1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CENTRAL DE RESTAURANTES ARAMARK LIMITADA/AGURTO

Rol

O-4181-2023

Fecha

15 de diciembre de 2023

Materia

Desafuero Maternal

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos los llamados de rigor en la antesala del Tribunal no comparece, tampoco se encuentra conectada a zoom. MEDIOS DE PRUEBA PARTE DEMANDANTE INCORPORA PRUEBA: Documental: 1. Contrato de trabajo de fecha 15 de mayo de 2023, celebrado entre mi representada y la demandada de autos, donde consta el plazo fijo convenido. 2. Liquidación de remuneraciones de la demandada correspondiente al mes de mayo de 2023, donde consta que solo trabajó 17 días durante dicho mes. 3. Solicitud de término de contrato de trabajo de la demandada con fecha 07 de junio de 2023, dirigida al Área de Desvinculaciones de mi representada, por la causal del articulo 159 N°4 del Código del Trabajo. 4. Certificado de embarazo emitido con fecha 09 de junio de 2023 por el Dr. Jaime Corvalán Avendaño, Ginecólogo Obstetra en RedSalud Providencia, respecto de doña Fernanda Sofia Agurto Veloso. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental. Confesional: Llamada 3 veces consecutivas en la antesala del Tribunal la demandada no comparece. Debido a la incomparecencia del absolvente, la parte demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento legal correspondiente. Se deja su resolución pare definitiva. Testimonial: Se desiste. OBSERVACIONES A LA PRUEBA: No se realizan. Consta íntegramente en audio. SENTENCIA Se deja constancia que el Tribunal procede a dictar sentencia en este acto, la que se transcribe solo en la parte resolutiva, de conformidad al artículo 62 del Acta 71 de la Excma. Corte Suprema, constando íntegramente la sentencia en el registro de audio. Santiago, a quince de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Esteban Palma Lohse, abogado, en representación de Central de Restaurantes Aramark Limitada, quien conforme lo dispone el artículo 201 en relación al 174 del Código del Trabajo, deduce o interpone demanda de desafuero maternal en contra de doña Fernanda Sofia Agurto Veloso, domiciliada en Blanco Garcés 154, comuna Estación Central.

Fallo

Por estas consideraciones y además lo dispuesto en el artículo 1, 7, 159 N°4, 168, 174, 201, 420 y siguientes del Código del Trabajo, se decide: I. Que se ACOGE la demanda interpuesta por Central de Restaurantes Aramark Limitada en contra de la trabajadora Fernanda Sofia Agurto Veloso, ambos ya individualizados y en consecuencia se declara que se autoriza el desafuero de la trabajadora por los motivos expuestos en los motivos del fallo y port concurrir la causal del artículo 159 N°4 del Código del Trabajo, una vez ejecutoriada que sea la presente sentencia. II. Que la demandante deberá extender un finiquito a la trabajadora por la causal referida poniéndose a disposición de la demandada todas las prestaciones laborales que sean procedentes de conformidad a la ley. III. Cada parte pagará sus costas. Dictada por doña VALESKA ALEJANDRA OSSES TRINCADO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Siendo las 11:44 horas, se pone término a la presente audiencia. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a quince de diciembre de dos mil veintitrés. REGISTRO DE AUDIO

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia Mixta) FECHA Santiago, 15 de diciembre de 2023 RUC 23-4-0490813-8 RIT O-4181-2023 CARATULADO CENTRAL DE RESTAURANTES ARAMARK LIMITADA/AGURTO MAGISTRADO VALESKA ALEJANDRA OSSES TRINCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Bernardita Estefanía Zamora Picciani HORA DE INICIO 11:15 HORA DE TERMI

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