LAYNER SPA./TORRES
Rol
O-475-2023
Fecha
15 de diciembre de 2023
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS: PRIMERO: Individualización completa de las partes litigantes.- Que en esta causa RIT O-475-2023, RUC 23-4-0507824-4 seguida ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, intervienen como parte demandante, Layner SpA, RUT 76.034.985-2, sociedad del giro de outsourcing, representada legalmente por Amara Pola Rojas Salinas, RUN 15.445.925-1, factor de comercio, ambas domiciliadas en calle Ernesto Alvear N° 366, comuna de Puente Alto, empresa patrocinada y asistida por el abogado Alexander Letelier Cruz, con domicilio y forma de notificación que consta en el proceso; y como parte demandada Patricia Andrea Torres Moya, RUN 17.040.831-4, educadora de párvulos, domiciliada en Villa Los Conquistadores, calle 14 Oriente 6 ½ Norte N° 1961, comuna de Talca, demandada patrocinada y asistida por las abogadas Elizabeth Molina Salas y Teresa Poblete Troncoso, ambas con domicilio y forma de notificación que consta en el proceso. SEGUNDO: Síntesis de la demanda, sus
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho, y alegaciones. Que la parte demandante interpone demanda de desafuero maternal en contra de la parte demandada, indiciando que con fecha 1 de mayo de 2023 se le contrata en vínculo de subordinación y dependencia para que la demandada desempeñase labores como “educadora de párvulo”. Añade que al contratársele, se le estipuló que la duración del contrato sería hasta el 31 de agosto de 2023, no existiendo en la actualidad alguna renovación del mismo. Indica que es dable destacar además que, por parte de la empresa no existe la intención de que su contrato de trabajo a plazo fijo mute a uno de duración indefinida, razón por la cual la génesis de su contratación es a plazo fijo y no directamente uno de duración indefinida. Se hace presente igualmente que la trabajadora se encuentra en la actualidad con fuero maternal, situación que por parte de la demandada no fue informada, omitiendo por consiguiente que con fecha 10 de diciembre de 2022 nació su hijo de iniciales F.A.S.T. Precisa la empresa que es dable destacar a fin que lo tenga presente el tribunal que, en razón de una licencia médica presentada por la demandada es que se entera como empresa de su fuero maternal, pues esto no fue informado ni a su jefatura ni tampoco al Hospital de Talca donde presta servicios. Es razón que la demandada se encuentra sujeta a fuero maternal, se solicita al tribunal sea declarado el desafuero de dicha trabajadora, a fin de hacer valido el término de su contrato dentro del periodo estipulado, todo bajo la causal dispuesta en el artículo 159 N° 4 del Código del ramo, esto es vencimiento del plazo convenido en el contrato. Por lo anterior,
Fallo
en mérito de lo expuesto y disposiciones legales pertinentes, en especial las del artículo 159 N° 4, 174 y 201 del Código del Trabajo, la parte demandante pide al tribunal autorizar el desafuero de la demandada de autos a contar del día 31 de agosto de 2023, ordenando su desvinculación de la empresa con expresa condena en costas en caso de oposición. TERCERO: De la contestación de la demanda, síntesis de sus hechos y de sus alegaciones por la parte demandada.- Que la parte demandada procede a contestar la acción de desafuero, pidiendo su rechazo con costas. Indica que efectivamente, ingresó a prestar servicios para la demandante el día 1 de mayo de 2023, para prestar funciones de Educadora de Párvulo en el Jardín Infantil Pinocho, servicios prestados para Hospital Regional de Talca, con jornada completa, en calle 1 Norte N° 990 de Talca. Efectivamente, su contrato en un comienzo duraría hasta el 31 de agosto de 2023, esto es, tres meses a prueba y luego si les gustaba su trabajo le dejarían con contrato indefinido. Efectivamente, no informó a su empleador que tenía un hijo menor de un año, pues ello no es una obligación, así como tampoco es obligación expresar por la trabajadora la circunstancia de encontrarse embarazada; aun así advierte que ello lo hizo obviamente, como una forma de proteger la fuente laboral, porque si el empleador se entera de que se encuentra con fuero maternal no le contrataba y necesitaba una fuente laboral para dar manutención a su hijo. Sin embarg
Texto Completo (Preview)
Causa RIT Nº : O-475-2023 Causa RUC Nº : 23-4-0507824-4 Demandante : Layner SpA Demandada : Patricia Torres Moya Materia : Desafuero maternal. Talca, a quince de diciembre de dos mi veintitrés. VISTOS Y OÍDOS: PRIMERO: Individualización completa de las partes litigantes.- Que en esta causa RIT O-475-2023, RUC 23-4-0507824-4 seguida ante este Juzgado de Letras del Trab
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica