3º Juzgado de Letras de Calama

FIRST LITHIUM MINERALS SPA/

Rol

V-283-2023

Fecha

31 de julio de 2023

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 21 de abril de 2023, se presenta don Ignacio Joaqu n L pez Alarc ní ó ó , chileno, casado, abogado, c dula nacional de identidadé Nº 16.017.525-7, en representaci n de ó FIRST LITHIUM MINERALS SpA, Rut: 76.694.998-3, sociedad chilena del giro de su denominaci n, ambos domiciliados enó calle Pedro de Villagra N°2.351, comuna de Vitacura, Santiago, quien solicit paraó su mandante concesi n minera de ó EXPLORACI NÓ , que denominar “á JENNA 37 B”, con una superficie de 200 hect reasá . 2.- Que, a folio 1 y 5, el solicitante de autos acompa a documentos. ñ 3.- Que, a folio 7, consta informe favorable del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a de II Regi n, Antofagasta. í í ó 4.- Que, a folio 8, con fecha 27 de julio de 2023, se trajeron los autos para resolver.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Ignacio Joaqu n L pez Alarc ní ó ó , solicita constituir para su mandante, concesi n minera de exploraci n, en terrenos ubicados en la provinciaó ó El Loa, comuna de Ollague, Regi n de Antofagasta, sobre una superficie de 200ó hect reas, la que denominar “á á JENNA 37 B”, conforme a los antecedentes presentados. SEGUNDO: Que, a folio 5, consta que el pedimento minero fue inscrito a fojas 1.769 bajo el N°1.035, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 27 de abril del 2023. TERCERO: Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 15 de mayo del 2023, Diario Oficial, edici n Nº 43.551, seg n ejemplar acompa ado. ó ú ñ CUARTO: Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 26 de julio del 2023, mediante ordinario N° 3905, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y planoó é de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposiciones legalesó vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficialó de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO: Que, seg n figura a folio 5, el peticionario dio cumplimiento a laú obligaci n de pago de la tasa de pedimento y la patente proporcional. ó SEXTO: Que, en el plano de la concesi n minera de exploraci n, consta queó ó las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superior delé pedimento minero denominada “JENNA 37 B”, con una superficie de 200 hect reas, solicitadas y materia de esta concesi n son: á ó V RTICEÉ NORTE (metros) ESTE (metros) P.M 7.640.750,00 567.500,00 V1 7.641.250,00 566.500,00 V2 7.641.250,00 568.500,00 V3 7.640.250,00 568.500,00 V4 7.640.250,00 566.500,00 S PTIMOÉ : Que, del an lisis de los antecedentes que obran en autos y elá m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, la presenteé é í í causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de la concesi n de exploraci n o la declaraci nó ó ó ó de caducidad, raz n por la cual este tribunal acoger la solicitud impetrada enó á autos. Y, VISTO adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52,á í 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecido en losó í art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,

Fallo

se resuelve: í I.- Que, se aprueba el plano de la concesi n minera de exploraci nó ó denominada “JENNA 37 B”. II.- Que, se declara constituida la concesi n minera de exploraci nó ó “JENNA 37 B”, con una superficie total de 200 hect reas a favor de á FIRST LITHIUM MINERALS SpA, Rut: 76.694.998-3, sociedad chilena del giro de su denominaci n, con domicilio en calle Pedro de Villagra N°2.351, comuna deó Vitacura, Santiago. III.- Una vez certificada -a petici n de la interesada- la ejecutoriedad de laó presente sentencia, rem tase -por este Juzgado- dicha certificaci n, junto a laí ó sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al correo electr nico proporcionado por el Conservador de Minas para tal efecto. ó IV.- Inscr base la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro delí Conservador de Minas de El Loa Calama. Archívese un ejemplar del plano en el registro respectivo del Conservador de Minas. Con este objeto, la concesionaria deber requerir el inicio del tr mite alá á siguiente correo electr nico del Conservador de Minas:ó conservadordeminasly@gmail.com . V.- Pract quese la publicaci n legal extractada en conformidad a lo dispuestoí ó en el art culo 89 y 90 del C digo de Miner a y 43 del reglamento.í ó í VI.- Rem tase -por este Tribunal- copia de los antecedentes referidos en elí punto III a Sernageomin, al correo electr nico aportado por el referido Servicio.ó Este env o se entender suficiente cumplimiento de la obligaci n contenida en

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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-283-2023 CARATULADO : FIRST LITHIUM MINERALS SPA/ Calama, treinta y uno de Julio de dos mil veintitr sé VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 21 de abril de 2023, se presenta don Ignacio Joaqu n L pez Alarc ní ó ó , chileno, casado, abogado, c dula nacional de identidadé Nº 16.017.525-7, en representaci n de ó F

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