III. Prueba testimonial. Declara, debidamente juramentado, don Juan Claudio Gerardo Zenteno Santander, cédula nacional de identidad N°8.599.113-2. Prueba rendida por la parte demandante: I. Prueba documental. 1.- Contrato de trabajo entre demandante y demandado de fecha 03 de febrero de 2020. 2.- Carta de término de contrato de trabajo de fecha 13 de junio de 2023. 3.- Finiquito de fecha 15 de junio de 2023. 4.- Liquidaciones de sueldo de los meses de enero, febrero, abril, y mayo del año 2023. 5.- Acta de audienc
Fundamentos
considerando:
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 42, 63,73, 161, 172, 425 a 432, 445, 456 y 496 y siguientes, y demás pertinentes del Código del Trabajo, artículo 13 de la Ley N° 19.728, se resuelve: I. Que, se ACOGE la demanda deducida por FRANCISCO BERNABÉ ORTIZ CORTÉS, en contra de la empresa BESALCO MAQUINARIAS S.A., ya individualizados, y se declara que el despido del cual fue objeto el día 13 de junio del año 2023 es indebido. Por tanto, la demandada es obligada al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: A. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $1.329.116 (un millón trescientos veintinueve mil ciento dieciséis pesos). B. Indemnización por años de servicios por la suma de $3.987.348 (tres millones novecientos ochenta y siete mil trescientos cuarenta y ocho pesos). C. Incremento del 80% de Indemnización por años de servicios conforme el artículo 168 letra C del Código del Trabajo por la suma de $3.189.878 (tres millones ciento ochenta y nueve mil ochocientos setenta y ocho pesos). Se rechazan las demás prestaciones solicitadas. II. Que, las cantidades ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican en el artículo 63 del Código del Trabajo. III. Que, no se condena en costas a la demandada, por haber tenido motivo plausible para litigar. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día. En caso contrario, dese inicio a s
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 15/12/2023 RUC 23-4-0510009-6 RIT O-18-2023 MAGISTRADO GONZALO ALBERTO MARTÍNEZ MERINO. ADMINISTRATIVO DE ACTAS Natacha Cortés C. HORA DE INICIO 10:06 horas HORA DE TÉRMINO 12:43 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340510009-6-53 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE. Presencial. FRANCISCO BERNABÉ ORTIZ CORTEZ. Cédula nacional de iden
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