TRANSPORTES VERDE Y BLANCO SPA/BANFACTORING S.P.A
Rol
C-4336-2023
Fecha
28 de julio de 2023
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, all se alados,é í ñ resoluci n notificada a la parte demandante y demandada, por correo electr nico, eló ó d a 29 de abril de 2023.í Con fecha 29 de mayo de 2023, se cit a las partes a o r sentencia. ó í PRIMERO: Que, con fecha 13 de marzo de 2023, folio 01, comparece don Daniel Ignacio Oksenberg Gonz lez, don Ariel Eitan Steuermann Barschak y doná Nicol s Andr s Barros P rez, abogados, en representaci n de Transportes Verde yá é é ó Blanco SpA., sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por donó Luis Alberto Landman Arratia, quienes interponen demanda en juicio sumario de alzamiento de prenda sin desplazamiento, en contra de Banfactoring S.A., sociedad del giro financiero, representada legalmente por don Marcelo Andr s Lazen Aranki yé por don Eduardo Christian Lasagna Stone, todos debidamente individualizados, en base a los argumentos de hecho y derecho que expone. Código: KTXLXGXBMXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4336-2023 Foja: 1 Todos los saldos insolutos de las obligaciones contra das por laí demandante se encuentran extinguidos por el solo ministerio de la Ley, en virtud de la resoluci n de t rmino del procedimiento concursal de liquidaci n.ó é ó Relata que la demandante constituy en favor del demandado, las siguientesó limitaciones al dominio: a) Prenda de fecha 05 de febrero de 2015, repertorio 6.678, autorizada ante la Notario P blico do a Mar a Gloria Acharan Toledo; y b)ú ñ í Prohibici n de actos de fecha 05 de febrero de 2015, repertorio 6.678, autorizadaó ante la Notario P blico Gloria Acharan Toledo. Refiere que la prenda y laú prohibici n constan en certificado de inscripci n y anotaciones vigentes emitido por eló ó Servicio de Registro Civil e Identificaci n, del veh culo placa patente GXHY.72-1.ó í Comenta que con el transcurso del tiempo, surgen desavenencias entre una empresa filial de C.C.U, y su repres
Fundamentos
considerando s ptimo, laé sociedad demandante Transportes Verde y Blanco SpA., fue demandada en procedimiento ejecutivo llevado en causa rol C 7540 2017, del 27 Juzgado Civil– – ° de Santiago, que fue declarado abandonado mediante resoluci n dictada el d a 06 deó í junio de 2023. Código: KTXLXGXBMXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4336-2023 Foja: 1 Que, uno de los efectos del abandono del procedimiento corresponde a la extinci n de la relaci n procesal, y con ello, la desaparici n del proceso. En eseó ó ó sentido el inciso 1 del art culo 156 del C digo de Procedimiento Civil dispone: No° í ó “ se entender n extinguidas por el abandono las acciones o excepciones de las partes;á pero stas perder n el derecho de continuar el procedimiento abandonado y deé á hacerlo valer en un nuevo juicio .” Teniendo presente lo anterior, es necesario se alar que el fundamentoñ planteado en la contestaci n de la demanda por parte de Banfactoring SpA., para queó la acci n sea rechazada, es que existen obligaciones en contra de Transportes Verde yó Blanco SpA., que tuvieron su nacimiento con posterioridad a la declaraci n deló t rmino del procedimiento de liquidaci n concursal, espec ficamente aquellasé ó í obligaciones que corresponden al pago de intereses pactados y costas que impuso la Sentencia Definitiva, dictada el d a 22 de mayo de 2018, en la causa C 7540 í – – 2017, del 27 Juzgado Civil de Santiago; y la Sentencia de la Ilustr sima Corte de° í Apelaciones de Santiago, que confirma dicha resoluci n, el d a 30 de julio 2020,ó í ingreso corte civil 2675 2019. – – En consecuencia, atendida la extinci n del procedimiento tramitado medianteó el rol C 7540 2017, del 27 Juzgado Civil de Santiago, por haberse declarado el– – ° abandono del mismo, no cabe sino concluir que el argumento de la parte demandada no resulta suficiente para rechazar la acci n deducida, puesto que las obligaciones queó se alegan, no pueden tener su fuente en un procedimiento declarado abandonado, en una forma que disienta del estatuto dispuesto en el art culo 1437 del C digo Civil, yí ó consecuencialmente, sin que se justifique la subsistencia de la prenda y prohibici nó cuyo alzamiento se solicita en esta causa.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1437, 1698, 2384í 2385, del C digo Civil; 160, 170, 254 y 342 N 3 del C digo de Procedimiento Civil;ó ° ó art culo 255 de la Ley N 20.720, art culos 26, 27 y siguientes de la Ley N 20.190,í ° í ° se declara que: I.- Que se acoge la demanda de lo principal de folio 01, disponiendo que el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, deber practicar las cancelaciones,ó á inscripciones o subinscripciones que procedan, respecto de la prenda inscrita con el N 30278 y la prohibici n inscrita con el N 30279, ambas del repertorio Unidad de° ó ° Prendas Sin Desplazamiento, Santiago, del a o 2015, relativas al veh culo PPUñ í GXHY.72-1; II.- No se condena en costas al demandado. Reg strese y arch vese en su oportunidad.í í Notif quese por í correo electr nicoó a las partes. C-4336-2023 Código: KTXLXGXBMXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4336-2023 Foja: 1 Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. Autoriza do a ñ Ximena del Pilar Andrade Hormaz balá , Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, veintiocho de Julio de dos mil veintitr s.-é Código: KTXLXGXBMXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-07-28T09:48:39-0400
Texto Completo (Preview)
C-4336-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4336-2023 CARATULADO : TRANSPORTES VERDE Y BLANCO SPA/BANFACTORING S.P.A Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintitr s.é Vistos. Con fecha 13 de marzo de 2023, folio 01, comparece don Daniel Ignacio Oksenberg Gonz lez, don Ariel Eitan Steuermann Barschak y don Nicol s Andr sá á é Barros
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